Caso Vicentito: Tribunal confirma vinculación a proceso de Roxana “N” por muerte del menor tras permanecer olvidado más de 12 horas en un carro
La defensa apeló la resolución y pidió reclasificar el caso como homicidio culposo; la Tercera Sala consideró que existen elementos suficientes para mantener la acusación por homicidio por comisión por omisión con dolo eventual.

Mexicali, B.C–El Tribunal Superior de Justicia de Baja California confirmó la resolución que mantiene vinculada a proceso a Roxana “N”, madre del pequeño Vicente, quien murió por un golpe de calor después de permanecer durante horas dentro de una camioneta en Mexicali.
La resolución corresponde al Toca Penal 0617/2026 y fue emitida el 7 de agosto de 2026 por la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, integrada por los magistrados María Dolores Moreno Romero, Leonor Garza Chávez y Salvador Avelar Armendáriz.

La defensa de Roxana “N” había apelado la determinación del juez de Control que la vinculó a proceso por homicidio por comisión por omisión con dolo eventual. El recurso buscaba que los hechos fueran considerados como un delito culposo, bajo el argumento de que la muerte de Vicente ocurrió como consecuencia de un olvido involuntario y no de una conducta en la que la imputada hubiera previsto y aceptado el riesgo.
Un caso que conmocionó al país
Vicente, de tres años, murió el 2 de mayo, después de permanecer más de 12 horas dentro de la camioneta estacionada en el fraccionamiento La Rioja.
De acuerdo con lo establecido durante el proceso, el menor falleció a consecuencia de un golpe de calor, en medio de las altas temperaturas registradas en Mexicali.
La defensa ha sostenido que Roxana no se percató de que el niño permanecía dentro del vehículo. La cobertura previa del caso también ha documentado que su defensa busca reclasificar la acusación de dolosa a culposa.
Defensa planteó el “síndrome del bebé olvidado”
Uno de los principales argumentos de la defensa durante la apelación fue que el caso debía analizarse bajo la hipótesis del denominado “síndrome del bebé olvidado”, concepto utilizado para describir situaciones en las que un padre o cuidador olvida accidentalmente a un menor dentro de un vehículo.
La defensa sostuvo que Roxana habría sufrido un fallo involuntario de memoria, por lo que no habría tenido presente que Vicente permanecía dentro de la camioneta.
A partir de ello, planteó que no existió representación del riesgo ni aceptación del posible resultado, elementos que considera necesarios para sostener la existencia de dolo eventual.
Para respaldar esta teoría fueron incorporados dictámenes y opiniones de especialistas, además de información sobre factores psicológicos y emocionales que, según la defensa, pudieron influir en la conducta de Roxana.
Entre ellos se mencionaron estrés, depresión y un contexto de violencia familiar. La existencia de esta línea de defensa ya había sido documentada durante las primeras audiencias del caso.
La defensa también argumentó que el juez de Control había descartado esta posibilidad a partir de apreciaciones y estereotipos relacionados con la maternidad, por lo que pidió que el tribunal analizara el caso bajo perspectiva de género y tomando en cuenta el interés superior de la niñez.
Mensajes y actividad en redes fueron parte del análisis
Otro de los elementos considerados durante el proceso fueron los mensajes de WhatsApp y la actividad de Roxana en redes sociales durante la madrugada de los hechos.
De acuerdo con los argumentos expuestos en el recurso, la defensa consideró que esa actividad era compatible con su versión de que no tenía presente que Vicente permanecía en la camioneta.
Incluso sostuvo que una persona consciente de que su hijo se encontraba encerrado en un vehículo bajo temperaturas extremas difícilmente habría mantenido una actividad cotidiana en redes.
Sin embargo, desde la perspectiva de la acusación y de la resolución impugnada, esos registros fueron utilizados como elementos para cuestionar la versión de la imputada sobre lo ocurrido durante la madrugada.
El juzgador consideró relevante que existiera actividad en redes y WhatsApp hasta varias horas después de que Roxana llegó a su domicilio.
También fueron valorados mensajes enviados previamente al padre del menor que contenían expresiones de carácter amenazante. Estos fueron considerados indicios contextuales dentro del conjunto de datos analizados por el juzgador.
Tribunal mantiene el dolo eventual
A pesar de los argumentos de la defensa, el Tribunal de Alzada determinó confirmar la vinculación a proceso al considerar que, en esta etapa preliminar, los datos presentados por la Fiscalía resultan suficientes para sostener la probable existencia del delito bajo la clasificación de homicidio por comisión por omisión con dolo eventual.
Entre los elementos considerados se encuentran declaraciones de familiares que, según la resolución, señalaron que Roxana habría visto al menor dormido al llegar a su domicilio y que incluso habría realizado acciones relacionadas con su cuidado, como encender el boiler para bañarlo.
Estos elementos fueron considerados por el tribunal al analizar si existían indicios suficientes para sostener que la imputada tuvo conocimiento de la situación y del riesgo, frente a la explicación de la defensa de que se trató de un olvido involuntario.
La resolución, sin embargo, no constituye una sentencia definitiva ni determina la culpabilidad de Roxana “N”. La vinculación a proceso únicamente permite que el procedimiento penal continúe y que durante las siguientes etapas se desahoguen las pruebas de las partes.
Confirma resolución apelada
Enrique Acosta Fregoso, asesor jurídico del padre de Vicente, manifestó su satisfacción por la decisión de la Tercera Sala y señaló que él y su equipo cumplieron con el encargo de acompañar al padre del menor durante el proceso.

El caso provocó una fuerte reacción social desde la muerte de Vicente y derivó en movilizaciones para exigir justicia.
La defensa de Roxana, por su parte, ha mantenido como eje de su estrategia que la muerte ocurrió como consecuencia de un olvido involuntario y que la acusación debería ser reclasificada como un delito culposo.
Con la resolución del Toca Penal 0617/2026, la vinculación a proceso queda firme en esta etapa y el procedimiento penal contra Roxana “N” continuará bajo la acusación de homicidio por comisión por omisión con dolo eventual.
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