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México reducirá la jornada laboral a 46 horas en 2027: qué cambiará para trabajadores y empresas

La primera reducción entrará en vigor el 1 de enero de 2027; los salarios y las prestaciones deberán conservarse íntegramente durante la transición.

México reducirá la jornada laboral a 46 horas en 2027: qué cambiará para trabajadores y empresas

La reducción de la jornada laboral en México comenzará formalmente el 1 de enero de 2027, cuando el límite semanal pasará de 48 a 46 horas. Será el primer ajuste de una implementación gradual que continuará hasta alcanzar las 40 horas semanales en 2030.

La reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y establece que la disminución del tiempo de trabajo no podrá utilizarse para reducir salarios, prestaciones ni otros derechos laborales. Durante 2026, las empresas deberán preparar sus horarios, turnos y mecanismos de control para cumplir con el nuevo esquema.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social indicó que el cambio será obligatorio y se aplicará de manera progresiva. La dependencia calcula que más de 13 millones de personas podrían beneficiarse directamente con la reducción.

Los principales cambios serán:

  • La jornada máxima será de 46 horas semanales en 2027.
  • No se podrán reducir salarios ni prestaciones.
  • Las empresas deberán registrar electrónicamente las jornadas.
  • Las horas trabajadas después del límite ordinario se considerarán extraordinarias.
  • El incumplimiento podrá generar sanciones económicas.

Cómo será la jornada laboral en 2027

Durante 2026, la jornada legal máxima se mantendrá temporalmente en 48 horas semanales. El primer cambio obligatorio se producirá el 1 de enero de 2027, cuando el límite disminuya dos horas.

La reforma no determina que todas las personas deban trabajar exactamente 46 horas. La cifra representa el máximo de la jornada ordinaria semanal para quienes actualmente están sujetos al límite general de 48 horas.

Los centros de trabajo podrán reorganizar horarios, turnos y días laborados mediante acuerdos que respeten la legislación. La jornada diaria continuará sujeta a los límites legales correspondientes y la reducción semanal no elimina el derecho al descanso.

Calendario para llegar a las 40 horas

La disminución se realizará en etapas de dos horas por año:

  • 2026: periodo de transición; se mantiene el límite de 48 horas.
  • 2027: jornada máxima de 46 horas semanales.
  • 2028: jornada máxima de 44 horas semanales.
  • 2029: jornada máxima de 42 horas semanales.
  • 2030: jornada máxima de 40 horas semanales.

Cada reducción entrará en vigor el 1 de enero del año correspondiente. La gradualidad busca permitir que empresas y unidades económicas adapten sus procesos sin afectar el empleo ni la continuidad de sus operaciones.

El salario no podrá disminuir

Uno de los puntos centrales de la reforma es la protección de los ingresos. La reducción de la jornada no autoriza a los patrones a disminuir el salario, las prestaciones o los derechos adquiridos de las personas trabajadoras.

Esto significa que una persona que pase de una jornada de 48 a 46 horas semanales deberá conservar su salario íntegro, siempre que se mantengan las condiciones de la relación laboral.

Tampoco deberán afectarse derechos como vacaciones, prima dominical, pago por días festivos, tiempo de comida o remuneración de horas extraordinarias, de acuerdo con la información difundida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Qué ocurrirá con las horas extra

Las horas extraordinarias comenzarán a contabilizarse una vez superado el límite ordinario vigente en cada año. Durante 2027, se considerará tiempo extraordinario el trabajado después de las 46 horas semanales.

Con el esquema final de 40 horas, la reforma contempla hasta 12 horas extraordinarias pagadas al doble y cuatro adicionales pagadas al triple, con un máximo general de 56 horas de trabajo por semana.

La realización de horas extra seguirá siendo voluntaria para las personas trabajadoras. Además, las personas menores de edad no podrán prestar servicios en jornadas extraordinarias.

Empresas deberán registrar electrónicamente la jornada

A partir de 2027, las personas empleadoras estarán obligadas a contar con un registro electrónico que permita acreditar las horas de entrada y salida de sus trabajadores.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá emitir las disposiciones que regulen el funcionamiento y las características del sistema. El objetivo es que las inspecciones laborales puedan comprobar el cumplimiento de los límites ordinarios y extraordinarios.

El registro será especialmente relevante en empresas con turnos variables, jornadas acumuladas o esquemas de trabajo que no se distribuyan uniformemente durante la semana.

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Qué sanciones pueden recibir los empleadores

El decreto contempla multas para las empresas que incumplan las obligaciones relacionadas con la jornada laboral, incluidos los límites legales y el registro electrónico.

Las sanciones pueden ubicarse entre 250 y 5 mil Unidades de Medida y Actualización, dependiendo de la conducta, su gravedad y las disposiciones aplicables. El valor en pesos deberá calcularse con la UMA vigente en la fecha en que se imponga la sanción.

El rango no significa que todos los incumplimientos recibirán automáticamente la multa máxima. La autoridad laboral deberá evaluar cada caso y aplicar las reglas establecidas en la legislación.

A quiénes beneficiará la reducción

La STPS señala que los sectores con mayor número de personas potencialmente beneficiadas incluyen:

  • Industria manufacturera.
  • Comercio.
  • Servicios de hospedaje.
  • Preparación de alimentos y bebidas.
  • Transporte, correos y almacenamiento.
  • Servicios de apoyo a los negocios.

La dependencia también ha señalado que la medida alcanzaría a más del 64% de las personas que actualmente trabajan más de 41 horas por semana.

No todas las relaciones laborales tienen jornadas idénticas. Existen sectores, modalidades de contratación y actividades con regulaciones específicas, por lo que la aplicación deberá revisarse conforme al contrato y a la legislación correspondiente.

Qué deben revisar trabajadores y empresas

Durante el periodo de adaptación de 2026, las empresas deberán analizar sus horarios, plantillas, turnos, sistemas de asistencia y procedimientos para autorizar tiempo extraordinario.

Las personas trabajadoras podrán revisar que, a partir de 2027:

  • Su jornada ordinaria no exceda las 46 horas semanales.
  • Su salario y sus prestaciones no sean reducidos.
  • El tiempo adicional sea registrado y pagado como extraordinario.
  • Se respeten los descansos y límites diarios aplicables.
  • El patrón cuente con un registro verificable de la jornada.

Los posibles incumplimientos podrán denunciarse ante el Sistema de Quejas y Accidentes Laborales de la STPS. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo también ofrece orientación legal gratuita mediante la línea 079.

La reducción a 46 horas no será todavía la jornada definitiva de 40 horas. Representará únicamente el primer paso obligatorio de una transición que continuará cada año hasta 2030.

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