Bancos, aseguradoras y comercios podrían recibir multas de hasta 2.4 millones de pesos por insistir con llamadas publicitarias después de que los consumidores hayan rechazado recibirlas, tras una reforma aprobada por unanimidad en el Senado que ahora deberá revisar la Cámara de Diputados
La modificación a la Ley Federal de Protección al Consumidor busca obligar a las empresas a respetar la negativa de quienes no quieran recibir publicidad comercial por teléfono u otros medios

Las empresas que continúen contactando a consumidores con fines comerciales o publicitarios después de que estos hayan expresado que no desean recibir esas comunicaciones podrían enfrentar multas de hasta 2.4 millones de pesos.
Según información publicada por La Jornada, el Senado aprobó por unanimidad, con 96 votos a favor y ninguno en contra, modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor para reforzar las medidas contra el acoso telefónico comercial.
La reforma plantea sanciones que parten de 56 mil 570 pesos y pueden llegar a alrededor de 2.4 millones, dependiendo de la infracción. El objetivo es que la negativa de una persona a recibir publicidad tenga consecuencias reales para las empresas que decidan ignorarla.
La propuesta todavía no entra en vigor. Después de su aprobación en el Senado, la minuta fue enviada a la Cámara de Diputados, donde deberá continuar el proceso legislativo.
¿A qué empresas afectaría la medida?
Las nuevas disposiciones están dirigidas a los proveedores que realizan llamadas o envían publicidad de manera reiterada y persistente sin autorización expresa del consumidor.
Esto incluye, entre otros sectores, a bancos, aseguradoras y empresas que ofrecen productos o servicios por teléfono.
El problema aparece cuando una persona ya manifestó que no desea recibir determinada publicidad, pero las llamadas continúan. La reforma busca que esa decisión sea respetada y que las compañías no puedan mantener una estrategia de contacto insistente pese a la negativa.
Durante la discusión en el Senado, la legisladora Mayuli Latifa Martínez señaló que la finalidad de la propuesta es fortalecer la privacidad de los consumidores y evitar que tengan que rechazar repetidamente ofertas comerciales.
La iniciativa también contempla que las empresas no puedan deslindarse de responsabilidad simplemente porque la publicidad fue enviada o la llamada fue realizada mediante un tercero.
¿Qué cambiaría para los consumidores?
Uno de los puntos centrales es reforzar el derecho de las personas a manifestar que no desean recibir publicidad.
La legislación ya contempla mecanismos relacionados con la negativa a recibir comunicaciones comerciales, pero la reforma busca aumentar las consecuencias para los proveedores que incumplan esa decisión.
De aprobarse también en la Cámara de Diputados y completarse el proceso legislativo correspondiente, las empresas tendrían que tomar mayores precauciones para evitar que sus campañas lleguen de manera reiterada a personas que ya rechazaron ese tipo de contacto.
La intención es que el consumidor no tenga que repetir constantemente que no está interesado en una tarjeta de crédito, un préstamo, un seguro u otro producto.
México recibe millones de llamadas no deseadas
La exposición de motivos citada en el dictamen retoma estimaciones de Truecaller sobre la cantidad de llamadas no deseadas que reciben los usuarios en México.
El documento señala un promedio estimado de entre 20 y 25 llamadas spam por usuario al mes, lo que coloca al país entre los mercados con mayor presencia de este tipo de comunicaciones.
Más allá de la molestia que representan, el volumen de llamadas también plantea un problema de seguridad. La saturación de comunicaciones no solicitadas puede dificultar que las personas distingan entre una campaña comercial legítima y un intento de fraude.
Por ello, la discusión sobre el acoso telefónico no se limita al derecho de una persona a tener tranquilidad, sino que también involucra el manejo de sus datos y la forma en que terceros pueden utilizarlos para establecer contacto.
Las empresas también tendrían responsabilidad cuando usan terceros
Otro cambio relevante está relacionado con el manejo de la información de los consumidores.
La reforma establece que los proveedores beneficiados por la publicidad serán corresponsables respecto del tratamiento de los datos de los consumidores, incluso cuando la comunicación sea realizada por un tercero.
Con ello se busca evitar que una empresa pueda argumentar que no tiene responsabilidad porque contrató a otra compañía para realizar las llamadas o distribuir la publicidad.
La medida pretende cerrar ese espacio de responsabilidad y hacer que las empresas que se benefician de una campaña también respondan por el cumplimiento de las reglas de protección al consumidor.
¿Ya se puede exigir la multa?
No todavía. La aprobación del Senado no significa que las nuevas sanciones hayan entrado en vigor.
La minuta fue turnada a la Cámara de Diputados, por lo que aún debe continuar su trámite legislativo. Solo después de que concluya el proceso correspondiente y, en su caso, se publique la reforma en el Diario Oficial de la Federación, las nuevas disposiciones podrán aplicarse conforme a los términos establecidos.
Por ahora, el punto central de la propuesta es establecer un mecanismo de mayor protección para quienes rechazan recibir publicidad y aumentar el costo para las empresas que insistan en contactar a los consumidores sin respetar esa decisión.
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