Edición México
Suscríbete
Ed. México

El Imparcial / México / Senado de la República

Aprueban reforma que sancionará a quien fomente terapias de reconversión sexual

Con 69 votos a favor, en el Senado se aprobó la enmienda que sancionará a quien practique, imparta o fomente a las terapias de reorientación sexual.

Aprueban reforma que sancionará a quien fomente terapias de reconversión sexual

MÉXICO.- El pleno del Senado, por mayoría de votos, logró aprobar una reforma que prohibe y sanciona hasta con 12 años de prisión a todas aquellas personas que realicen o fomenten a otros individuos a tomar terapias de reorientación sexual, mejor conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig).

La reforma recibió 69 votos a favor por parte de los partidos de Morena, PRI, Movimiento Ciudadano, PRD y Encuentro Social y Grupo Plural, además de dos sufragios en contra y otros 16 en abstención por parte de senadores del PAN.

La recién aprobada enmienda tiene como objetivo castigar con prisión, con duración de dos a seis años, a quien imparta, realice, obligue, aplique o financíe cualquier tipo de terapia, tratamiento, práctica o servicio que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.


La reforma que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis; señala que se incrementará la pena al doble, es decir 12 años, cuando las conductas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.


Además, se aplicará la pena de amonestación o apercibimiento a consideración del juez cuando sean el padre, madre o tutor de la víctima quienes incurran en las conductas sancionadas.


Se suspenderá del ejercicio profesional de uno a tres años a las personas profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas, quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.


En caso de reincidencia se impondrá la prohibición definitiva del ejercicio profesional correspondiente, con la cancelación del registro de la cédula profesional.


La senadora del PRI, Claudia Anaya Mota, presentó una reserva, que fue rechazada por la mayoría, para aclarar el tema de las penas a los padres, porque la redacción que se avaló podría derivar en sanciones de cárcel hasta por 18 años a los padres de los menores que sean llevados a terapias de reconversión sexual.


Terapias generadoras de tortura, daños físicos y mentales


En tribuna, la senadora por Morena, Ana Lilia Rivera, subrayó que esta reforma es una reivindicación de la orientación sexual como derecho humano de las personas en el país y destacó que diversos tratamientos que se realizan con violencia y medicaciones que supuestamente buscan reorientar la sexualidad de las personas, han generado problemas de salud física y mental de las víctimas.


Elvia Marcela Mora Arellano, de Encuentro Social, dijo que las llamadas terapias son usadas como acciones de tortura y de maltrato de las personas y expuso que en el Senado, donde se analiza este tema desde el 2018, se escucharon todas las voces y posturas.


El senador del PAN, Damián Zepeda, dijo que con esta reforma ningún psicólogo o médico se va a animar a dar una consulta u opinión en el tema de la sexualidad de las personas por temor a ir a la cárcel.


Víctor Fuentes, senador del PAN, dijo que esta reforma a la Ley General de Salud, no fue dictaminada por la Comisión de Salud, lo cual es cuestionable legalmente, sumado a que los cambios limitan la libertad de tomar terapias y la profesionalización de las personas que estudian carreras en psiquiatría y psicología.


José Alfredo Botello Montes, senador del PAN, dijo que esta reforma es violatoria de los derechos de las personas a buscar ayuda o apoyo de instituciones o profesionales de la salud psiquiátrico, dado que se deja sin atención a pedófilos y atacantes sexuales.

Al argumentar en contra, dijo que la reforma no atiende el problema de fondo, al dejar fuera los recursos para establecer terapias, establecimientos y consideraciones presupuestales para capacitación de personal psiquiátrico.

Se pronunció por atender con claridad que la multa y el uso de restricciones de libertad de las personas, se debe atender con mayor precisión y atención a los problemas sociales.


El dictamen que estuvo congelado por más de 4 años y que fue turnado a la Cámara de Diputados, adiciona un Capítulo IX denominado Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas al Título Octavo, en el que se reforma el artículo 209 Ter y se adiciona el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.


Te puede interesar: Padres de jóvenes intoxicados en Chiapas presentan denuncia ante Fiscalía

Sigue nuestro canal de WhatsApp

Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí

Temas relacionados