Así serían los horarios con la reducción de la jornada laboral, ¿menos días o menos horas?
Conoce cómo cambiarían los horarios con las 40 horas de jornada laboral semanal.

CIUDAD DE MÉXICO.- Los trabajadores en México siguen a la espera de lo que suceda con la propuesta de reducción de la jornada laboral impulsada por la diputada Susana Prieto Terrazas, y algunos imaginan cómo cambiarían los horarios en caso de entrar en vigor.
Empresarios y sindicatos han debatido en ámbitos económicos y laborales la reforma y cómo impactaría tanto a empleados como a empresas. En tanto, se vislumbran cómo serían los horarios de trabajo al aplicarse la reforma, ya sea con menos días para trabajar a la semana o menos horas por día.
¿Cómo cambian los horarios con la reducción a la jornada laboral en México?
Según lo planteado, la posible reforma laboral modificaría la jornada de los trabajadores, ya sea con días de 6 horas de trabajo (2 horas menos que lo actual, según la LFT) o modificar la distribución de los días laborales, pasando de 6 a 4 días de trabajo con las ocho horas que actualmente son la jornada diaria laboral, es decir, tener dos días de descanso a la semana.
- Menos días: Descansar dos días a la semana (se trabajan 4 días en vez de 6, con las mismas 8 horas diarias)
- Menos horas: Se trabajan los mismos 7 días con uno por descanso, como lo marca la Ley Federal del Trabajo, pero con dos horas menos al día (6 horas diarias en vez de 8).
Así son actualmente los horarios y jornada laboral en México
De tal manera que los cambios se pueden reducir a o se cambia las horas en la jornada diaria (2 menos) o los días trabajados a la semana (también 2 menos) para ajusta una semana laboral de un total de 40 horas.
Actualmente la Ley Federal del Trabajo distingue 3 turnos diferentes que son los siguientes:
- Jornada diurna: Abarca un horario de 6:00 a. m. a 8:00 p. m.
- Jornada nocturna: Implica un horario de 8:00 p. m. a 6:00 a. m.
- Jornada mixta: Comprende un período entre la diurna y nocturna, pero con especificaciones que se verán más adelante en esta nota.

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Cabe recordar que existen ya consideraciones con las jornadas nocturna y mixta, pues mientras la diurna si implica las 8 horas completas (con la modificación serían 6), el primer par tiene estas consideraciones:
En la nocturna lo más que puede durar son 7 horas. Por su parte en la mixta, si el turno abarca más de 3 horas y media después de las 8:00 pm, lo máximo que puede extenderse son 7 horas y media.
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