La Secretaría de Agricultura entregará hasta 24,000 pesos a productores agrícolas y apicultores mediante el programa Producción para el Bienestar, priorizando tierras de pequeña escala en el sur de México
La Secretaría de Agricultura inicia la dispersión del programa Producción para el Bienestar 2026, otorgando apoyos de hasta 24,000 pesos anuales a productores de pequeña y mediana escala.

MÉXICO.- El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, ha puesto en marcha la entrega de recursos del programa Producción para el Bienestar para este 2026. Este esfuerzo institucional busca fortalecer la autosuficiencia alimentaria del país mediante la entrega de un apoyo económico directo que puede alcanzar los 24,000 pesos anuales por beneficiario.
Según las reglas de operación vigentes de la Secretaría, el programa prioriza a hombres y mujeres que trabajan cultivos estratégicos y actividades apícolas, con un enfoque especial en quienes poseen tierras en los estados del sur y sureste del territorio nacional.
¿A quiénes beneficia este apoyo económico?
Este programa está diseñado para usted si es un productor agrícola de pequeña o mediana escala. El objetivo principal es brindar liquidez a quienes trabajan el campo de manera física, excluyendo a empresas o personas morales. Para ser elegible, su actividad debe estar centrada en granos (como maíz y frijol), café, cacao, caña de azúcar, nopal o miel.
Un punto fundamental que usted debe considerar es la incompatibilidad de programas: si usted ya es beneficiario de “Sembrando Vida”, no podrá recibir el apoyo de Producción para el Bienestar, ya que las normativas federales buscan distribuir los recursos entre la mayor cantidad posible de trabajadores del campo.
Montos oficiales para el ciclo 2026
El pago se realiza de forma anual y directa a través de la tarjeta del Banco del Bienestar. La cantidad que usted recibirá depende directamente de la extensión de su tierra, el sistema de riego y el tipo de cultivo:
- 7,300 pesos: Para pequeños productores de temporal (hasta 3 hectáreas), riego (hasta 5 hectáreas), o dedicados al café, cacao, caña, nopal y miel.
- 8,000 pesos: Para quienes poseen entre 3 y 4 hectáreas de temporal.
- 10,000 pesos: Para superficies de más de 4 y hasta 8 hectáreas de temporal.
- 1,200 pesos por hectárea: Para productores con una extensión de entre 8 y 20 hectáreas de temporal, con un límite máximo de 24,000 pesos.
Calendario de pagos: Fechas clave según su cultivo
Para su planeación financiera, es vital identificar la fecha en la que recibirá su recurso. La dispersión se organiza en cuatro etapas principales dependiendo de lo que usted siembre:
- 30 de abril: Maíz, milpa y sorgo.
- 18 de mayo: Frijol, caña de azúcar, trigo y una amplia variedad de granos y oleaginosas como ajonjolí, garbanzo y lenteja.
- 15 de junio: Productores de arroz.
- 7 de septiembre: Café, cacao, miel, nopal, avena y cebada, entre otros.
Requisitos indispensables para el cobro
Para asegurar que su pago se procese sin contratiempos, usted debe estar inscrito y vigente en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura. No basta con tener la tierra; es obligatorio demostrar que el predio está activo y que cuenta con la documentación legal que acredite la posesión, siempre que el terreno no se ubique en zonas urbanas o reservas naturales.
Además de su CURP e identificación oficial vigente, se recomienda mantener sus datos actualizados en el padrón. Si usted tiene dudas sobre su registro o necesita asesoría personalizada, puede acudir al Centro de Apoyo al Desarrollo Rural (CADER) más cercano a su domicilio, donde el personal oficial le orientará sobre su situación específica en este ciclo 2026.
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