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¿Sabes cuánto te pueden multar por poner una alberca en la calle? DSPM lo explica

La Capital de Baja California permite el uso temporal de la vía pública, pero requiere permiso del Ayuntamiento previo; además, derramar el agua de una alberca en la calle puede representar una sanción de hasta 200 UMAS

¿Sabes cuánto te pueden multar por poner una alberca en la calle? DSPM lo explica
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Con las altas temperaturas que se registran durante el verano en Mexicali, colocar una alberca en la calle puede parecer una opción para refrescarse, especialmente entre niñas y niños; sin embargo, utilizar la vía pública para este tipo de actividades sin autorización puede terminar en una multa y, en algunos casos, hasta en un conflicto entre vecinos.

De acuerdo con los lineamientos municipales, las banquetas y calles no pueden utilizarse libremente como una extensión de las viviendas, por lo que la instalación de albercas, brincolinas o estructuras similares requiere cumplir con una serie de requisitos para evitar afectar el tránsito peatonal y vehicular.

Quienes pretendan ocupar temporalmente una vialidad deben solicitar un permiso ante la Dirección de Administración Urbana.

Entre los requisitos se encuentra contar con autorización para el cierre parcial de la calle, implementar medidas de seguridad, retirar la estructura en un periodo no mayor a dos o tres horas y que los vecinos de alrededor estén de acuerdo.

La restricción busca principalmente evitar que los peatones tengan que bajar de la banqueta para rodear una alberca u otro objeto y caminar por el arroyo vehicular, situación que puede incrementar el riesgo de accidentes.

Vaciar la alberca también puede salir caro

Uno de los puntos que más puede afectar al bolsillo es el manejo del agua.

El derrame de agua en la vía pública puede generar una multa de entre 10 y 200 UMAS, equivalente a mil 173.10 pesos y hasta 23 mil 462 pesos, respectivamente, tomando como referencia una UMA de 117.31 pesos.

Además, este tipo de sanción no cuenta con descuento, de acuerdo con la información proporcionada por la autoridad municipal.

En el caso específico de la obstrucción de vialidades, las multas van de 10 a 40 UMAS, es decir, de mil 173.10 a 4 mil 692.40 pesos.

El monto depende de factores como la intención de la persona, si existe disposición para retirar el objeto al momento de la inspección y si se trata de una reincidencia, ya que quienes vuelvan a cometer la misma falta pueden recibir una sanción mayor.

¿Cómo denunciar una alberca que obstruye la calle?

Los reportes deben realizarse al 911 y mientras la situación está ocurriendo, ya que para aplicar una infracción el oficial de la Unidad Ecológica debe acudir y constatar directamente la obstrucción.

Fotografías y videos enviados por vecinos pueden servir como referencia para ubicar el problema, pero no sustituyen la constatación de los hechos por parte del agente.

La Unidad Ecológica ha atendido durante este año más de 15 mil 894 incidentes y ha generado más de 8 mil 600 infracciones, de acuerdo con la información municipal.

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