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Esta común planta decorativa puede costarte hasta 5.8 millones de pesos si no puedes comprobar su procedencia legal

La pata de elefante está protegida por la legislación ambiental mexicana; conservarla no es ilegal por sí mismo, pero su propietario debe demostrar que fue adquirida mediante canales autorizados

Esta común planta decorativa puede costarte hasta 5.8 millones de pesos si no puedes comprobar su procedencia legal

Una planta colocada durante años en la sala, la entrada o el jardín puede generar dudas legales si su propietario desconoce de dónde proviene. Ese es el caso de la pata de elefante, nombre común de especies del género Beaucarnea, apreciadas por su tronco ensanchado y su uso ornamental.

La información fue publicada originalmente por El Heraldo de México. Sin embargo, la legislación vigente permite precisar que la multa no se impone automáticamente por tener la planta exhibida en una vivienda. La posible infracción surge cuando la persona no acredita la procedencia legal del ejemplar o incumple las reglas establecidas para su manejo.

La Ley General de Vida Silvestre considera una infracción poseer ejemplares fuera de su hábitat natural sin medios para demostrar que fueron obtenidos legalmente. Esa conducta puede sancionarse con una multa de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización.

¿Qué planta puede generar una multa millonaria?

La planta señalada es la conocida como pata de elefante. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente identifica a Beaucarnea recurvata como una especie ornamental incluida en la NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de amenazada.

Su protección responde, entre otros factores, a la extracción y comercialización ilegal de semillas, plantas jóvenes y ejemplares adultos. Algunas especies del mismo género presentan categorías de riesgo diferentes, por lo que la identificación exacta puede ser relevante durante una inspección.

La regulación no significa que todas las patas de elefante deban retirarse de los hogares ni que su comercio esté completamente prohibido. Los ejemplares vendidos mediante mecanismos autorizados pueden conservarse legalmente si existe documentación que permita comprobar su origen.

¿Es ilegal tener una pata de elefante en casa?

No. Tener una pata de elefante en casa no constituye por sí mismo una infracción. El punto central es demostrar que el ejemplar no fue extraído ilegalmente de su ambiente natural ni adquirido mediante un comercio irregular.

El artículo 51 de la Ley General de Vida Silvestre establece que la procedencia legal de ejemplares fuera de su hábitat puede demostrarse mediante una marca autorizada, una nota de remisión o la factura correspondiente.

La documentación debe relacionar la planta con un aprovechamiento permitido. La ley menciona datos como el número de autorización, el predio de procedencia, la especie o género, la tasa autorizada y el nombre del titular.

Por ello, un recibo que únicamente diga “planta ornamental” podría resultar insuficiente si no permite identificar el ejemplar y su origen. La autoridad debe revisar la documentación dentro del procedimiento correspondiente.

¿De cuánto es la multa en 2026?

El artículo 122, fracción X, considera una infracción poseer ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat sin medios para demostrar su procedencia legal o en contra de las disposiciones para su manejo.

Para esa conducta, el artículo 127 establece un rango de 50 a 50 mil UMA. En 2026, el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización es de 117.31 pesos y está vigente desde el 1 de febrero.

Con esa referencia, las cantidades equivalen a:

  • Multa mínima: 5 mil 865.50 pesos.
  • Multa máxima: 5 millones 865 mil 500 pesos.

Los montos resultan de multiplicar el valor diario de la UMA de 2026 por el rango establecido en la Ley General de Vida Silvestre.

El máximo de 5.8 millones de pesos no se aplica de forma automática a cualquier persona que no encuentre una factura. La autoridad debe valorar las condiciones del caso, iniciar un procedimiento y permitir que el presunto infractor presente pruebas y argumentos.

La legislación contempla otras medidas administrativas, entre ellas la amonestación, la multa, el aseguramiento o decomiso del ejemplar y, cuando corresponda, la clausura de instalaciones. En casos de reincidencia, el monto puede alcanzar hasta el doble de la sanción originalmente impuesta.

¿Qué documentos debes conservar?

Cuando una persona compra una pata de elefante en un vivero o establecimiento autorizado, debe solicitar una factura o nota de remisión y conservarla durante toda la vida de la planta.

También conviene guardar etiquetas, marcas, certificados o cualquier documento entregado por el vendedor. La información debe permitir identificar la especie o, cuando menos, el género al que pertenece, así como relacionarla con una autorización de aprovechamiento.

Antes de pagar, el comprador puede preguntar si el negocio acredita la procedencia legal de sus ejemplares y qué comprobante entregará. Comprar sin documentación puede dejar al consumidor sin herramientas para explicar el origen de la planta años después.

La Profepa ha documentado aseguramientos precautorios de patas de elefante en viveros y establecimientos que no pudieron demostrar su procedencia legal. En distintos operativos, la autoridad ha retirado temporalmente ejemplares mientras se revisa la documentación correspondiente.

El aseguramiento no equivale por sí solo a una multa definitiva. La resolución depende de las pruebas entregadas por el responsable y de la valoración administrativa realizada por la autoridad ambiental.

¿Qué hacer si la planta fue un regalo o una herencia?

La situación puede ser más complicada cuando la planta llegó al hogar como regalo, herencia o compra realizada hace varios años. En esos casos, es recomendable reunir cualquier comprobante disponible, como notas, etiquetas o información sobre el establecimiento de origen.

El propietario puede solicitar orientación a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales o a la Profepa. La respuesta dependerá de la especie, la antigüedad del ejemplar y las circunstancias particulares de su adquisición.

No es recomendable venderla, transportarla, abandonarla o liberarla en un entorno natural por cuenta propia. El traslado de ejemplares vivos de especies silvestres puede requerir autorización y documentación que compruebe su origen legal.

¿Puede Profepa retirar la planta?

Cuando una inspección detecta que no existen medios para acreditar la procedencia del ejemplar, la autoridad puede ordenar su aseguramiento precautorio mientras se desarrolla el procedimiento administrativo.

El propietario puede presentar documentos y argumentos para explicar cómo adquirió la planta. Después de analizar las pruebas, la autoridad puede ordenar su devolución, imponer una sanción o disponer el decomiso definitivo.

La legislación también establece que, si se ordena el decomiso, el infractor puede quedar obligado a cubrir los gastos relacionados con la protección, conservación o cuidado del ejemplar durante el procedimiento.

La clave está en demostrar el origen de la planta

La advertencia no debe interpretarse como una prohibición general contra quienes tienen una pata de elefante en casa. El riesgo legal aparece cuando no existen medios para demostrar que fue obtenida de manera autorizada.

Comprar en establecimientos formales, exigir documentos y conservarlos protege al consumidor y contribuye a reducir la extracción de ejemplares silvestres.

Una planta elegida para acompañar un hogar puede permanecer legalmente en él, pero su propietario debe conservar la documentación que permita demostrar de dónde provino y bajo qué condiciones fue comercializada.

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