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Meritorio del Poder Judicial de CDMX demanda a juez tras 16 años de trabajo sin contrato ni prestaciones

Jorge Antonio López Vizcaya afirma que durante 16 años trabajó para un juez familiar de la Ciudad de México sin contrato, seguridad social ni una plaza formal; tras ser separado del cargo en 2023, inició un litigio que permanece sin sentencia. El caso expone la situación de los llamados “meritorios”, una figura que no está regulada formalmente dentro del Poder Judicial capitalino.

Meritorio del Poder Judicial de CDMX demanda a juez tras 16 años de trabajo sin contrato ni prestaciones

Durante 16 años, Jorge Antonio López Vizcaya trabajó como meritorio para un juez familiar de la Ciudad de México, sin un contrato laboral con el Poder Judicial capitalino y sin prestaciones.

En 2023, después de que el juzgador prescindiera de sus servicios, decidió emprender una batalla legal para reclamar el reconocimiento y pago de diversas prestaciones por el tiempo que colaboró con él.

El caso comenzó con una demanda presentada en noviembre de 2023 contra Rogelio Hernández Pérez, titular del Juzgado Décimo Quinto de lo Familiar de la Ciudad de México, quien, según el relato de López Vizcaya a Proceso, lo invitó en 2007 a trabajar directamente con él mientras estudiaba Derecho en la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

El litigio ha pasado por dos instancias laborales. Primero, un tribunal capitalino determinó que el asunto debía ser conocido por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) y no por esa instancia del Poder Judicial local. Posteriormente, la Primera Sala del TFCA admitió la demanda, pero cambió al demandado y tuvo como responsable al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), pese a que López Vizcaya había señalado directamente al juez.

Hasta ahora, no existe una sentencia definitiva.

¿Qué es un “meritorio” y por qué el caso genera controversia?

La figura de “meritorio” se utiliza dentro de algunos juzgados para referirse a personas, con frecuencia estudiantes o recién egresados de Derecho, que acuden a aprender el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y realizan distintas tareas de apoyo.

El problema es que, de acuerdo con la información del caso, esta figura no está formalmente regulada ni existe una autorización expresa para que personas ajenas a la plantilla institucional intervengan en la gestión de expedientes.

En la práctica, estas personas pueden permanecer durante largos periodos bajo este esquema mientras esperan conseguir una plaza dentro del Poder Judicial.

Según el relato de López Vizcaya, su situación se prolongó durante 16 años. Durante ese tiempo tuvo contacto con expedientes, litigantes y usuarios, además de realizar tareas que iban mucho más allá de la observación o aprendizaje.

El caso plantea así una cuestión central: ¿qué ocurre cuando una persona que formalmente no pertenece a una institución termina realizando durante años funciones similares a las de su personal?

¿Cuánto tiempo trabajó López Vizcaya con el juez?

López Vizcaya comenzó a colaborar con Hernández Pérez en 2007, cuando estudiaba Derecho.

Según explicó a Proceso, el juez le ofreció la posibilidad de aprender directamente el funcionamiento de los juzgados y le hizo saber que eventualmente podría obtener una plaza dentro del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

La plaza, sin embargo, nunca llegó.

“Desgraciadamente jamás me dio un contrato, siempre le peleé eso, bueno, le sugería que me lo diera, pero nunca pasó”, relató.

Durante los años que permaneció con el juzgador, su ingreso mensual fue aumentando hasta llegar a 10 mil pesos, pero, según su testimonio, nunca recibió un contrato laboral ni las prestaciones asociadas a una relación formal de trabajo.

¿Qué funciones realizaba dentro del juzgado?

López Vizcaya sostiene que con el paso de los años dejó de desempeñar únicamente labores de aprendizaje y terminó realizando diversas actividades relacionadas directamente con el funcionamiento del juzgado.

Entre las tareas que describió se encuentran:

  • Elaboración de oficios, cédulas y exhortos.
  • Lectura y análisis de expedientes.
  • Elaboración de resúmenes.
  • Preparación de proyectos de acuerdos.
  • Corrección de documentos por instrucciones del juez.
  • Elaboración de informes y contestaciones de quejas.
  • Apoyo en asuntos de archivo y apelaciones.
  • Captura de información durante audiencias.
  • Transmisión de instrucciones al personal del juzgado.
  • Atención y orientación a litigantes y usuarios.

“En las audiencias hacía la captura de las mismas”, recordó.

El demandante también afirmó que llegó a funcionar como una especie de enlace entre el juez y otros trabajadores del juzgado.

“Él me decía que les transmitiera sus órdenes y ellos pues me veían así, como el responsable del manejo del personal”, señaló.

¿Qué ocurrió durante la pandemia de covid-19?

López Vizcaya afirmó que durante la emergencia sanitaria por covid-19 también realizó actividades de atención al público.

Según su testimonio, durante ese periodo el entonces presidente del Tribunal, Rafael Guerra, ordenó que cada juzgado enviara a una persona para apoyar a litigantes y usuarios en el edificio Clementina Gil de Lester, relacionado con los juzgados familiares.

López Vizcaya aseguró que, ante la falta de trabajadores disponibles, fue enviado a realizar esas tareas.

“Como nadie de los trabajadores quiso ir, tuve que ir yo a apoyar en esas cuestiones”, afirmó.

De acuerdo con su relato, esa labor se sumó a las funciones que ya realizaba como asistente del juez.

¿Por qué fue despedido?

El demandante sostiene que su salida ocurrió en 2023, después de un conflicto con una trabajadora del juzgado.

Según su versión, la empleada se molestó porque él se negó a realizar una tarea que correspondía a ella. El conflicto habría terminado influyendo en la decisión del juez de prescindir de sus servicios.

López Vizcaya afirma que solicitó una carta de recomendación al juzgador, pero que éste le advirtió que no sería favorable.

“Le pedí una carta de recomendación y me dijo que me la daría pero que no sería favorable”, relató.

El demandante sostiene que no recibió una explicación que justificara la terminación de su relación con el juzgado después de 16 años.

¿Por qué demandó al juez y no al Tribunal Superior de Justicia?

Este punto es fundamental para entender el recorrido del litigio.

López Vizcaya sabía que no había sido contratado formalmente por el TSJCDMX, por lo que decidió dirigir su demanda contra el juez Rogelio Hernández Pérez, quien, según su versión, fue quien lo invitó a colaborar y quien le pagaba directamente.

Sin embargo, el Sexto Tribunal Laboral de Asuntos Individuales de la Ciudad de México determinó que no podía conocer del asunto.

En abril de 2024, la secretaria instructora “B”, Maura Lizeth Aguilar Quezada, sostuvo que las relaciones laborales del personal del Tribunal Superior de Justicia se regían por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y que esa instancia local no podía intervenir porque forma parte del mismo Poder Judicial.

El acuerdo señaló que el órgano competente era el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Integrantes del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación participan en una sesión dentro del recinto del máximo tribunal, en la Ciudad de México. | Banco digital GH

¿Qué hizo el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje?

El expediente llegó en junio de 2024 a la Primera Sala del TFCA, entonces presidida por el magistrado Rufino H. León Tovar.

La Sala pidió a López Vizcaya que ajustara su demanda y proporcionara el domicilio del TSJCDMX.

El demandante respondió que su demanda había sido presentada contra el juez Rogelio Hernández Pérez, no contra el Tribunal Superior de Justicia.

A pesar de ello, la Primera Sala admitió el asunto y tuvo como demandado al Tribunal Superior de Justicia.

En un acuerdo del 3 de septiembre de 2024, la Sala indicó que se admitía la demanda contra el titular del Tribunal Superior de Justicia y explicó que, conforme al artículo 2 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, las relaciones laborales se entienden establecidas entre los titulares de las dependencias y los trabajadores a su servicio.

Por esa razón, sostuvo que no era posible considerar como demandado a la persona física señalada originalmente por López Vizcaya.

¿Qué reclama López Vizcaya en su demanda?

El exmeritorio reclama diversas prestaciones derivadas de los 16 años que afirma haber trabajado para el juez.

Entre ellas se encuentran:

  • Indemnización equivalente a tres meses de su último salario.
  • Salarios caídos, hasta por 12 meses.
  • Intereses.
  • Prima de antigüedad correspondiente a 16 años.
  • Prima vacacional.
  • Pago de cuotas obrero-patronales correspondientes al periodo reclamado.
  • Otras prestaciones laborales.

Su último ingreso mensual, según la demanda, era de 10 mil pesos.

El monto final que podría corresponderle, en caso de que alguna autoridad reconozca sus pretensiones, dependerá de lo que determine el tribunal y de las prestaciones que eventualmente sean acreditadas.

¿El TSJCDMX reconoce que López Vizcaya fue su trabajador?

No.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México respondió a la demanda rechazando que hubiera existido una relación laboral con López Vizcaya.

Esto constituye uno de los principales puntos de controversia del litigio: mientras el demandante sostiene que durante 16 años realizó labores dentro de un juzgado bajo las instrucciones del titular, el Tribunal niega que haya existido una relación laboral institucional.

Por su parte, el juez Hernández Pérez fue señalado directamente en la demanda inicial.

¿Ya existe una sentencia sobre el caso?

No.

El expediente fue enviado desde el año pasado a los proyectistas encargados de elaborar una propuesta de sentencia para la Primera Sala del TFCA.

Sin embargo, hasta ahora no se ha emitido el fallo.

La explicación proporcionada para la demora es la creciente carga de trabajo que enfrenta la Primera Sala.

Por ello, todavía no existe una resolución que determine si López Vizcaya tenía derecho a las prestaciones que reclama ni quién sería responsable de cubrirlas.

¿Qué revela este caso sobre los meritorios en los juzgados?

El caso pone bajo escrutinio una práctica que, según el relato de López Vizcaya, puede permitir que personas sin una plaza formal permanezcan durante años dentro de los órganos jurisdiccionales y realicen tareas vinculadas con la administración de justicia.

La falta de una relación laboral formal también genera interrogantes sobre responsabilidad, supervisión y acceso a prestaciones.

Una persona que no forma parte oficialmente de la plantilla puede, por ejemplo, tener contacto con expedientes, usuarios y litigantes sin estar sujeta necesariamente al mismo régimen de responsabilidades que el personal contratado.

López Vizcaya sostiene que, durante los años que colaboró con el juez, llegó a asumir responsabilidades que rebasaban las de un estudiante que únicamente buscaba adquirir experiencia.

El litigio deberá determinar, entre otros aspectos, si las funciones efectivamente realizadas pueden generar algún tipo de derecho laboral y quién sería jurídicamente responsable de esas obligaciones.

¿Qué sigue para el juicio?

El siguiente paso es que la Primera Sala del TFCA emita su resolución.

El Tribunal Superior de Justicia ya negó la existencia de una relación laboral y el expediente se encuentra en etapa de elaboración del proyecto de sentencia.

Mientras no exista un fallo, no puede afirmarse que López Vizcaya haya obtenido el reconocimiento de una relación laboral ni que el TSJCDMX deba pagarle las prestaciones que reclama.

Proceso consultó al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México sobre el caso, pero hasta el momento de la publicación de su información la institución no había emitido una respuesta adicional.

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