Registro de celular con CURP en septiembre: líneas terminadas en 2 y 3 tienen estas fechas límite para evitar la suspensión
Las líneas móviles que terminan en 2 tienen como fecha límite el 15 de septiembre, mientras que las terminadas en 3 deberán quedar vinculadas antes del 30 de septiembre. La medida aplica principalmente a líneas de prepago y forma parte del calendario escalonado que la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones estableció para 2026.
El registro de líneas telefónicas móviles con CURP continúa en septiembre con la segunda etapa de vencimientos. De acuerdo con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) y el calendario publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los números que terminan en 2 deben vincularse a más tardar el 15 de septiembre de 2026, mientras que los que terminan en 3 tienen como fecha límite el 30 de septiembre.
La medida busca que las líneas móviles estén asociadas con una persona identificada y, de acuerdo con la propia CRT, reducir el uso de números anónimos en delitos como fraude, extorsión y secuestro virtual. El proceso se realiza directamente con las compañías telefónicas y puede hacerse de manera presencial o mediante sus plataformas digitales.
La obligación no significa que todas las personas con teléfono tengan que realizar nuevamente un registro. Las líneas de pospago que ya fueron identificadas al momento de contratar el servicio no requieren un trámite adicional, mientras que las líneas de prepago son las que deben revisarse.
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¿A quién le toca registrar su celular en septiembre?
El calendario depende exclusivamente del último dígito del número telefónico.
Durante septiembre corresponden dos fechas:
- Terminación 2: 15 de septiembre de 2026.
- Terminación 3: 30 de septiembre de 2026.
Por ejemplo, si su número termina en 2 y todavía no aparece como vinculado, el plazo vence el 15 de septiembre. Si termina en 3, tiene hasta el 30 de septiembre.
No es necesario esperar hasta la fecha límite. Si su número corresponde a una terminación cuyo plazo todavía no vence, puede realizar el proceso desde ahora.
¿Qué pasa después de la fecha límite?
La fecha marcada en el calendario no significa que el teléfono dejará de funcionar de manera inmediata.
La modificación publicada por la CRT establece que las líneas que permanezcan sin vincular podrán ser deshabilitadas dentro de las 72 horas posteriores a la fecha límite correspondiente.
Antes del vencimiento, las compañías deben enviar avisos mediante SMS. La notificación debe realizarse dos veces por semana mientras la línea continúe sin vincular y, durante los siete días previos al vencimiento, debe enviarse diariamente.
Una vez deshabilitada la línea, el usuario conservará acceso a servicios como llamadas de emergencia, atención ciudadana y comunicación con su compañía telefónica.
La suspensión puede revertirse. La CRT señala que, una vez realizado el proceso de vinculación, los servicios pueden ser reactivados y no es necesario contar con saldo para realizar el trámite de recuperación.
¿Qué líneas tienen que registrarse?
Aquí existe una precisión importante frente a algunas versiones que han circulado sobre el programa.
La propia CRT señala en su portal de atención que el registro corresponde a líneas de recarga o prepago, mientras que las líneas de pospago ya se encuentran asociadas al titular desde la contratación del plan.
La interpretación fue confirmada por la Comisión en mayo de 2026. En ese documento, la autoridad explicó que las líneas de pospago contratadas previamente ya se consideran asociadas porque el titular fue identificado durante la contratación. Por ello, no debe realizarse un segundo registro únicamente por tratarse de una línea móvil de pospago.
En el caso de personas físicas, la vinculación utiliza la CURP. Para personas morales se utiliza el RFC y la razón social correspondiente. Los lineamientos también contemplan mecanismos específicos para personas extranjeras.
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¿Cuál es el calendario completo para registrar el celular?
La CRT estableció un calendario escalonado para evitar que todas las líneas tuvieran que realizar el proceso en una sola fecha.
| 0 | 15 de agosto de 2026 |
| 1 | 31 de agosto de 2026 |
| 2 | 15 de septiembre de 2026 |
| 3 | 30 de septiembre de 2026 |
| 4 | 15 de octubre de 2026 |
| 5 | 31 de octubre de 2026 |
| 6 | 15 de noviembre de 2026 |
| 7 | 30 de noviembre de 2026 |
| 8 | 15 de diciembre de 2026 |
| 9 | 31 de diciembre de 2026 |
Estas fechas son las establecidas en la modificación de los lineamientos publicada por el DOF y coinciden con el calendario que actualmente muestra el portal oficial Registra tu línea de la CRT.
Por ello, una versión que señale que la terminación 8 tiene dos posibles fechas en diciembre debe actualizarse: el plazo oficial para esa terminación es el 15 de diciembre de 2026.
¿Por qué se implementó el registro de celulares?
El esquema actual surgió después de que México intentó implementar anteriormente un registro nacional de usuarios de telefonía móvil.
En abril de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), que contemplaba la incorporación de datos biométricos. El nuevo esquema fue diseñado bajo reglas diferentes.
Los lineamientos publicados el 9 de diciembre de 2025 establecieron los procedimientos para asociar las líneas telefónicas con sus titulares. La regulación deriva de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión publicada en julio de 2025.
La CRT señala que el objetivo es identificar las líneas y reducir los espacios para el uso de teléfonos anónimos en delitos como fraude, extorsión y secuestro virtual.
¿La CRT guarda mi huella o mis datos biométricos?
No.
Este es uno de los puntos que más dudas ha generado.
Los lineamientos establecen que las plataformas de gestión de las compañías telefónicas no deben almacenar datos biométricos, fotografías ni copias de identificaciones oficiales. La prueba de vida forma parte del proceso de validación, pero la información correspondiente no debe conservarse como una base de datos biométrica.
La CRT también explica en su portal que no se solicita huella digital, iris u otro dato biométrico. La prueba de vida se utiliza para comprobar que se trata de una persona real y la información se desecha antes de concluir la vinculación.
La información necesaria para mantener la vinculación, como nombre, CURP o RFC, número telefónico y datos relacionados con la validación de identidad, queda bajo responsabilidad de los proveedores del servicio.
¿Cómo registrar una línea celular?
El trámite puede realizarse en línea o de manera presencial.
Opción 1: registro en línea
La CRT cuenta con el portal oficial Registra tu línea, donde puede consultar el proceso y seleccionar la plataforma de su compañía telefónica.
El proceso contempla la selección del operador, la identificación de la línea y la validación de identidad. Los lineamientos permiten que la vinculación se realice de manera remota mediante las plataformas de gestión de los proveedores.
Opción 2: acudir a una sucursal
También puede acudir al centro de atención a clientes de su compañía telefónica con una identificación oficial vigente. La empresa debe proporcionar asistencia para realizar la vinculación.
Importante: utilice únicamente los sitios oficiales de su compañía o el portal de la CRT. No proporcione fotografías de su identificación, CURP o información personal a páginas que lleguen mediante mensajes sospechosos o enlaces no verificados.
¿Qué documentos se necesitan?
Para una persona física, el proceso requiere la identificación correspondiente y la validación de la CURP.
La CRT indica que para realizar el trámite basta con contar con una identificación vigente, mientras que el proceso digital contempla mecanismos de validación de identidad y prueba de vida.
Si la línea pertenece a una persona moral, el procedimiento es distinto y se utiliza la documentación correspondiente a la empresa y su representante legal.
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¿Cuántas líneas puedo registrar?
La CRT establece que una persona física puede registrar hasta 10 líneas a su nombre. La autoridad también señala que pueden registrarse líneas utilizadas por familiares, como hijos menores de edad, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para la vinculación. Para las empresas no existe ese mismo límite.
¿Qué ocurre si ya suspendieron mi línea?
Todavía puede recuperarla.
La suspensión no implica que el número sea eliminado de manera inmediata. La CRT señala que una línea deshabilitada puede volver a habilitarse cuando el titular realiza la vinculación correspondiente.
Para hacerlo, debe ingresar a la plataforma de su compañía y completar el proceso de identificación. Una vez realizada la vinculación, los servicios se reactivan.
¿Dónde consultar el registro oficial?
La CRT habilitó el portal Registra tu línea, donde puede consultar el calendario, conocer la fecha correspondiente a su número y comenzar el procedimiento con su compañía telefónica.
Registra tu línea — portal oficial de la CRT
Si su número termina en 2, septiembre es el mes que debe tener presente: la fecha límite es el 15 de septiembre de 2026. Si termina en 3, el plazo vence el 30 de septiembre. Revisar la situación con anticipación permite evitar una suspensión y realizar el procedimiento sin esperar a que termine el plazo.
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