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Veinticinco estados demandaron a Donald Trump por aranceles de hasta 12.5% a 60 socios comerciales, incluido México, al sostener que la Casa Blanca excedió su autoridad bajo la Sección 301

El litigio busca detener los nuevos gravámenes, declararlos ilegales y recuperar los pagos realizados por los estados; mientras el tribunal resuelve, el arancel de 10% aplicado a productos mexicanos continúa vigente

Veinticinco estados demandaron a Donald Trump por aranceles de hasta 12.5% a 60 socios comerciales, incluido México, al sostener que la Casa Blanca excedió su autoridad bajo la Sección 301

Una coalición de 25 estados de EEUU presentó este lunes 3 de agosto una demanda contra la administración del presidente Donald Trump por los aranceles de 10% y 12.5% aplicados a productos provenientes de 60 socios comerciales, entre ellos México.

El recurso fue presentado ante el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos, con sede en Nueva York. Los demandantes sostienen que el gobierno federal excedió las facultades previstas en la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 y utilizó el combate al trabajo forzoso como fundamento para restablecer una política arancelaria previamente rechazada por tribunales.

La información fue publicada originalmente por Reforma, con base en CNBC, y fue contrastada con la demanda judicial, los documentos de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos y reportes de Reuters y Associated Press.

¿Qué impugnan los 25 estados?

La demanda cuestiona los gravámenes que entraron en vigor el 24 de julio sobre importaciones procedentes de 59 países y la Unión Europea, economías que representan en conjunto alrededor de 99.4% de las importaciones estadounidenses, según los estados demandantes.

Las tasas establecidas por la administración de Trump son:

  • 10% para determinadas economías que cuentan con prohibiciones totales o parciales contra productos vinculados con trabajo forzoso.
  • 10% o 12.5% para ciertos productos de la Unión Europea, Japón, Corea del Sur, Taiwán y Suiza.
  • 12.5% para el resto de las economías investigadas, con algunas exclusiones por producto.

Los estados sostienen que los aranceles fueron establecidos mediante investigaciones aceleradas y sin demostrar una relación suficiente entre las prácticas atribuidas a cada país y la tasa aplicada a sus exportaciones.

México quedó sujeto a un arancel de 10%

La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos, conocida como USTR, incluyó a México entre las economías sujetas a una tasa de 10%.

En ese mismo grupo aparecen Argentina, Canadá, India, Reino Unido, Guatemala, Honduras, El Salvador, Ecuador, Indonesia, Malasia y otros socios comerciales. La autoridad estadounidense justificó esa tasa al señalar que estas economías cuentan con prohibiciones, compromisos o mecanismos parciales relacionados con la importación de mercancías producidas mediante trabajo forzoso.

La presentación de la demanda no suspende automáticamente el cobro. Los gravámenes seguirán vigentes mientras el tribunal no emita una orden provisional o una resolución que detenga su aplicación.

Esto significa que, por ahora, las importaciones mexicanas comprendidas por la medida continúan sujetas a la tasa correspondiente, salvo los productos expresamente excluidos por la USTR.

¿Qué argumentaron los estados en la demanda?

La coalición afirmó que la Sección 301 permite responder a prácticas comerciales específicas consideradas injustificables, irrazonables o discriminatorias, pero no concede una autorización general para establecer aranceles globales sin una justificación individualizada.

De acuerdo con la demanda, las investigaciones sobre las 60 economías fueron concluidas en aproximadamente dos meses y medio, mientras que procesos anteriores bajo la misma disposición legal llegaron a prolongarse durante ocho meses o un año.

Los estados también alegaron que la administración no explicó por qué países con leyes, mecanismos de control y políticas diferentes recibieron tasas prácticamente uniformes.

La denuncia sostiene que no existe una relación racional suficiente entre el problema identificado en las cadenas internacionales de suministro y la imposición de gravámenes generales sobre la mayoría de los productos importados.

¿Qué respondió la administración de Trump?

La Casa Blanca defendió la legalidad de los aranceles y sostuvo que la falta de prohibiciones efectivas contra bienes producidos con trabajo forzoso representa una práctica que afecta al comercio y a los trabajadores estadounidenses.

El portavoz Kush Desai declaró que la Sección 301 constituye una herramienta legal utilizada durante décadas y que sus medidas han superado impugnaciones judiciales anteriores.

Por su parte, la USTR afirmó que realizó dos rondas de audiencias públicas, recibió más de 2 mil 100 comentarios y mantuvo consultas con más de 45 gobiernos antes de adoptar la medida.

La dependencia también informó que posteriormente recibió más de mil 600 opiniones sobre las acciones propuestas y escuchó a más de 100 participantes durante audiencias celebradas entre el 7 y el 9 de julio.

La controversia judicial se concentrará en determinar si ese procedimiento cumplió con las exigencias de la ley y si las tasas impuestas fueron diseñadas para corregir las prácticas investigadas.

¿Qué es la Sección 301?

La Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 permite a Estados Unidos investigar actos, políticas o prácticas de otros países que puedan restringir o afectar su comercio.

Cuando la USTR determina que existe una práctica injustificable, irrazonable o discriminatoria, puede recomendar o aplicar medidas comerciales, incluidos aranceles, siempre que cumpla con los procedimientos establecidos y vincule la respuesta con la conducta investigada.

Trump utilizó esta disposición durante su primer mandato para aplicar gravámenes a productos chinos. Aquellas medidas enfrentaron impugnaciones, pero la autoridad presidencial bajo la Sección 301 ha sido considerada jurídicamente más sólida que otros fundamentos utilizados recientemente.

Por ello, la nueva demanda no se limita a discutir si el presidente puede recurrir a esa ley, sino si la administración respetó sus límites, realizó investigaciones suficientes y justificó cada medida.

Los aranceles anteriores fueron rechazados por tribunales

Durante su segundo mandato, Trump utilizó inicialmente la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional, conocida como IEEPA, para imponer gravámenes amplios bajo el argumento de que el déficit comercial constituía una emergencia nacional.

La Corte Suprema determinó el 20 de febrero de 2026 que esa legislación no autorizaba al presidente a imponer aranceles de manera unilateral. Posteriormente, la administración recurrió a la Sección 122 de la Ley de Comercio para aplicar temporalmente una tasa global de 10%.

El Tribunal de Comercio Internacional también declaró ilegales esos gravámenes temporales. Sin embargo, permanecieron vigentes durante la apelación y expiraron el 24 de julio, cuando comenzaron a aplicarse los nuevos aranceles bajo la Sección 301.

Los estados argumentan que esta secuencia demuestra que la administración ha intentado mantener una política comercial similar mediante distintas bases legales. El gobierno federal rechaza esa interpretación y sostiene que el nuevo esquema deriva de investigaciones específicas sobre trabajo forzoso.

¿Qué solicita la coalición al tribunal?

La demanda pide al Tribunal de Comercio Internacional que:

  • Declare ilegal y deje sin efectos la acción arancelaria.
  • Suspenda su aplicación mientras avanza el proceso judicial.
  • Impida provisional y permanentemente que las autoridades federales continúen cobrando los gravámenes.
  • Ordene reembolsar a los estados demandantes los aranceles que hayan pagado.
  • Reconozca que la administración excedió las facultades concedidas por la Sección 301.

Los estados participantes son Oregon, Arizona, California, Colorado, Connecticut, Delaware, Hawái, Illinois, Kentucky, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Nevada, Nueva Jersey, Nuevo México, Nueva York, Carolina del Norte, Pensilvania, Rhode Island, Vermont, Virginia, Washington y Wisconsin.

¿Qué sigue en el proceso judicial?

El tribunal deberá determinar primero si concede una medida que suspenda temporalmente los aranceles mientras analiza el fondo del caso.

Después evaluará si la investigación de la USTR cumplió con los requisitos administrativos, si existió una justificación individual para cada economía y si los gravámenes pueden contribuir a corregir la práctica comercial señalada.

Hasta que exista una orden judicial en sentido contrario, las tasas de 10% y 12.5% continúan vigentes. La presentación de la demanda abre un nuevo proceso legal, pero no constituye por sí misma una resolución contra la administración de Donald Trump.

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