SCJN ordena “congelar” amparos contra la Reforma Judicial hasta nuevo criterio
El Máximo Tribunal instruyó a los Colegiados a diferir sentencias mientras se fijan criterios definitivos.

CIUDAD DE MÉXICO.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los Tribunales Colegiados de Circuito aplazar la emisión de sentencias relacionadas con los amparos promovidos en contra de la Reforma Judicial, vigente desde el 15 de septiembre de 2024. La instrucción quedó establecida en el Acuerdo General 17/2025, publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
De acuerdo con el documento, los tribunales deberán posponer el dictado de resoluciones en los recursos de revisión derivados de estos amparos hasta que el Máximo Tribunal establezca los criterios que orientarán la resolución de las impugnaciones.

¿Qué ordenó exactamente la SCJN?
La Corte explicó que la medida busca evitar resoluciones contradictorias en los casos relacionados con la constitucionalidad y convencionalidad de la reforma.
Puntos clave del Acuerdo General 17/2025
- No se suspenden los juicios, únicamente se aplaza la emisión de sentencias.
- Los Tribunales Colegiados pueden seguir tramitando los asuntos y dejarlos listos para su resolución futura.
- Se reconoce que existen “diversos amparos en revisión en los que subsiste el análisis de constitucionalidad o de convencionalidad de la Reforma Judicial”.
- La determinación fue aprobada en la sesión privada del 19 de noviembre.
- El objetivo es impedir decisiones contrapuestas entre tribunales y el Pleno de la SCJN.
El documento también señala que algunos de esos amparos son de competencia originaria de la Corte y que el Pleno ha decidido reasumir su estudio, según se lee en el DOF:
Son de la competencia originaria de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación; en la inteligencia de que, respecto de algunos de ellos, este Pleno ha decidido reasumir su competencia”.
¿Por qué la SCJN decidió pausar las sentencias?
El Máximo Tribunal argumentó que es necesario esperar a fijar una postura unificada sobre la Reforma Judicial para:
- Evitar sentencias contradictorias entre los Tribunales Colegiados y el Pleno.
- Prevenir resoluciones que pudieran contravenir el criterio que la Corte establecerá más adelante.
- Asegurar un proceso ordenado en la revisión de los amparos.

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Contexto: ¿En qué consiste la Reforma Judicial?
La Reforma Judicial fue publicada en el DOF el 15 de septiembre de 2024 y representa una modificación constitucional profunda al sistema de designación de integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF).
Los principales cambios
- Elección por voto popular: Ministros de la SCJN, magistrados de circuito y jueces de distrito serán elegidos mediante voto directo, secreto y universal, reemplazando el sistema previo basado en carrera judicial y designación legislativa.
- Transformación del esquema institucional: El rediseño elimina el modelo tradicional de profesionalización judicial en favor de un mecanismo electoral extraordinario.
Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025
Para implementar la reforma, el Instituto Nacional Electoral (INE) organizó un proceso extraordinario para renovar la mitad de los cargos judiciales. La jornada electoral se llevó a cabo el 1 de junio de 2025.
¿Cómo se eligieron las candidaturas?
Los tres Poderes de la Unión instalaron Comités de Evaluación encargados de:
- Revisar requisitos técnicos y legales.
- Determinar qué perfiles eran elegibles.
Además, el Senado de la República realizó un proceso de insaculación (tómbola) para definir qué plazas serían sometidas a elección en esta primera etapa.
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