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El Código Penal es claro: la pena máxima por envenenamiento de perros supera los 2 años de cárcel y miles de pesos en multas en CDMX

El caso de Parque España reabre la atención sobre las sanciones por crueldad contra animales.

El Código Penal es claro: la pena máxima por envenenamiento de perros supera los 2 años de cárcel y miles de pesos en multas en CDMX

El envenenamiento de perros en la Ciudad de México puede castigarse con hasta seis años de prisión y multas de 140 mil 772 pesos, de acuerdo con el artículo 350 Ter del Código Penal local, cuando los actos de maltrato o crueldad provocan la muerte de un animal.

Estas disposición cobra relevancia tras el caso registrado en el Parque España, en la colonia Condesa, alcaldía Cuauhtémoc, donde cuatro perros resultaron afectados por cebos con metomilo, un insecticida altamente tóxico.

La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) informó sobre la identificación de esta sustancia, mientras que la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) reportó este 30 de octubre la detención de un hombre de 58 años señalado como posible responsable. Dos de los perros fallecieron.

¿Cuántos años de cárcel se pueden imponer por envenenar perros en CDMX?

El Código Penal para el Distrito Federal, aplicable en la Ciudad de México, establece sanciones por actos de maltrato o crueldad contra animales no humanos. La pena depende de las consecuencias que provoque la conducta.

El artículo 350 Bis contempla de uno a tres años de prisión y de 300 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) cuando una persona realiza dolosamente actos de crueldad que ocasionan lesiones, daños o alteraciones en la salud de un animal.

Por su parte, el artículo 350 Ter establece penas de dos a seis años de prisión cuando los actos dolosos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal.

En este último supuesto, la sanción económica también aumenta y puede alcanzar mil 200 UMA.

¿Cuánto se paga de multa por envenenar y matar a un perro?

El monto de las multas se calcula con base en la UMA vigente, cuyo valor diario para 2026 es de 117.31 pesos, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Con esa referencia, las sanciones económicas previstas en los artículos 350 Bis y 350 Ter se traducen en los siguientes montos:

  • Causar lesiones o daños a la salud: entre 1 a 3 años de prisión; multa de entre $35,193 a $58,655.
  • Provocar la muerte del animal: entre 2 a 6 años; multa de entre $70,386 a $140,772.

Las cantidades corresponden a los rangos establecidos en la legislación, sin considerar posibles incrementos por circunstancias agravantes.

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¿Cuándo aumenta la pena por maltrato o crueldad animal?

El Código Penal de la Ciudad de México contempla circunstancias en las que las sanciones pueden incrementarse.

En el caso de las lesiones, el artículo 350 Bis permite aumentar las penas hasta en dos terceras partes cuando:

  • Se pone en peligro la vida del animal.
  • Se provoca un daño temporal o permanente que impide la movilidad de alguna parte de su cuerpo.
  • Se afecta el funcionamiento normal de alguno de sus órganos.
  • Se realiza una mutilación con fines distintos a los procedimientos médicos veterinarios relacionados con su salud y bienestar.

Cuando los actos de crueldad provocan la muerte, el artículo 350 Ter también establece un incremento de hasta dos terceras partes si se utilizan métodos que causan sufrimiento grave antes del fallecimiento.

La propia disposición considera métodos de sufrimiento grave aquellos que provocan una muerte no inmediata y prolongan la agonía del animal.

Por ello, la aplicación de una sanción mayor en un caso de envenenamiento dependerá de las pruebas y de la acreditación de las circunstancias previstas en la ley.

¿Qué ocurrió con los perros envenenados en el Parque España de la Condesa?

El caso comenzó la mañana del martes 27 de octubre de 2026, cuando elementos de la SSC atendieron un reporte del número de emergencias 911 relacionado con varios perros que recibían atención médica en una clínica veterinaria de la calle Pachuca, en la colonia Condesa.

Los animales habían presentado malestares después de pasear por el Parque España. Durante una inspección, los policías localizaron un trozo de salchicha con una píldora azul, que podría estar relacionado con los hechos.

Dos días después, el jueves 29 de octubre, la FGJCDMX informó que sus investigaciones identificaron metomilo en los cebos relacionados con el envenenamiento.

Hasta esa fecha, las autoridades habían localizado 14 trozos de carne con cápsulas que contenían esta sustancia.

El caso se investiga por el delito de maltrato o crueldad contra animales no humanos, mientras continúan las indagatorias para esclarecer las muertes.

¿Quién fue detenido por el envenenamiento de perros en la Condesa?

El viernes 30 de octubre, la SSC informó sobre la detención de un hombre de 58 años en inmediaciones de las calles Atlixco y Juan Escutia, en la alcaldía Cuauhtémoc.

De acuerdo con la dependencia, los trabajos de identificación incluyeron el análisis de cámaras de videovigilancia del Centro de Comando y Control (C2), con el que localizaron a una persona que coincidía con las características físicas del posible responsable de dejar los cebos.

Durante una revisión preventiva, el hombre comenzó a insultar y agredir físicamente a los policías, por lo que fue detenido.

La SSC informó que el individuo fue puesto a disposición del agente del Ministerio Público, quien determinará su situación jurídica y dará seguimiento a la carpeta de investigación.

La dependencia también señaló que, durante las indagatorias, tuvo conocimiento de que uno de los hijos del detenido habría sido atacado por un perro en la zona. Este antecedente forma parte de las líneas de investigación, pero no constituye por sí mismo una determinación sobre el motivo de los hechos.

¿Qué sigue en la investigación por maltrato animal en CDMX?

La Fiscalía capitalina deberá continuar con la integración de la carpeta de investigación y reunir los elementos necesarios para determinar la posible responsabilidad penal del detenido.

La detención no equivale a una sentencia. La responsabilidad penal deberá acreditarse ante la autoridad judicial y las sanciones se determinarán conforme a las pruebas y circunstancias que se establezcan durante el procedimiento.

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