¿Habrá MEGAPUENTE por toma de posesión y Consejo Técnico a finales de septiembre? Esto dice la SEP
El próximo 1 de octubre es la toma de posesión de la presidenta electa Claudia Sheinbaum.
MÉXICO.- La Secretaría de Educación Pública en su calendario 2024-2025 detalla que el último viernes de cada mes hay Consejo Técnico y en este mes será el 27 de septiembre.
Las clases durante el Consejo Técnico se suspenden a nivel de preescolar, primaria y secundaria y están conformadas por el director del centro educativo y la totalidad del personal docente del mismo.
Se realiza con el objetivo de plantear y ejecutar decisiones comunes dirigidas a abordar problemáticas, logros académicos y necesidades pedagógicas de las y los alumnos, según el portal de la Secretaría de Educación Pública.
¿Hay Megapuente?
El Consejo Técnico cae días previos a la toma de Posesión de la presidenta electa de México, Claudia Sheinbaum el próximo 1 de octubre.
El lunes 30 de septiembre, un día antes de la toma de posesión, los alumnos deberían reincorporarse a las actividades escolares, según lo que indica el calendario escolar; sin embargo, se desconoce si habrá algún tipo de anuncio especial para este día, por ser un día previo a la toma de Posesión.
En el caso del 1 de octubre, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, se considera este día como de descanso obligatorio.
Antes la fecha era el 1 de diciembre, pero tras una reforma electoral aplicada en el 2014, fue cambiada al 1 de octubre.
En este caso las personas que trabajen el 1 de octubre, le corresponderá un salario diario y adicionalmente uno doble tras trabajar en día de descanso obligatorio; es decir triple.
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo indica lo siguiente:
“Las y los trabajadores y las y los patrones determinarán el número de trabajadores(as) que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje. Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí