Modalidad 40 del IMSS: Quiénes pueden inscribirse, cuánto tiempo tienen para hacerlo y cómo puede ayudar a mejorar la pensión
Conoce los requisitos, beneficios y pasos para acceder a la continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio, una opción que permite seguir cotizando tras dejar un empleo formal y aumentar el monto del retiro

MÉXICO.- La Modalidad 40 del IMSS se ha convertido en una de las alternativas más buscadas por las personas que dejaron de trabajar para una empresa y desean seguir construyendo su pensión. Este esquema permite continuar cotizando de manera voluntaria, conservar derechos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y, en algunos casos, incrementar el monto que se recibirá al momento del retiro.
De acuerdo con información difundida por Pensionissste, este mecanismo está dirigido a trabajadores que ya no se encuentran dados de alta en el régimen obligatorio del IMSS, pero que buscan mantener activas sus aportaciones para alcanzar una mejor pensión.
¿Qué es la Modalidad 40 del IMSS y para qué sirve?
La Modalidad 40, también conocida como continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio, es una figura contemplada en la Ley del Seguro Social que permite a una persona seguir cotizando después de haber sido dada de baja por su patrón.
Su principal objetivo es ayudar a conservar la vigencia de derechos y continuar acumulando semanas de cotización necesarias para obtener una pensión. Además, ofrece la posibilidad de elegir el Salario Base de Cotización con el que se realizarán las aportaciones, un factor que puede influir directamente en el monto final del retiro.
Según explica Pensionissste, el impacto de este esquema depende del régimen pensionario al que pertenezca cada trabajador, ya sea el de 1973 o el de 1997, por lo que es importante analizar cada caso antes de tomar una decisión.

Beneficios que ofrece la Modalidad 40
Las personas inscritas pueden mantener acceso a los seguros de:
- Invalidez y Vida.
- Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
Esto significa que el trabajador conserva protección ante situaciones de invalidez o fallecimiento, además de seguir construyendo los requisitos para acceder a una pensión en la etapa de retiro.
Uno de los principales atractivos es que el asegurado puede elegir el salario sobre el cual realizará sus aportaciones, respetando los límites establecidos por la ley.
¿Quiénes pueden registrarse?
No todas las personas pueden acceder automáticamente a este esquema. Entre los requisitos destacan:
- Haber sido dado de baja del régimen obligatorio del IMSS.
- Contar con al menos 52 semanas cotizadas durante los cinco años previos a la baja.
- Presentar la solicitud dentro de los 12 meses posteriores a la fecha en que terminó la relación laboral.
La inscripción puede surtir efectos desde la fecha de solicitud o incluso de forma retroactiva al día siguiente de la baja, aunque en este último caso deberán cubrirse las cuotas pendientes, junto con las actualizaciones y recargos que correspondan.

¿La Modalidad 40 incluye Servicio Médico?
Uno de los puntos que más dudas genera es la atención médica. Pensionissste aclara que, bajo las reglas de la Ley del Seguro Social de 1997, la Modalidad 40 no otorga derecho a servicios médicos.
Sin embargo, existe la posibilidad de contratar de manera independiente el Seguro de Salud para la Familia para contar con cobertura médica.
Cómo hacer el trámite en línea
El registro puede realizarse por internet o de forma presencial.
Para el trámite en línea se requiere:
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Correo electrónico
Durante el proceso se deberá seleccionar el Salario Base de Cotización con el que se desea aportar.
La legislación establece que dicho salario no puede ser menor al último registrado antes de la baja ni superar el equivalente a 25 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
Una vez enviada la solicitud, el IMSS informa el resultado en un plazo aproximado de cinco días hábiles.
También se puede realizar de forma presencial
Quienes prefieran acudir personalmente deberán presentarse en la subdelegación del IMSS correspondiente con:
- Identificación oficial vigente
- Comprobante de domicilio reciente
- Escrito libre solicitando la inscripción a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio
Al igual que en la modalidad digital, la respuesta suele emitirse en un plazo de cinco días hábiles.
¿Cómo se pagan las cuotas?
Las aportaciones son cubiertas totalmente por el trabajador y se calculan con base en el salario elegido.
Pensionissste también recuerda que, tras la reforma a la Ley del Seguro Social de 2020, las cuotas se ajustan de manera gradual por el incremento progresivo de la aportación patronal en el ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, proceso que continuará hasta 2030.
Los pagos pueden realizarse de forma mensual, bimestral o anual anticipada mediante instituciones bancarias autorizadas o a través de los canales digitales del IMSS.
La causa por la que podrías perder la Modalidad 40
Mantener los pagos al corriente es indispensable.
La continuación voluntaria puede cancelarse si se dejan de cubrir las cuotas durante dos meses, conforme a la Ley de 1997, o durante tres bimestres consecutivos en los casos regulados por la Ley de 1973.
Por ello, especialistas recomiendan revisar periódicamente las semanas cotizadas y evaluar si este esquema se adapta a los objetivos de retiro de cada trabajador.
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