Reforma de “supremacía constitucional" fue aprobada en el Senado ¿Qué establece?
El decreto ya fue enviado al ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Tras el pase de la Cámara de Diputados, el Senado, presidido por Gerardo Fernández Noroña, emitió la declaratoria de aprobación de la llamada reforma de “supremacía constitucional", estableciendo la garantía de inpugnables para cualquier tipo de reforma constitucional que sea aprobada en el futuro.
La aprobación se produce para una reforma al artículo 107 y la adición de un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución.
▶️ #HoyEnElSenado se realizó la declaratoria de constitucionalidad de la reforma que establece que las controversias y acciones de inconstitucionalidad no procederán en modificaciones a la Carta Magna. pic.twitter.com/2pT9TyfZ9t
— Senado de México (@senadomexicano) November 1, 2024
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Todo listo para publicación el DOF
El acto en el Senado estableció una reforma sin precedentes que genera un marco de inimpugnabilidad para adiciones y reformas constitucionales, con Noroña tomando la palabra para solicitar a los legisladores que pusieran de pie para la formalización de la declaratoria.
En medio de la aprobación, Fernández Noroña se encaró con Alejandro Moreno, legislador del PRI, quien se quejó porque el presidente del Senado no le otorgó la palabra.
Urgente de último momento: Alejandro Moreno, encara fuertemente a Gerardo Fernández Noroña.
— Cerebros (@CerebrosG) November 1, 2024
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La secretaria de la Mesa Directiva, Verónica Camino, detalló que 24 legislaturas estatales y la de la Ciudad de México habían dado su aprobación a la reforma, cubriendo el umbral necesario para su validez.
El decreto ya fue remitido al ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, contemplando que todos los asuntos de amparo que se mantengan en trámite se regirán a través de las disposiciones de esta reforma.
Blindaje constitucional contra impugnaciones
La reforma implicará que las controversias constitucionales o aquellos amparos que intenten impugnar las reformas o suspenderlas serán básicamente improcedentes. La reforma de “supremacía constitucional” asegura que, una vez que se aprueban cambios o nuevas partes en la Constitución y se publican oficialmente, no podrán ser cuestionadas ni anuladas a través de ciertos recursos legales, como juicios de amparo o acciones de inconstitucionalidad.
Es decir, estos cambios a la Constitución se vuelven “intocables” en cuanto a su legalidad, y no se pueden impugnar en los tribunales.
Con la adición al artículo 105, queda establecido que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.
Por su parte, la modificación al artículo 107 especifica que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.
La reforma buscaría otorgar una mayor estabilidad a las reformas constitucionales, permitiendo que tengan una mayor facilidad para continuar. Al mismo tiempo las personas temen que podría limitar la capacidad de los ciudadanos de proteger sus derechos ante reformas que consideren injustas o perjudiciales.
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