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A 70 días del plazo, solo el 19% de las 158 millones de líneas móviles en México tienen CURP registrada: el 1 de julio dejarán de funcionar llamadas y datos si no vinculas tu línea

La cifra fue actualizada al pasado 19 de abril por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.

A 70 días del plazo, solo el 19% de las 158 millones de líneas móviles en México tienen CURP registrada: el 1 de julio dejarán de funcionar llamadas y datos si no vinculas tu línea

MÉXICO.- A 70 días de que venza el plazo oficial establecido por el gobierno federal, únicamente 30.2 millones de líneas telefónicas móviles han sido registradas con el nombre y la Clave Única de Registro de Población (CURP) de sus usuarios.

La cifra fue actualizada al pasado 19 de abril por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), de acuerdo con la información presentada durante la conferencia matutina del gabinete de seguridad.

El total de líneas celulares activas en México asciende a 158 millones, según los datos consolidados hasta febrero de este año.

Esto significa que apenas el 19.1% del total ha cumplido con la vinculación obligatoria.

El registro debe realizarse directamente con la compañía telefónica que provee el servicio, ya sea a través de sus canales digitales o de manera presencial en sus centros de atención.

¿Qué porcentaje de avance tiene cada compañía telefónica en el registro de líneas?

Norma Solano Rodríguez, comisionada presidenta de la CRT, detalló el avance específico de las principales operadoras en el país. Los porcentajes, aunque varían, reflejan un rezago generalizado:

  • Bait: 28% de sus líneas registradas.
  • AT&T: 29% de avance.
  • Telcel: 19% de avance.
  • Movistar: 16% de avance.

Estos datos indican que, sin importar la compañía con la que usted tenga contratado el servicio, más del 70 por ciento de los usuarios aún no ha realizado el procedimiento.

El registro de la CURP es obligatorio, pero en caso de incumplimiento la suspensión de la línea telefónica no libera de pagos

¿Cuándo es la fecha límite para registrar mi celular con la CURP?

La fecha límite es el 30 de junio de 2026, este plazo quedó establecido en los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) desde el 9 de diciembre de 2025.

Ante el bajo porcentaje de registro, la CRT anunció el inicio de una campaña masiva de difusión en todos los canales de comunicación del gobierno para exhortar a la población a realizar el trámite antes de la fecha señalada.

¿Qué pasa con mi línea si no la registro antes del 30 de junio?

La consecuencia es directa y está claramente definida por la autoridad reguladora. Si usted no registra su línea antes de la fecha límite, a partir del 1 de julio de 2026 su teléfono dejará de funcionar para tareas cotidianas.

La comisionada Solano Rodríguez especificó que las líneas no registradas quedarán en un estado de operación restringida. Únicamente podrán utilizarse para:

  • Recibir la Alerta Sísmica.
  • Realizar llamadas a los números de emergencia: 911.
  • Comunicarse a los números de denuncia: 079, 088 y 089.
  • Contactar al centro de atención a clientes de su compañía telefónica.

No podrá realizar ni recibir llamadas convencionales, enviar mensajes de texto ni utilizar datos móviles hasta que regularice su situación.

¿Puedo recuperar mi línea si no la registro a tiempo?

Sí. La norma contempla un periodo de reactivación. Si usted olvida el registro y su línea queda suspendida el 1 de julio, podrá recuperar el servicio completo realizando el registro de manera tardía.

Una vez que vincule su número con su nombre y CURP ante la compañía telefónica, la línea se rehabilitará.

¿El gobierno tendrá acceso a mis conversaciones o a mi ubicación con este registro?

La titular de la CRT fue enfática al aclarar este punto para evitar malentendidos.

El registro no se realiza ante el gobierno, se realiza única y exclusivamente ante la empresa que le provee el servicio telefónico.

“El gobierno no tendrá acceso a esa información”, aseguró Solano Rodríguez. Explicó que el objetivo es eliminar el anonimato de millones de líneas que actualmente no están asociadas a una persona física o moral.

Esta medida forma parte de una estrategia más amplia contra la extorsión telefónica y otros delitos cometidos a través de líneas móviles.

Las compañías telefónicas no solicitarán datos biométricos (huellas dactilares, iris o reconocimiento facial). El proceso se limita a validar la identidad del usuario mediante una identificación oficial vigente que contenga la CURP.

Contar con un padrón nominal de usuarios permite a las autoridades actuar con mayor precisión en investigaciones ministeriales.

La comisionada aclaró que, aunque exista este registro, las autoridades no pueden solicitar información a las empresas telefónicas de manera arbitraria.

Cualquier requerimiento de datos por parte de la Fiscalía o instancias de seguridad debe cumplir estrictamente con lo establecido en la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Es decir, solo mediante un mandamiento judicial se puede acceder a la información de un usuario específico en el marco de una carpeta de investigación.

¿Qué documentos necesito para hacer el registro?

Para completar el trámite de manera ágil, tenga a la mano lo siguiente:

  1. Identificación oficial vigente que contenga su CURP. Puede ser su INE, pasaporte o cédula profesional.
  2. Su número de línea telefónica a 10 dígitos.

El registro se puede hacer en línea desde el portal web o la aplicación móvil de su compañía (Telcel, Movistar, AT&T o Bait). Si prefiere la atención presencial, debe acudir a un Centro de Atención a Clientes con su identificación.

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