SAT fija el 15 de mayo como fecha límite para cumplir con este requisito y advierte multas de hasta 173,000 pesos a empresas incumplidas
El dictamen de estados financieros del ejercicio 2025 debe presentarse dentro del plazo legal. El SAT advirtió sanciones económicas, restricciones para facturar y otras consecuencias por incumplimiento

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un llamado directo a empresas y personas físicas con actividad empresarial para que presenten a tiempo el dictamen de estados financieros correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
La autoridad informó que la fecha límite es el 15 de mayo de 2026, y advirtió que no cumplir puede generar multas que van desde los 17 mil hasta más de 173,000 pesos.
Este aviso toma relevancia porque no solo implica una obligación fiscal para ciertos contribuyentes, también puede afectar operaciones cotidianas como la emisión de facturas electrónicas si no se atiende dentro del plazo, según lo difundido por el propio SAT.
¿Qué es el dictamen de estados financieros?
Se trata de un documento fiscal que incluye la revisión realizada por un contador público autorizado, quien emite una opinión profesional sobre la situación financiera del contribuyente.
El SAT explicó que este dictamen informa sobre “la naturaleza, alcance y resultado de la situación financiera del contribuyente”.
En términos simples, funciona como una revisión formal del estado financiero de una empresa o persona física con actividad empresarial.
¿Quiénes están obligados a presentarlo antes del 15 de mayo?
De acuerdo con el SAT, esta obligación aplica para empresas que en el ejercicio inmediato anterior:
- Obtuvieron ingresos iguales o superiores a 1,940 millones 178 mil 120 pesos para efectos del ISR.
- Tienen acciones colocadas en la bolsa de valores.
Es decir, no todas las empresas están obligadas, sino aquellas que cumplen con ciertos niveles de operación o características corporativas.

¿Quiénes pueden presentarlo de forma voluntaria?
También existe la opción de presentarlo para empresas y personas físicas con actividad empresarial que cumplan alguno de estos supuestos:
- Ingresos acumulables superiores a 157 millones 785 mil 270 pesos
- Activos con valor superior a 124 millones 650 mil 380 pesos
- Tener al menos 300 trabajadores prestando servicios en cada mes del ejercicio declarado
Aunque en estos casos no siempre sea obligatorio, puede representar una vía de cumplimiento y control fiscal.
¿Qué pasa si no se presenta?
El SAT advirtió consecuencias económicas y operativas para quienes no entreguen el dictamen o lo hagan fuera del plazo legal.
Las sanciones pueden ser:
- Multas desde 17 mil 330 pesos
- Multas de hasta 173 mil 230 pesos
- Restricción del Certificado de Sello Digital
- Imposibilidad para emitir facturas electrónicas
- Cancelación definitiva del certificado si no se corrige el incumplimiento
Esto significa que una empresa podría ver afectada su capacidad para facturar y operar normalmente.
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¿Dónde se presenta el trámite?
El SAT puso a disposición de los contribuyentes el sistema oficial para realizar el proceso mediante su portal de Internet, dentro del apartado de dictamen fiscal.
Se recomienda hacerlo con anticipación para evitar saturación del sistema o errores de último momento.
¿Por qué importa este aviso del SAT?
Cada año miles de contribuyentes esperan hasta los últimos días para cumplir obligaciones fiscales. Sin embargo, cuando existe una fecha límite con sanciones altas y posibles bloqueos operativos, dejarlo para después puede salir caro.
Además, para empresas medianas y grandes, la imposibilidad de facturar puede detener ventas, pagos y operaciones administrativas.
Si usted es empresa o persona física con actividad empresarial, conviene revisar de inmediato si entra en los supuestos obligatorios o voluntarios, y consultar con su contador público autorizado para evitar multas y contratiempos antes del 15 de mayo de 2026.
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