El SAT puede multar con hasta 122,440 pesos a los negocios que pongan trabas al facturar o condicionen la entrega del comprobante solicitando datos innecesarios
El Código Fiscal de la Federación establece sanciones para los establecimientos que entorpezcan la emisión de comprobantes fiscales o exijan requisitos al cliente al margen de la ley.

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reforzó la vigilancia sobre la emisión de comprobantes fiscales bajo el esquema CFDI 4.0. El organismo advirtió que aplicar condiciones arbitrarias a los clientes o entorpecer la expedición de facturas constituye una infracción fiscal que puede derivar en multas de 21,420 hasta 122,440 pesos, según lo estipula el Artículo 84, Fracción IX del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Las autoridades precisaron que estas medidas buscan erradicar malas prácticas comerciales recurrentes y proteger el derecho de las personas físicas y morales a deducir sus gastos sin complicaciones innecesarias.

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¿Qué considera el SAT como datos innecesarios o trabas para facturar?
El marco legal tributario aclara que para solicitar un CFDI 4.0 el comprador únicamente debe proporcionar cuatro datos fundamentales: RFC, nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso que se le dará al comprobante.
Cualquier exigencia adicional forma parte del catálogo de prácticas indebidas tipificadas por la autoridad fiscal:
- Exigir la Cédula o Constancia de Situación Fiscal: Obligar al cliente a presentar este documento impreso o digital para generar su factura está prohibido; basta con dictar o escribir los datos básicos.
- Forzar el registro en portales externos: El establecimiento está obligado a expedir el comprobante en el sitio de la compra si el cliente lo requiere, en lugar de transferirle la carga de facturar en una página web de terceros.
- Condicionar por tiempo o fecha límite: Negar la factura con el argumento de que debe solicitarse “el mismo día de la compra” es indebido. El contribuyente puede solicitar su CFDI en cualquier momento dentro del mismo año fiscal de la operación.
- Aumentar el precio al pedir factura: Cobrar un porcentaje adicional (como el IVA por separado) si el cliente pide comprobante viola la ley, pues los costos al público deben incluir siempre los impuestos correspondientes.
- Exigir correo electrónico obligatoriamente: Solicitar una dirección de correo no es un requisito legal indispensable, ya que la factura queda guardada automáticamente en el buzón fiscal del cliente en el portal del SAT.
Errores frecuentes que derivan en sanciones menores
A la par de las penalizaciones por negar la factura, existen fallas de captura que son sancionadas con montos menores, que van de los 450 a los 670 pesos por comprobante, cuando no se corrigen a tiempo. Las imprecisiones más habituales incluyen:
- Seleccionar claves de producto o servicio genéricas en lugar de la específica del catálogo del SAT.
- Confundir el método de pago registrado, asentando pago en una sola exhibición (PUE) cuando la operación se liquidará en parcialidades o formato diferido (PPD).
Cancela o sustituye tus facturas a tiempo
Para evitar sanciones o perder la deducibilidad de los gastos, el SAT recuerda que la mayoría de los errores operativos simples de emisión se pueden subsanar mediante el esquema de cancelación y sustitución de facturas disponible en el portal institucional.
Asimismo, la autoridad invita a la ciudadanía a denunciar a los establecimientos que incurran en estas prácticas a través de los canales de atención del SAT, aportando el RFC del comercio y el ticket de compra correspondiente.

Recomendaciones para una facturación sin contratiempos
Por ello, el organismo regulador sugiere a los contribuyentes revisar periódicamente los catálogos de productos y servicios en el portal institucional, validar la información de los receptores antes del sellado digital y apoyarse en soluciones tecnológicas o asesoría contable para mantener sus expedientes al día.
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