Ya es oficial: Suprema Corte ordena que el IMSS debe mantener consultas, estudios y medicamentos a personas dadas de baja de forma unilateral, mientras se resuelve un juicio de amparo
De esta forma, el tribunal consideró que no es necesario trasladar al paciente al esquema IMSS Bienestar para garantizar la protección inmediata de su salud

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las personas que sean dadas de baja del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sin un procedimiento formal y sin que exista una resolución debidamente fundada pueden solicitar un amparo y obtener una suspensión provisional para continuar recibiendo atención médica, medicamentos y tratamientos en las mismas condiciones que tenían antes de la cancelación de sus derechos.
Así lo determinó el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito mediante una tesis aislada publicada en junio de 2026 en el Semanario Judicial de la Federación. El criterio fortalece la protección del derecho a la salud cuando una persona pierde de manera unilateral el acceso a los servicios médicos del IMSS.
¿Qué resolvió el tribunal?
El criterio establece que procede conceder una suspensión provisional dentro de un juicio de amparo cuando una persona derechohabiente es dada de baja unilateralmente por el IMSS y deja de recibir atención médica o medicamentos.
La medida cautelar tiene como finalidad que el afectado continúe recibiendo consultas, tratamientos, estudios clínicos y medicamentos exactamente en los mismos términos y condiciones en que los recibía antes de la baja, mientras se resuelve de fondo el juicio.
De esta forma, el tribunal consideró que no es necesario trasladar al paciente al esquema IMSS Bienestar para garantizar la protección inmediata de su salud.

¿Cuál fue el caso que originó la decisión?
La tesis surgió a partir del caso de una persona que padecía diversos problemas de salud, entre ellos diabetes tipo 2, retinopatía diabética, trastornos de la válvula aórtica, gastritis crónica y cálculos renales.
Según los antecedentes judiciales, la persona promovió un amparo después de que el IMSS suspendiera su atención médica y existieran retrasos en la entrega de medicamentos. El afectado argumentó que dicha situación ponía en riesgo sus derechos a la vida, la salud y la integridad física.
Inicialmente, un Juzgado de Distrito otorgó una suspensión provisional para que continuara recibiendo atención médica y tratamiento. Posteriormente, las autoridades responsables impugnaron esa decisión mediante un recurso de queja.
Sin embargo, el tribunal confirmó que la protección cautelar era procedente.
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¿Por qué no basta con enviarlo a IMSS Bienestar?
Uno de los puntos más relevantes del criterio es que los magistrados señalaron que la atención médica debe mantenerse en las mismas condiciones en que ya se venía prestando.
La resolución explica que el programa IMSS Bienestar tiene como objetivo brindar servicios médicos a personas que no cuentan con afiliación a instituciones de seguridad social. Sin embargo, cuando una persona ya era derechohabiente del IMSS y recibía atención médica de forma regular, la protección judicial debe garantizar que conserve ese acceso mientras se determina si la baja fue legal o no.
En otras palabras, la autoridad no puede sustituir automáticamente la atención que recibía una persona en el IMSS por otro esquema de servicios de salud si existe una controversia sobre la legalidad de la baja.

¿Qué derechos protege esta decisión?
El criterio judicial se apoya en la obligación constitucional del Estado de proteger y garantizar el derecho a la salud.
Además, considera que cuando existe la posibilidad de que la baja haya sido ilegal o inconstitucional, suspender los servicios médicos podría generar daños de difícil reparación, especialmente en pacientes con enfermedades crónicas o que requieren tratamientos continuos.
Por ello, la suspensión provisional busca evitar que una persona quede sin consultas médicas, estudios o medicamentos durante el tiempo que dure el juicio.
¿Qué significa para los derechohabientes?
La tesis no implica que todas las bajas del IMSS sean indebidas. Sin embargo, sí establece una guía importante para los jueces cuando una persona alegue que perdió su calidad de derechohabiente sin haber tenido la oportunidad de defenderse o sin que exista una resolución debidamente motivada.
En esos casos, los tribunales pueden ordenar que el IMSS continúe brindando atención médica y medicamentos mientras se analiza la legalidad de la decisión.
Si una persona considera que fue dada de baja del IMSS de manera unilateral y que ello afecta su acceso a consultas, tratamientos o medicamentos, puede acudir con asesoría jurídica especializada para analizar la posibilidad de promover un juicio de amparo.
El nuevo criterio judicial refuerza la idea de que la protección de la salud debe prevalecer mientras los tribunales determinan si la actuación de la autoridad fue conforme a derecho.
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