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Barras LED en autos pueden causar accidentes y multas en Sonora, advierte Tránsito Municipal

Vocero César Alejandro López Arana señala que el uso indebido de luces adicionales encandila a otros conductores y viola el Artículo 54 de la Ley de Tránsito; torretas y estrobos están prohibidos para particulares.

Barras LED en autos pueden causar accidentes y multas en Sonora, advierte Tránsito Municipal

HERMOSILLO, SONORA.- Las barras de luces LED en autos se deben de usar con consciencia porque pueden encandilar al conductor contrario y provocar un accidente, informó César Alejandro López Arana, vocero del Tránsito Municipal.

Explicó que hay autos que son acondicionados por sus propietarios con luces LED adicionales como son las barras, que tienen mayor proyección de luz.

El problema de estos aditamentos es la forma inadecuada de utilizarlas. Si nosotros vamos conduciendo donde sea y prendemos una barra LED, si traemos a alguien delante de nosotros”.

“Obviamente lo vamos a ir encandilando. Si se aproxima alguien de frente a nosotros también lo vamos a encandilar, de tal forma que de esto incluso pueda terminar en un siniestro vial”, señaló.

Estas luces hay que saber y en qué momento se deben de usar. Se pueden utilizar en lugares aislados de las carreteras como en ranchos recreativos y generaran poco problema.

“Pero si para ir al rancho vas en carreteras y las prendes ahí sí puede haber un problema vial”, destacó.

Cuando los faros principales de un vehículo son cambiados por un sistema LED, esto cae en una falta a la Ley de Tránsito y puede ser sancionado, aseguró, porque se exige el uso de la luz blanca.

En el caso del uso de luces rojas y azules, que son para uso exclusivo de emergencias o para vehículos oficiales, el ciudadano no las puede usar porque lo prohíbe la Ley y es sancionable.

Lo que son torretas y lo que son estrobos definitivamente están prohibidos, ya lo que son luces LED y barras LED hay que saber en qué lugar y en qué momento las vamos a usar, sin encandilar a los demás conductores”

—  César Alejandro López Arana, vocero del Tránsito Municipal.

Artículo 54 de la Ley de Tránsito para el Estado de Sonora.

Los vehículos de motor de 4 o más ruedas deberán estar provistos cuando menos de 2 faros principales delanteros que cuando estén encendidos, emitan una luz blanca, colocados simétricamente y al mismo nivel, uno a cada lado del frente del vehículo y lo más alejado posible de la línea del centro.

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