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Aunque aparezcas en el testamento, podrías no recibir la herencia, porque la ley contempla algunas casusas que pueden dejarlo sin efecto

La legislación contempla casos de revocación, nulidad, caducidad e incapacidad para heredar. Además, si el testamento no abarca todo el patrimonio, parte de los bienes puede distribuirse mediante la sucesión legítima

Aunque aparezcas en el testamento, podrías no recibir la herencia, porque la ley contempla algunas casusas que pueden dejarlo sin efecto

MÉXICO.- Tener un testamento vigente ayuda a dejar por escrito qué ocurrirá con los bienes de una persona después de su muerte, pero el documento no garantiza que todas sus disposiciones terminen aplicándose. La legislación contempla circunstancias en las que puede ser revocado, declarado nulo o perder efectos respecto de determinados herederos y legatarios.

El Código Civil Federal establece reglas específicas sobre nulidad, revocación, caducidad e incapacidad para heredar. Estas disposiciones son relevantes para entender por qué una persona mencionada en un testamento no necesariamente recibirá los bienes que aparecen a su nombre.

Un testamento posterior puede sustituir al anterior

Una de las situaciones más claras ocurre cuando el testador cambia de voluntad.

El artículo 1494 del Código Civil Federal establece que el testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, salvo que en el nuevo documento se exprese la voluntad de que el anterior subsista total o parcialmente.

Por ello, conservar una copia de un testamento antiguo no significa necesariamente que ese sea el documento que se utilizará para determinar la sucesión.

Además, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares contempla la búsqueda de testamentos dentro de los procedimientos sucesorios, precisamente para determinar cuál disposición debe tomarse en cuenta.

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Amenazas, dolo o fraude pueden provocar la nulidad

El Código Civil Federal también contempla situaciones relacionadas con la libertad con la que fue elaborado el documento.

Es nulo el testamento otorgado bajo amenazas contra el testador, sus bienes o contra la persona o bienes de su cónyuge o familiares. La misma legislación establece que es nulo el testamento captado mediante dolo o fraude. También puede ser nulo cuando se otorga sin respetar las formas establecidas por la ley.

La consecuencia no es simplemente que un familiar quede inconforme. Cuando existen causas legales para cuestionar la validez del documento, la controversia debe resolverse mediante los mecanismos jurídicos correspondientes.

En caso de que se detecte que hubo amenazas o coerción para la elaboración de un testamento, el documento puede perder validez. | Foto: Pexels/ Pngwing

Una persona puede quedar fuera aunque aparezca como heredera

El hecho de que un nombre aparezca en el testamento tampoco significa que el derecho a recibir la herencia sea permanente.

El artículo 1497 del Código Civil Federal señala que las disposiciones testamentarias caducan respecto de herederos y legatarios cuando, entre otros supuestos, la persona muere antes que el testador, se vuelve incapaz para recibir la herencia o legado, o renuncia a su derecho.

En otras palabras, explica un artículo de Expansión, la existencia de una designación en el documento no elimina las condiciones que la propia ley establece para que esa disposición pueda hacerse efectiva.

La ley contempla causas de incapacidad para heredar

También existen conductas que pueden impedir que una persona herede.

Entre las causas previstas por el Código Civil Federal están determinadas condenas por delitos contra el autor de la sucesión o sus familiares, el incumplimiento de obligaciones de alimentos en determinados supuestos y el uso de violencia, dolo o fraude para conseguir que una persona haga, deje de hacer o revoque su testamento.

La legislación contempla otras causas específicas, por lo que no basta con revisar únicamente quién aparece nombrado en el documento: también debe analizarse si existe alguna causa legal que afecte la capacidad de esa persona para recibir la herencia.

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¿Qué ocurre si el testamento no incluye todos los bienes?

Tener un testamento válido tampoco significa necesariamente que todo el patrimonio quede cubierto por sus disposiciones.

En la Ciudad de México, el Código Civil local establece que la sucesión legítima se abre, entre otros casos, cuando no hay testamento, cuando el otorgado es nulo o perdió su validez, o cuando el testador no dispuso de todos sus bienes. También contempla el supuesto de que un heredero muera antes que el testador, repudie la herencia o sea incapaz de heredar y no exista sustituto.

Esto significa que puede coexistir un testamento válido con una sucesión legítima respecto de bienes que no hayan quedado comprendidos en las disposiciones testamentarias.

Las reglas concretas pueden variar según la entidad federativa, por lo que no debe asumirse que una disposición del Código Civil de la Ciudad de México se aplica automáticamente en todo México.

Las disposiciones testamentarias caducan respecto de herederos y legatarios cuando, entre otros supuestos, la persona muere antes que el testador, se vuelve incapaz para recibir la herencia o legado, o renuncia a su derecho.
|  Foto: Generada con IA

Mantener actualizado el testamento ayuda a evitar conflictos

Los cambios en la situación familiar o patrimonial pueden hacer conveniente revisar las disposiciones testamentarias.

Un nuevo matrimonio, un divorcio, el nacimiento de hijos o la adquisición de nuevos bienes pueden modificar las circunstancias existentes cuando se otorgó el documento.

Además, hacer un testamento no significa que los bienes pasen automáticamente al nombre de los herederos. Un procedimiento sucesorio debe reconocer los derechos correspondientes y, en su caso, llegar a la adjudicación de los bienes.

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En términos prácticos, los principales puntos que deben revisarse son:

  • Cuál es el testamento más reciente y si existe otro posterior.
  • Si el documento cumple las formalidades legales aplicables.
  • Si hubo amenazas, dolo o fraude relacionados con su elaboración.
  • Si los herederos o legatarios conservan capacidad para recibir los bienes.
  • Si el testamento comprende todo el patrimonio o existe una parte que debe sujetarse a las reglas de sucesión legítima.

Un testamento sigue siendo una herramienta fundamental para expresar la voluntad sobre el patrimonio, pero su eficacia depende de que se mantenga válido y de que las personas designadas puedan recibir los bienes conforme a la ley.

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