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Tras el fallecimiento de tu pareja, el IMSS permite solicitar la Pensión por Viudez IMSS: requisitos y documentos a presentar

Si su pareja falleció y estaba asegurada o pensionada ante el IMSS, conocer los requisitos puede ayudarle a identificar si tiene derecho a esta prestación y preparar los documentos necesarios antes de acudir a la institución.

Tras el fallecimiento de tu pareja, el IMSS permite solicitar la Pensión por Viudez IMSS: requisitos y documentos a presentar

La Pensión por Viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una prestación económica prevista para la persona cónyuge, concubina o concubinario de una persona asegurada o pensionada fallecida. El trámite depende del régimen y las condiciones del aseguramiento, por lo que es necesario acreditar el vínculo y presentar documentación específica.

De acuerdo con el trámite oficial del IMSS para la Solicitud de Pensión de Viudez, la prestación puede derivar de los seguros de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Por ello, antes de iniciar el procedimiento es necesario revisar las condiciones específicas del caso.

Uno de los puntos que debe comprobarse es la situación de aseguramiento de la persona fallecida, además del matrimonio o concubinato. El IMSS también establece qué documentos deben presentar quienes solicitan la pensión y contempla reglas diferentes cuando el fallecimiento ocurrió por un riesgo de trabajo.

Las semanas exigidas para una pensión del IMSS dependen del régimen aplicable: en 2026, la referencia es de 500 para Ley 73 y 875 para Ley 97.

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¿Qué es la Pensión por Viudez del IMSS?

La Pensión por Viudez es una prestación económica que puede otorgar el IMSS a la persona esposa o esposo de una persona asegurada o pensionada fallecida.

A falta de cónyuge, puede corresponder a la concubina o concubinario, siempre que se acrediten las condiciones establecidas por el Instituto.

La prestación está relacionada con los siguientes seguros:

  • Riesgos de Trabajo.
  • Invalidez.
  • Retiro.
  • Cesantía en Edad Avanzada.
  • Vejez.

¿Cuántas semanas de cotización se necesitan para solicitarla?

Cuando el fallecimiento no deriva de un riesgo de trabajo, el IMSS establece como requisito general que la persona asegurada haya cotizado:

  • 150 semanas al momento del fallecimiento.
  • Además, debe encontrarse vigente en sus derechos o dentro de la conservación de derechos correspondiente.

Existe una consideración distinta cuando la muerte fue consecuencia de un riesgo de trabajo.

¿Qué ocurre si la persona falleció por un riesgo de trabajo?

En ese supuesto, el IMSS señala que no se requiere el periodo previo de cotización de 150 semanas. Para acreditar el fallecimiento derivado del riesgo de trabajo se requiere:

  • Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos Institucionales.

¿Qué requisitos debe cumplir la esposa o el esposo?

La persona que estuvo casada con el asegurado o pensionado debe acreditar el matrimonio mediante la documentación establecida por el IMSS.

Entre los requisitos se encuentran:

  • Acreditar el vínculo matrimonial.
  • Presentar una copia certificada del acta de matrimonio.
  • El acta debe cumplir con las condiciones de expedición establecidas por el Instituto.
  • Presentar la documentación personal requerida.
  • Proporcionar una cuenta bancaria a nombre de quien tiene derecho a recibir la pensión.

¿Qué requisitos existen si la pareja vivía en concubinato?

El IMSS contempla reglas específicas para acreditar el concubinato. La persona solicitante debe demostrar, según corresponda:

  • Haber convivido con la persona fallecida durante los cinco años anteriores a su muerte.
  • O haber procreado o adoptado hijos en común dentro del periodo establecido.
  • Acreditar que ambos permanecieron libres de matrimonio durante el concubinato, conforme a las condiciones aplicables.
  • Presentar la documentación que permita acreditar la relación ante el Instituto.

En estos casos, la documentación puede incluir una resolución judicial o las actas correspondientes de nacimiento o adopción de hijos en común, de acuerdo con el supuesto.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar la Pensión por Viudez?

El expediente debe integrar documentos de la persona fallecida y de quien solicita la prestación.

Documentos de la persona fallecida

  • Acta de defunción.
  • Acta de nacimiento, adopción o reconocimiento, según corresponda.
  • Estado de cuenta de la AFORE, impresión obtenida de la página de Internet de la administradora o contrato firmado con la AFORE, cuando aplique.
  • Dictamen ST-3, si el fallecimiento fue consecuencia de un riesgo de trabajo.

Documentos de la persona beneficiaria

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 90 días.
  • Acta de nacimiento.
  • Documento que acredite el matrimonio o concubinato.
  • Documento bancario que identifique la cuenta y la CLABE a nombre de la persona con derecho a la pensión.

¿Dónde se tramita la Pensión por Viudez?

El trámite se realiza en las ventanillas de Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda al domicilio de la persona solicitante.

El IMSS señala el siguiente horario para la atención:

  • Lunes a viernes.
  • De 8:00 a 15:00 horas.

En la Ciudad de México y el Estado de México también existen disposiciones específicas para realizar el trámite en las subdelegaciones correspondientes.

Los pensionados que viven en territorio nacional ya no están obligados a acudir periódicamente a una ventanilla del IMSS para demostrar que siguen con vida y conservar el pago de su pensión. | Foto: Imagen Generada con IA

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¿Se puede realizar el trámite mediante un representante?

Sí. El IMSS contempla la posibilidad de que el procedimiento sea realizado mediante un apoderado o representante legal, de acuerdo con las condiciones establecidas para cada caso.

La cuenta bancaria destinada al pago debe cumplir con los requisitos establecidos por el Instituto y, de manera general, estar a nombre de la persona que tiene derecho a recibir la pensión.

¿Qué se debe revisar antes de acudir al IMSS?

Para preparar el expediente, es conveniente verificar:

  • Que la persona fallecida cumpla con las semanas de cotización requeridas, cuando corresponda.
  • Que se pueda acreditar el matrimonio o concubinato.
  • Que las actas presentadas cumplan con las características solicitadas por el IMSS.
  • Que la identificación oficial esté vigente.
  • Que el comprobante de domicilio se encuentre dentro del periodo permitido.
  • Que la cuenta bancaria y la CLABE correspondan a la persona beneficiaria.
  • Que exista el dictamen ST-3 cuando el fallecimiento haya sido consecuencia de un riesgo de trabajo.

La información sobre requisitos, documentos y procedimiento debe consultarse directamente en el IMSS, ya que las condiciones pueden variar según la situación de la persona asegurada o pensionada fallecida.

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