Ya es oficial: Suprema Corte confirma que pacientes del IMSS pueden reclamar indemnizaciones por daños sufridos durante su atención médica y ordena además garantizar lentes, prótesis y aparatos auditivos a menores, estableciendo nuevas obligaciones para las instituciones de salud pública
La Corte avaló el procedimiento para exigir reparaciones por mala atención médica, confirmó que las resoluciones pueden impugnarse ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y explicó que la decisión busca evitar la indefensión de los pacientes y reforzar el acceso efectivo a la justicia.

MÉXICO — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este 29 de abril un fallo relevante en materia de derechos de los pacientes, al validar el marco legal que permite reclamar indemnizaciones por daños causados durante tratamientos médicos en hospitales públicos, incluidos los del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
El Pleno avaló los artículos 18 y 22 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, los cuales establecen que las personas afectadas deben presentar primero su reclamación ante la autoridad señalada como responsable, antes de acudir a instancias judiciales.
Casos del IMSS llegan a la Suprema Corte
La decisión se tomó al resolver los Amparos en Revisión 15/2026 y 75/2026, ambos relacionados con solicitudes de indemnización por daños derivados de atención médica en hospitales del IMSS.
De acuerdo con la Corte, este procedimiento no viola el principio de imparcialidad, ya que el sistema contempla mecanismos para garantizar la igualdad procesal, como impedimentos, excusas, recusaciones y una distribución equilibrada de la carga de la prueba.

Qué debe probar el paciente y qué le corresponde al Estado
El fallo establece que la persona afectada debe acreditar la existencia del daño y su relación directa con la actuación del Estado, mientras que la autoridad tiene la obligación de demostrar que actuó conforme a la ley o que el daño se originó por causas ajenas a su responsabilidad.
La SCJN subrayó que las resoluciones de la autoridad pueden ser impugnadas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, lo que evita estados de indefensión y garantiza el acceso efectivo a la justicia.
Según el máximo tribunal, el diseño legal vigente ofrece reglas claras, equilibrio procesal y vías de revisión suficientes para proteger el derecho a la indemnización por actividad administrativa irregular.
SCJN ordena al IMSS entregar lentes, prótesis y aparatos auditivos a menores
En una resolución distinta pero igualmente relevante, la Suprema Corte ordenó al IMSS garantizar la entrega de lentes, aparatos auditivos, prótesis y órtesis a niñas, niños y adolescentes afiliados, al declarar inconstitucional su exclusión del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
La decisión, anunciada el 28 de abril, deriva de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025 y aplica a toda la población infantil y adolescente asegurada en México.

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Negar auxiliares médicos vulnera el derecho a la salud
El caso llegó a la Corte tras un amparo promovido por la negativa de cobertura a un menor con discapacidad auditiva. El Pleno concluyó que negar estos dispositivos vulnera el interés superior de la niñez y el derecho a la salud.
La SCJN explicó que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa, al no modificar la ley en el plazo constitucional, lo que obligó al tribunal a emitir una resolución con efectos generales.
A partir de este fallo, las autoridades federales están obligadas a garantizar el acceso a anteojos, lentes de contacto, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas, como parte de una protección reforzada del derecho a la salud.
Debate por el voto de Lenia Batres
El voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama respecto a la cobertura de prótesis y otros dispositivos médicos reavivó el debate sobre su papel en el máximo tribunal, así como cuestionamientos públicos sobre a quién beneficia realmente su actuación como juzgadora.
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