Suprema Corte falló en contra de cambiar el límite de posesión personal de mariguana de 5 gramos por un solo voto: ¿Qué resolvió y qué significa para los consumidores?
La SCJN analizó si el límite automático de 5 gramos debía dejar de aplicarse.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió hace semanas uno de los temas más sensibles dentro del debate legal sobre cannabis en México: si el límite de 5 gramos de mariguana permitido para posesión personal debía seguir aplicándose de manera automática o si los jueces podían analizar cada caso según su contexto.
Aunque la mayoría del pleno se inclinó por flexibilizar la interpretación de la ley, la propuesta no consiguió los votos suficientes para invalidar la norma de manera general. Esto significa que el límite de 5 gramos continúa vigente en México y que poseer una cantidad mayor todavía puede derivar en un proceso penal.
La información fue dada a conocer durante la sesión pública de la Corte.
La resolución, sin embargo, sí abrió una puerta importante: los jueces podrán revisar ciertos casos concretos considerando circunstancias personales y no únicamente el gramaje encontrado.

¿Qué resolvió exactamente la Suprema Corte?
El pleno analizó una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, donde actualmente se establece que solo queda excluida del delito la persona que posea una cantidad “igual o inferior” al límite permitido de cannabis.
La discusión giró en torno a si ese criterio debía aplicarse automáticamente o si era necesario estudiar cada situación de forma individual.
Cinco ministros votaron a favor de flexibilizar la interpretación:
- Giovanni Figueroa
- Hugo Aguilar
- Loretta Ortiz
- Arístides Guerrero
- Irving Espinosa
Sin embargo, necesitaban seis votos para declarar inconstitucional esa parte de la ley con efectos generales.
Al faltar un voto, la norma no cambió para toda la población.
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¿Cuál fue el caso específico que revisó la Corte?
El asunto surgió tras la detención de una persona en situación de calle ocurrida el 7 de febrero de 2021 en Ciudad Juárez, Chihuahua.
Las autoridades encontraron que portaba 14 gramos de mariguana, es decir, 9 gramos más del límite legal permitido.
Por ese motivo fue vinculada a proceso por narcomenudeo. Sin embargo, la defensa argumentó que la cantidad era para consumo personal y no para venta o distribución.
La Corte decidió otorgarle un amparo individual para que el caso vuelva a ser revisado sin aplicar automáticamente el límite de 5 gramos.
¿Qué tendrá que analizar ahora el juez?
La propuesta presentada por el ministro Giovanni Figueroa ordena que el juez tome en cuenta elementos adicionales antes de concluir que existe delito.
Entre ellos:
Circunstancias objetivas
- Lugar de los hechos
- Tiempo
- Modo de posesión
- Cantidad encontrada
Circunstancias subjetivas
- Condición de farmacodependencia
- Contexto personal
- Situación social
- Factores culturales
El objetivo será determinar si la cannabis estaba destinada realmente al consumo personal o si existían elementos relacionados con comercialización.
La Corte no despenalizó la mariguana
Uno de los puntos más importantes del fallo es que la Corte aclaró que su decisión no elimina el delito de posesión ni modifica la ley para toda la población.
El límite de 5 gramos sigue vigente en México y continúa siendo el parámetro oficial contenido en la Ley General de Salud.
La resolución únicamente beneficia al caso analizado y permite que ese expediente sea revisado con una interpretación menos automática.
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¿Por qué algunos ministros votaron en contra?
Cuatro ministras votaron contra la posibilidad de eliminar el límite legal con efectos generales:
- Estela Ríos
- Sara Irene Herrerías
- Lenia Batres
- Yasmín Esquivel
Entre sus argumentos señalaron que:
- El libre desarrollo de la personalidad no es un derecho absoluto.
- Eliminar el límite podría generar discrecionalidad entre jueces.
- Podrían existir decisiones desiguales dependiendo del caso.
- También habría riesgos de corrupción o inseguridad jurídica.
Las ministras insistieron en que la ley debe ofrecer certeza tanto a autoridades como a ciudadanos y que las adicciones pueden impactar no solo a quien consume, sino también a su entorno familiar.
¿Qué cambia realmente para quienes consumen cannabis?
En términos prácticos, el fallo deja varios puntos claros:
- El límite legal de 5 gramos sigue aplicándose.
- Portar más cantidad todavía puede provocar una investigación penal.
- Algunos jueces podrían analizar circunstancias específicas antes de considerar automáticamente que existe delito.
- No existe una legalización general del cannabis recreativo en México.
La decisión sí podría influir en futuros litigios, ya que abre la posibilidad de que otros casos argumenten consumo personal aunque superen el gramaje permitido. Sin embargo, cada expediente tendría que discutirse individualmente ante tribunales.

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¿Por qué el debate sobre cannabis sigue abierto en México?
En los últimos años, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido distintos criterios relacionados con el consumo personal de cannabis, el libre desarrollo de la personalidad y la regulación del uso recreativo.
Pese a ello, el Congreso mexicano todavía no aprueba una legislación integral que establezca reglas claras sobre producción, comercialización, posesión y consumo. Por esa razón, gran parte de las discusiones continúan resolviéndose mediante amparos y decisiones caso por caso en tribunales.
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