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La Suprema Corte refuerza derecho de identidad de género en niñas, niños y adolescentes, obligando a autoridades del Estado de México a respetar rectificaciones de actas de nacimiento sin exigir ser mayores de edad

La Suprema Corte ordena a juzgados y registros civiles cumplir con la sentencia de 2023 y garantiza procedimientos accesibles para que las personas menores puedan cambiar su sexo registrado, protegiendo sus derechos fundamentales y su desarrollo integral

La Suprema Corte refuerza derecho de identidad de género en niñas, niños y adolescentes, obligando a autoridades del Estado de México a respetar rectificaciones de actas de nacimiento sin exigir ser mayores de edad

Niñas, niños y adolescentes recuperan su derecho a la identidad de género

CIUDAD DE MÉXICO — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las autoridades del Estado de México no pueden exigir que las niñas, niños y adolescentes sean mayores de edad para levantar un nuevo acta de nacimiento que reconozca su identidad de género autopercibida.

La decisión revoca la resolución de un juzgado de distrito que había declarado improcedente la denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad derivada de la Acción de Inconstitucionalidad 124/2021, emitida en junio de 2023.

Qué ordena la SCJN

La Corte determinó que las autoridades locales deben:

  • Analizar el fondo del caso, verificando si se incumplió la sentencia que invalidó el requisito de ser mayor de edad.
  • Garantizar que las personas menores puedan solicitar la rectificación sexo-genérica en sus actas de nacimiento sin obstáculos administrativos.
  • Asegurar que los procedimientos sean accesibles y respeten el interés superior de la infancia.

El fallo subraya que las sentencias de la SCJN son de cumplimiento obligatorio y que ninguna norma declarada inconstitucional puede seguir aplicándose.

Derechos reforzados

Con esta resolución, la Corte protege:

  • Derecho a la identidad de género de menores de edad.
  • Acceso a procedimientos administrativos que permitan modificar actas de nacimiento.
  • Protección integral de la infancia y adolescencia, evitando discriminación o revictimización.

“La resolución fortalece el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir de acuerdo con su identidad autopercibida, garantizando procedimientos claros y accesibles para todos”, señalaron expertos en derechos humanos consultados por medios nacionales.

El caso será revisado por la Suprema Corte. Foto: IA

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Impacto para las familias y autoridades

El fallo obliga a los registros civiles del Estado de México a acatar la jurisprudencia y garantiza que cualquier incumplimiento pueda ser denunciado. Además:

  • Sirve como precedente nacional para otras entidades que aún exigen la mayoría de edad.
  • Protege a las familias de posibles obstáculos legales al intentar respetar la identidad de sus hijos e hijas.
  • Refuerza la obligación del Estado mexicano de cumplir tratados internacionales de derechos humanos relacionados con la infancia y la no discriminación.

Cómo actuar

Las familias interesadas pueden:

  • Acudir al registro civil correspondiente para solicitar la rectificación de acta.
  • Presentar denuncia por incumplimiento si la autoridad sigue aplicando requisitos declarados inválidos.
  • Consultar asesoría legal para asegurar que el proceso respete el derecho de los menores a la identidad de género.

Esta resolución de la SCJN marca un avance histórico en derechos humanos, al proteger la identidad de género de las personas menores de edad y garantizar que las sentencias de la Corte sean respetadas y cumplidas por todas las autoridades mexicanas.

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