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¿Qué requisitos deben cumplir para que tus gastos médicos sean deducibles?

Estos gastos son deducibles tanto para el contribuyente como para sus familiares directos

¿Qué requisitos deben cumplir para que tus gastos médicos sean deducibles?

Los gastos médicos constituyen una parte importante de las deducciones personales que pueden utilizarse en la declaración anual de impuestos, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos establecidos por la autoridad fiscal.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica que los contribuyentes personas físicas que perciben ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento, actividad empresarial y/o profesional, tienen derecho a deducir gastos médicos en su declaración anual, lo que puede resultar en una devolución de impuestos.

Tipos de gastos deducibles

Según el SAT, se pueden deducir facturas de honorarios médicos y de enfermeras, tratamientos dentales, psicológicos o nutricionales, así como gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.

Además, los análisis o estudios clínicos y prótesis son válidos, al igual que la compra o alquiler de aparatos para rehabilitación. Lentes ópticos graduados y primas de seguros de gastos médicos también son válidos para la deducción.

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Es importante destacar que los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores al 50% de la capacidad normal son deducibles, siempre y cuando se cuente con el certificado o constancia correspondiente expedido por una institución pública del Sistema Nacional de Salud.

Aplicación de deducciones

El SAT subraya que estos gastos son deducibles tanto para el contribuyente como para sus familiares directos, incluyendo cónyuge; padres, abuelos, hijos y nietos que no superen el salario mínimo anual en ingresos.

Todos los gastos mencionados deben estar respaldados por facturas electrónicas o comprobantes fiscales digitales. En el caso de honorarios médicos, estos deben ser emitidos por profesionales con su título correspondiente.

Es obligatorio que los gastos hayan sido pagados mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios, ya que no procede la deducción si el pago se realizó en efectivo.

Si surgieran dudas sobre la deducibilidad de ciertos gastos, el contribuyente puede consultar el Visor de deducciones personales en el sitio web del SAT para obtener más información y claridad al respecto.

Disponible en: https://www.sat.gob.mx/declaracion/94574/consulta-el-visor-de-deducciones-personales

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