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Sheinbaum defiende defensores de audiencias y códigos de ética: “Eso ya está en la ley”

La presidenta Claudia Sheinbaum aseguró que la consulta pública en materia de derechos de las audiencias no busca eliminar la figura del defensor de audiencias ni los códigos de ética, sino establecer los lineamientos para aplicar las disposiciones previstas en la legislación.

Sheinbaum defiende defensores de audiencias y códigos de ética: “Eso ya está en la ley”
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La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que la obligación de contar con un defensor de audiencias y un código de ética por parte de los medios de comunicación no forma parte de los aspectos que estén sujetos a negociación dentro de la consulta pública actualmente en curso.

Según explicó durante una conferencia, ambos elementos ya están contemplados en la legislación, por lo que el proceso actual tiene como objetivo definir los lineamientos para hacer efectivo el derecho de las audiencias.

La discusión involucra a medios de radiodifusión y televisión, a sus audiencias y a las autoridades encargadas de establecer las reglas correspondientes. Sheinbaum sostuvo que los lineamientos pueden perfeccionarse mediante la consulta, pero deben mantenerse dentro del marco establecido por la ley.

¿Qué dijo Claudia Sheinbaum sobre los defensores de audiencias?

La presidenta señaló que la existencia de un defensor de audiencias ya está prevista en la legislación.

“En la ley ya viene el código de ética y el derecho de las audiencias a tener un defensor de audiencias en cada empresa televisora o de radiodifusión. Eso ya está en la ley”.

Con esta figura, las audiencias cuentan con un mecanismo para presentar observaciones, inconformidades o planteamientos relacionados con los contenidos y con el respeto de sus derechos.

Sheinbaum sostuvo que este punto no forma parte de una discusión abierta para decidir si debe existir o no, sino de la aplicación de una disposición que ya fue aprobada.

¿Qué se está discutiendo entonces?

De acuerdo con la explicación de la presidenta, la consulta pública está enfocada en los lineamientos que permitirán aplicar las disposiciones legales sobre los derechos de las audiencias.

Estos lineamientos pueden establecer aspectos relacionados con la forma en que deben operar los mecanismos previstos en la legislación.

La diferencia es importante:

  • La ley: establece los derechos y obligaciones que deben respetarse.
  • Los lineamientos: desarrollan la manera en que esas disposiciones deben cumplirse.
  • La consulta pública: permite recibir opiniones y propuestas antes de definir los criterios correspondientes.

Por ello, Sheinbaum afirmó que el proceso debe desarrollarse dentro del marco de lo que ya fue aprobado.

¿Qué es un defensor de audiencias?

El defensor de audiencias es una figura encargada de atender los planteamientos de quienes consumen los contenidos de un medio de comunicación.

Su función está relacionada con el derecho de las audiencias y con los mecanismos mediante los cuales pueden presentar observaciones sobre contenidos que consideren contrarios a las disposiciones aplicables o al código de ética del medio.

La figura busca establecer un canal entre el medio y su audiencia para recibir y procesar este tipo de planteamientos.

Su existencia no significa que el defensor pueda decidir qué contenidos debe transmitir un medio. Su función está vinculada con la atención de los derechos de las audiencias conforme al marco jurídico correspondiente.

¿Qué papel tiene el código de ética?

El código de ética establece principios y criterios que deben observarse en los contenidos y en la relación del medio con sus audiencias.

Sheinbaum sostuvo que la obligación de contar con este instrumento también está contemplada en la legislación.

La existencia de un código de ética permite que las audiencias conozcan los principios bajo los cuales opera un medio y tengan un referente para formular observaciones cuando consideren que alguno de esos principios no fue respetado.

Cuauhtémoc, Ciudad de México. 5 de agosto 2026. La presidenta constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo en conferencia de prensa matutina en el salón de la Tesorería de Palacio Nacional. | Foto: Juan Carlos Ramos Mamahua/Presidencia

¿La CIRT estuvo de acuerdo con estas disposiciones?

Sheinbaum afirmó que la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) estuvo de acuerdo con el contenido aprobado en el proceso legislativo al que hizo referencia.

“Incluso la Cámara estuvo de acuerdo con lo que se aprobó”.

La presidenta señaló que hubo discusiones durante el proceso legislativo y sostuvo que la organización empresarial conoció y respaldó el contenido de la legislación aprobada.

Esta afirmación corresponde a la postura expresada por la presidenta durante su conferencia y debe distinguirse de cualquier posición posterior que pudiera adoptar la industria durante la consulta pública.

¿Qué sigue después de la consulta pública?

El siguiente paso será definir los lineamientos para la aplicación de los derechos de las audiencias, tomando en cuenta las opiniones recibidas durante el proceso de consulta.

La presidenta indicó que estos criterios pueden perfeccionarse, pero insistió en que deberán mantenerse dentro del marco de la legislación vigente.

En otras palabras, la discusión actual no parte de cero: existe un marco legal que reconoce determinados derechos y obligaciones, mientras que el proceso de consulta busca establecer cómo deben aplicarse en la práctica.

¿Qué deben saber las audiencias?

Para quienes consumen radio y televisión, el punto central es que los derechos de las audiencias cuentan con un marco legal y que los mecanismos para hacerlos valer deben desarrollarse mediante reglas específicas.

Entre los elementos señalados por Sheinbaum se encuentran:

  • El derecho de las audiencias a contar con mecanismos de atención.
  • La figura del defensor de audiencias.
  • La existencia de un código de ética.
  • La elaboración de lineamientos para aplicar estas disposiciones.
  • La participación de distintos sectores mediante una consulta pública.

La discusión continuará alrededor de la forma en que estas obligaciones deben aplicarse. Mientras tanto, la posición expresada por Sheinbaum es que la existencia del defensor de audiencias y del código de ética no está sujeta a eliminación mediante la consulta, porque ambos elementos ya están contemplados en la ley.

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