La Suprema Corte falló a favor de hijo nacido durante concubinato luego de que el hombre intentará ampararse para desconocer paternidad tras prueba de ADN
El pleno rechazó un proyecto que buscaba definir si prescribió la acción para impugnar la paternidad en un caso de Chiapas; la Corte mantiene el criterio de que el vínculo biológico por sí solo no basta para desconocer la filiación.

CIUDAD DE MÉXICO.- — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó por mayoría un proyecto de sentencia que buscaba determinar si había prescrito la acción para interponer el desconocimiento de paternidad en un caso originado en Chiapas.
La discusión se centró en el amparo directo en revisión 5065/2025, presentado por la ministra María Estela Ríos González, que proponía revocar una sentencia previa y devolver el expediente a un Tribunal Colegiado para que emitiera una nueva resolución.
El caso fue analizado este miércoles en el pleno de la Corte, con base en el Código Civil de Chiapas y en criterios previos del máximo tribunal sobre el interés superior del menor y el derecho a la identidad.

¿Cuál es el origen del caso que llegó a la Corte?
Los hechos que dieron origen al litigio ocurrieron en Chiapas:
- Una pareja en concubinato tuvo un hijo en septiembre de 2018.
- El menor fue registrado por ambos como hijo.
- En octubre de 2020, el hombre recibió el resultado de una prueba genética que indicaba que no era el padre biológico.
- En abril de 2021, se presentó una demanda de desconocimiento de paternidad.
- En febrero de 2023, una sentencia ordenó al Registro Civil suprimir el nombre del hombre del acta del menor y cesar los derechos de filiación y hereditarios.

Tras varios recursos, el asunto llegó a la SCJN para revisar si la acción legal se había presentado dentro del plazo permitido.
¿Qué dice la ley sobre el plazo para desconocer la paternidad?
El caso se analizó a la luz del Artículo 326 del Código Civil de Chiapas, que establece:
- La acción para contradecir la paternidad debe presentarse dentro de 60 días contados desde el nacimiento.
Este punto fue central en la discusión del pleno, ya que la demanda se presentó casi tres años después del nacimiento y meses después de conocer el resultado genético.
¿Qué proponía el proyecto de la ministra María Estela Ríos?
El proyecto planteaba:
- Revocar la sentencia recurrida.
- Devolver el expediente al Tribunal Colegiado para nueva resolución.
- Analizar si la acción había prescrito con base en el momento en que el hombre conoció el resultado genético.
Durante la discusión, la ministra Ríos señaló que el debate se centraba en la prescripción y no en el interés superior del menor.
También afirmó que conocer el origen biológico puede tener implicaciones, incluso en materia de salud, y criticó que se partiera de una visión idealizada de las familias.
Entre sus argumentos, expresó:
Al contrario, las familias suelen ser disfuncionales porque no se asumen completamente los derechos y obligaciones; y pensar que un padre que ya sabe que no es el padre biológico debe asumir todas las consecuencias de haber sido asumido como el padre jurídico, me parece que tampoco es correcto”.
¿Qué dijeron los ministros que votaron en contra?
Durante la sesión, varios ministros y ministras argumentaron que el caso debía resolverse considerando criterios ya establecidos por la Corte.
Entre los puntos señalados:
- Yasmín Esquivel sostuvo que la ausencia de vínculo biológico no es suficiente para impugnar la paternidad, con base en criterios de la extinta Primera Sala y el interés superior del menor.
- Giovanni Figueroa indicó que el plazo desde el nacimiento es una regla que equilibra el derecho del presunto padre con la estabilidad familiar.
- El ministro presidente Hugo Aguilar señaló que resolver solo la prescripción no abordaba el problema integral y que la Corte debe mantener salvaguardas sobre la identidad del menor.
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En general, se consideró que la demanda se presentó fuera del plazo legal establecido en la legislación local.
¿Cómo votó el pleno de la SCJN?
El proyecto fue desechado por mayoría y se ordenó su returno para elaborar una nueva propuesta.
Votos en contra del proyecto:
- Sara Irene Herrerías
- Irving Espinosa
- Yasmín Esquivel
- Loretta Ortiz
- Giovanni Figueroa
- Arístides Guerrero
- Hugo Aguilar (presidente)

Votos a favor:
- María Estela Ríos
- Lenia Batres

¿Qué significa esta decisión para casos similares?
Aunque la Corte no resolvió de fondo el caso, la discusión deja varios puntos relevantes:
- El plazo legal para impugnar la paternidad sigue siendo clave.
- La ausencia de vínculo biológico no determina automáticamente el desconocimiento de filiación.
- El interés superior del menor y su identidad jurídica continúan siendo criterios centrales.
- El asunto será returnado para un nuevo proyecto que retome la discusión.
Lo que debes saber
- La SCJN no resolvió de fondo el caso, pero desechó el proyecto presentado.
- El debate se centró en el plazo legal y en el interés superior del menor.
- La Corte mantiene criterios que priorizan la estabilidad familiar y la identidad del niño.
- Se elaborará un nuevo proyecto de resolución.
El caso refleja la complejidad de los procesos de filiación en México y la necesidad de equilibrar derechos legales, biológicos y de identidad en las decisiones judiciales.
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