SAT multará desde 2027 a quienes no activen este requisito fiscal: quiénes deben cumplir y cómo evitar sanciones
El llamado busca que las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) revisen con tiempo su situación fiscal y eviten multas que pueden superar los 11 mil pesos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que a partir del 1 de enero de 2027 comenzará a aplicar multas a los contribuyentes obligados que no tengan habilitado el Buzón Tributario o no mantengan actualizados sus medios de contacto.
Aunque esta obligación existe desde hace varios años, la autoridad otorgó una prórroga para imponer sanciones, la cual concluye el 31 de diciembre de 2026.
La información se basa en las disposiciones del Código Fiscal de la Federación y en los lineamientos del SAT.
Es importante considerar que no todos los contribuyentes están obligados a habilitar el Buzón Tributario, ya que existen excepciones previstas por la legislación.
El llamado busca que las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) revisen con tiempo su situación fiscal y eviten multas que pueden superar los 11 mil pesos.
¿Qué requisito comenzará a sancionar el SAT en 2027?
A partir del 1 de enero de 2027, el SAT podrá imponer multas a los contribuyentes obligados que:
- No tengan habilitado el Buzón Tributario.
- No mantengan actualizados sus medios de contacto registrados ante la autoridad fiscal.
Entre los datos que deben mantenerse vigentes se encuentran:
- Correo electrónico.
- Número de teléfono celular.
Estos medios permiten al SAT enviar notificaciones, requerimientos, avisos y comunicaciones oficiales relacionadas con la situación fiscal del contribuyente.

¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es un sistema electrónico mediante el cual el SAT establece comunicación oficial con los contribuyentes.
A través de esta plataforma es posible recibir:
- Notificaciones fiscales.
- Avisos sobre obligaciones.
- Requerimientos de información.
- Mensajes relacionados con trámites y servicios.
También permite responder comunicaciones y realizar algunos procedimientos en línea.
¿Quiénes deben cumplir con esta obligación?
La obligación aplica para la mayoría de las personas físicas y morales inscritas en el RFC que tengan obligaciones fiscales.
No obstante, la legislación contempla algunos casos de excepción, por lo que no todos los contribuyentes están obligados a habilitar el Buzón Tributario.
Por ello, antes de asumir que existe una obligación o una exención, es recomendable verificar el régimen fiscal correspondiente y revisar la información publicada por el SAT.
¿De cuánto puede ser la multa?
De acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes, las sanciones por incumplir esta obligación pueden ir de:
- 3,850 pesos
- 11,540 pesos
El monto dependerá de las circunstancias de cada caso y de la aplicación de las disposiciones previstas en el Código Fiscal de la Federación.
¿Hasta cuándo hay tiempo para evitar la sanción?
El SAT otorgó una prórroga para la aplicación de multas.
Ese periodo concluye el:
31 de diciembre de 2026
Por ello, quienes aún no hayan habilitado el Buzón Tributario o tengan información desactualizada todavía pueden regularizar su situación antes de que comiencen las sanciones.
¿Cómo evitar problemas con el SAT?
Para mantenerse al corriente, el SAT recomienda:
- Verificar que el Buzón Tributario esté habilitado.
- Confirmar que el correo electrónico registrado siga vigente.
- Revisar que el número de teléfono celular sea correcto.
- Atender las notificaciones enviadas por los canales oficiales.
Realizar esta revisión con anticipación puede evitar multas y facilitar la recepción de información relacionada con obligaciones fiscales, devoluciones, requerimientos o cualquier comunicación oficial emitida por la autoridad tributaria.
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