SCJN confirma que México puede avanzar en energías limpias y reducir emisiones sin prohibir el carbón por ley específica, dando al Congreso libertad para decidir políticas ambientales y cumpliendo compromisos internacionales, protegiendo el futuro del país y la salud de millones de mexicanos frente al cambio climático
El Máximo Tribunal determina que, aunque no existe un mandato constitucional para eliminar el uso de carbón, el Estado debe garantizar eficiencia energética, disminución de gases de efecto invernadero y reducción de la huella de carbono mediante distintas políticas y normas

CIUDAD DE MÉXICO. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Congreso de la Unión mantiene un margen de configuración para definir cómo cumplir con los compromisos ambientales y de transición energética, sin que exista una obligación textual de prohibir el carbón mediante una ley específica. La resolución proviene del Amparo en Revisión 688/2024, resuelto en Pleno el 29 de enero de 2026, y confirma que el Estado mexicano sigue obligado a reducir emisiones y avanzar hacia energías más limpias conforme a la Constitución y a compromisos internacionales como el Acuerdo de París.
La Corte subrayó que “solo hay inconstitucionalidad cuando la Constitución ordena de forma clara y específica expedir cierta ley o regular un tema de determinado modo”, lo que no ocurre en el caso de la regulación del carbón.
Contexto y antecedentes
El caso surgió a partir de un juicio promovido por asociaciones civiles, que argumentaban la omisión legislativa del Congreso para proteger el derecho humano a un medio ambiente sano y para eliminar gradualmente el uso del carbón en la generación eléctrica.
La SCJN reconoció el interés legítimo de las organizaciones pero confirmó que no se configuró una omisión absoluta, porque:
- No existe mandato constitucional o convencional que exija una ley única para prohibir el carbón.
- El Congreso puede articular la transición energética mediante distintas normas y políticas públicas.
- Los compromisos internacionales de México, incluidos los del Acuerdo de París, orientan la mitigación de emisiones, pero no constituyen un mandato legal textual.

Implicaciones del fallo para la política energética
El criterio de la SCJN establece que el marco legal puede combinar distintas medidas para lograr la transición energética, incluyendo:
- Incentivos a energías renovables como solar, eólica e hidroeléctrica.
- Regulación gradual de plantas de carbón y otras fuentes contaminantes.
- Programas de eficiencia energética en industrias y sector eléctrico.
- Monitoreo y reporte de emisiones de gases de efecto invernadero y huella de carbono.
La resolución refuerza que el Estado mexicano sigue obligado a reducir la contaminación y adoptar energías limpias, pero deja flexibilidad al Congreso para determinar los mecanismos legales y técnicos más adecuados.
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