Suprema Corte va por congelar cuentas bancarias a todos aquellos que tengan operaciones relacionadas con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo sin necesidad de tener una orden judicial previa, lo que permite bloqueos inmediatos por la UIF y obliga a los usuarios a defenderse en plazos de hasta 5, 10 y 15 días
La SCJN discutirá un proyecto que considera constitucional esta facultad administrativa de la Unidad de Inteligencia Financiera; aquí te explicamos qué implica, cómo funciona el proceso y qué puedes hacer si te afecta.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf propondrá al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validar una facultad clave de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF): incluir a personas en la lista de bloqueados y congelar sus cuentas sin orden judicial previa, cuando existan indicios de operaciones relacionadas con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
La información fue dada a conocer por La Jornada, con base en el proyecto que será discutido por el máximo tribunal.
El tema es relevante porque define hasta dónde puede actuar el Estado para prevenir delitos financieros y qué garantías deben respetarse para proteger los derechos de las personas.
¿Qué ley está en discusión y qué cambia?
El proyecto analiza la reforma del 11 de marzo de 2022 al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que fue impugnada por senadores de oposición mediante una acción de inconstitucionalidad.
Los legisladores argumentaron que esta norma:
- Podría violar la presunción de inocencia
- Afectaría el debido proceso
- Generaría riesgos a la seguridad jurídica
- Invadiría facultades del Ministerio Público
Sin embargo, el proyecto propone declarar infundados estos argumentos y validar la reforma.
¿Por qué la ministra considera constitucional congelar cuentas sin orden judicial?
El punto central del proyecto es que el bloqueo de cuentas no es una sanción penal, sino una medida cautelar administrativa y preventiva.
Esto significa que:
- No busca castigar, sino evitar que continúen operaciones ilícitas
- Se aplica con base en indicios, no en una sentencia
- Tiene como objetivo proteger el sistema financiero
Además, el documento señala que la UIF no invade funciones del Ministerio Público, ya que:
- No investiga delitos
- No determina culpabilidad
- Actúa de forma preventiva ante posibles riesgos financieros
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¿Cómo funciona el proceso de congelamiento de cuentas paso a paso?
Si la propuesta se confirma, el procedimiento quedaría así:
1. Inclusión en la lista de bloqueadosLa UIF puede incluir a una persona cuando detecte indicios de vínculos con actividades ilícitas.
2. Bloqueo inmediato de cuentasLos bancos deben suspender todas las operaciones de forma inmediata.
3. Notificación al clienteLa institución financiera informa al usuario las razones del bloqueo.
4. Derecho de audiencia (5 días)El afectado tiene cinco días hábiles para solicitar audiencia ante la UIF.
5. Audiencia (10 días)La UIF debe realizarla en un plazo de diez días, donde el interesado puede presentar pruebas y argumentos.
6. Resolución (15 días)La autoridad cuenta con quince días para decidir si la persona permanece o sale de la lista.
7. Notificación final (10 días)La resolución debe notificarse en un máximo de diez días.
8. Posibilidad de impugnaciónEl afectado puede recurrir la decisión conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
¿Qué papel juegan los bancos en este proceso?
El proyecto también valida que los bancos sean quienes notifiquen inicialmente al cliente.
Esto se considera:
- Un acto de colaboración técnica
- No un ejercicio de autoridad directa
Es decir, las instituciones financieras actúan como intermediarias en la comunicación, pero no toman la decisión de bloquear cuentas.
¿Se respeta el derecho de defensa de los usuarios?
De acuerdo con el proyecto, sí.
La propuesta destaca que la norma incluye:
- Un procedimiento claro y con plazos definidos
- Etapas para presentar pruebas y alegatos
- Mecanismos de defensa e impugnación
Esto busca equilibrar la prevención de delitos financieros con el respeto a derechos fundamentales.

¿Qué significa esto para las personas y empresas?
En términos prácticos, la decisión podría:
- Mantener la facultad de la UIF para actuar rápidamente ante riesgos financieros
- Obligar a los usuarios a responder en plazos cortos si sus cuentas son bloqueadas
- Reforzar la importancia de justificar operaciones financieras ante cualquier revisión
El proyecto será discutido por el pleno de la SCJN. La decisión final dependerá de la votación de las ministras y ministros.
Si se aprueba, se consolidará el criterio de que el congelamiento de cuentas sin orden judicial previa es válido siempre que se garantice el derecho de audiencia.
Este caso forma parte de un debate más amplio sobre el equilibrio entre la seguridad financiera del país y la protección de los derechos individuales, un tema que seguirá marcando decisiones clave en el sistema jurídico mexicano.
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