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Aborto: Qué es la objeción de conciencia, que la SCJN ha invalidado

La objeción de conciencia se produce precisamente cuando entra en conflicto la convicción moral de una persona y un deber jurídico.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en la Ley General de Salud (LGS) la objeción de conciencia.

Por ello los ministros retomarán el tema este martes para establecer qué lineamientos deben incluir los legisladores federales y enviarán un exhorto al Congreso de la Unión para que corrija la ley.

¿Qué es la objeción de conciencia?

La objeción de conciencia es un derecho. Se refiere al rechazo del individuo hacia una conducta que le está siendo exigida por ley, por razones que cree deben inspirar su conducta, sean morales, éticas, religiosas o filosóficas.

Es muy común en los doctores cuando por ley deben practicar un aborto, pero por motivos personales se niegan a hacerlo.

La objeción de conciencia se produce precisamente cuando entra en conflicto la convicción moral de una persona y un deber jurídico.

Existen al respecto diversas definiciones, no obstante, el departamento Jurídico de la Universidad Autónoma de México (UNAM) propone el siguiente:

"La objeción de conciencia se define como la negativa de una persona de cumplir con un mandato jurídico, al considerarlo incompatible con sus convicciones fundamentales".

El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, advirtió que la objeción de conciencia es comúnmente utilizada por personal médico para no practicar abortos, lo que puede ser utilizado como una herramienta para impedir a las mujeres ejercer su derecho a decidir, mismo que fue reconocido por la Corte hace dos semanas.

El proyecto de resolución fue realizado por el ministro Luis María Aguilar Morales, quien propuso avalar la objeción de conciencia tal como está en la LGS y establecer una interpretación en la sentencia que dicte el Máximo Tribunal para que sea considerada por el sector salud y los jueces y tribunales, según sea el caso.

Sin embargo, este lunes, el ministro Zaldívar insistió en que dejar la LGS tal como está puede implicar un riesgo en perjuicio de las mujeres.

“Reconocer la validez de este precepto en la forma amplia como está en la ley, establecer una objeción de conciencia que no tiene más límites que los casos de urgencia y riesgo de la vida es dar un cheque en blanco para que se nieguen los servicios de salud, particularmente tratándose del aborto, en contravención de otros derechos humanos que la constitución reconoce”, enfatizó el ministro.

Por ello, propuso votar el asunto para invalidar el artículo 10 BIS de la LGS y establecer diversos lineamientos para exhortar al Congreso de la Unión a corregir la ley, incluir la figura de objeción de conciencia pero con límites claros.

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