Cómo presentar una queja ante Profeco: requisitos, plazos y qué puedes reclamar
Conoce qué puedes reclamar ante Profeco, qué documentos necesitas y cuáles son las vías disponibles para iniciar una queja; revisa también los casos en que la Procuraduría no es competente y qué soluciones pueden derivarse del procedimiento.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) establece qué problemas pueden reclamarse contra un proveedor, los documentos necesarios y las vías para presentar una queja. Consulta la guía oficial de Profeco y revisa el procedimiento antes de iniciar tu reclamación.
Una queja es una reclamación contra un proveedor cuando no respeta los precios, cantidades, plazos, términos, entregas, condiciones, modalidades, características, garantías, intereses u otros compromisos adquiridos en una operación comercial.
La información oficial consultada fue publicada por Profeco el 30 de julio de 2026. Las vías disponibles incluyen atención presencial, herramientas digitales y opciones para personas consumidoras que viven en el extranjero.
¿Cómo presentar una queja ante Profeco?
Profeco contempla distintas vías, dependiendo del proveedor y de la situación:
- Presencial: acudir a la Oficina de Defensa del Consumidor (ODECO) correspondiente.
- En línea: utilizar Concilianet cuando el proveedor se encuentre registrado.
- Conciliaexprés: buscar una conciliación inmediata con proveedores participantes.
- Desde el extranjero: utilizar el mecanismo de Concilia desde el extranjero.
- Asesoría: escribir a asesoria@profeco.gob.mx.
Para el procedimiento conciliatorio, el trámite oficial corresponde a la homoclave PROFECO-00-006. El formato asociado es FF-PROFECO-2025-002, vigente dentro del esquema administrativo actualizado en 2026.
¿Qué requisitos pide Profeco para presentar una queja?
De acuerdo con la información oficial publicada el 30 de julio de 2026, estos son los documentos que deben considerarse:
- Formato de solicitud FF-PROFECO-2025-002.
- Documentación que acredite la relación de consumo entre la persona consumidora y el proveedor.
- Identificación oficial: INE, pasaporte vigente o CURP biométrica, para las modalidades presencial o desde el extranjero.
- Documento que acredite la personalidad legal con la que se ostenta la persona solicitante.

Entre los documentos que pueden acreditar la relación de consumo se encuentran comprobantes de compra, facturas, contratos u otros elementos relacionados con la operación. El trámite oficial señala que debe presentarse la documentación con la que cuente la persona consumidora para respaldar los hechos reclamados.
¿Qué plazo tengo para presentar una queja ante Profeco?
Una página de orientación de Profeco publicada anteriormente señala que existe un plazo de un año para iniciar un proceso formal, pero esa referencia no sustituye la verificación del plazo aplicable al caso concreto, debido a que pueden existir diferencias según el tipo de operación, bien o servicio reclamado.
Por ello, antes de publicar un plazo como regla general, debe verificarse la disposición aplicable al producto o servicio específico y, en su caso, consultarse directamente con Profeco.
¿Cuándo Profeco no puede atender una queja?
La Procuraduría señala que no es competente cuando el problema deriva de:
- Una relación o contrato de trabajo.
- Servicios profesionales que no sean de carácter mercantil.
- Servicios prestados por sociedades de información crediticia.
- Servicios financieros regulados por las leyes financieras y sujetos a la supervisión de las autoridades correspondientes, casos en los que puede intervenir la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
¿Qué puede obtener el consumidor si la queja procede?
Si la queja es procedente, comienza un procedimiento conciliatorio. Un conciliador de Profeco interviene para buscar un acuerdo entre la persona consumidora y el proveedor.
El acuerdo puede incluir, entre otras alternativas:
- Restitución del bien o servicio.
- Devolución del monto pagado.
- Pago de una bonificación al consumidor.
Profeco aclara que, dentro del procedimiento conciliatorio, no tiene facultades para obligar al proveedor a aceptar todo lo reclamado. Si no se logra un acuerdo, existen herramientas legales alternativas, entre ellas el arbitraje y el dictamen.
Cierre informativo: canales oficiales de Profeco
Para orientación o presentación de una queja, Profeco mantiene los siguientes canales:
- Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722, para Ciudad de México y área metropolitana.
- Teléfono del Consumidor: 800 468 8722, para el resto de la República Mexicana.
- Correo: asesoria@profeco.gob.mx.
- Concilianet: plataforma para conciliar en línea con proveedores participantes.
- ODECO: oficinas de Defensa del Consumidor distribuidas en el país.
El horario publicado por Profeco para el Teléfono del Consumidor es de 9:00 a 19:00 horas de lunes a viernes y de 10:00 a 18:00 horas los fines de semana y días festivos.
La información sobre Concilianet y los proveedores participantes puede consultarse en la plataforma oficial de Profeco.
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