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A través de 821 resoluciones, la Suprema Corte fijó criterios sobre derechos indígenas, igualdad para las mujeres, protección de infancias, personas con discapacidad y atención a personas sin hogar, en decisiones que impactan normas y procesos judiciales

La Corte emitió resoluciones clave en derechos indígenas igualdad de género infancias personas con discapacidad y grupos en situación de calle con impacto directo en leyes y políticas públicas

A través de 821 resoluciones, la Suprema Corte fijó criterios sobre derechos indígenas, igualdad para las mujeres, protección de infancias, personas con discapacidad y atención a personas sin hogar, en decisiones que impactan normas y procesos judiciales

MÉXICO — Durante los primeros 100 días de la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Pleno resolvió 821 asuntos con un enfoque prioritario en grupos en situación de vulnerabilidad, entre ellos pueblos y comunidades indígenas, mujeres, niñas, niños y adolescentes, así como personas con discapacidad, de acuerdo con La Jornada.

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Enfoque en pueblos y comunidades indígenas

Amealco, Querétaro, México. 3 de agosto 2025. La presidenta constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo en Asamblea del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM). Foto: Gabriel Monroy /Presidencia

En un comunicado, el Máximo Tribunal informó que, en relación con los pueblos y comunidades indígenas, invalidó artículos de la Ley Municipal de Nayarit que reducían la representación indígena a cargos honoríficos solo con derecho a voz. El Pleno sostuvo que las comunidades indígenas deben intervenir de manera real en la definición de políticas y proyectos que afectan su vida, su territorio y sus formas de organización.

Resoluciones sobre derechos de las mujeres

La Cedhbc espera que el 8M de 2025 transcurra con regularidad y respeto a los derechos de las manifestantes. Foto: Archivo

En el caso de las mujeres, la Corte anuló normas que criminalizaban de forma absoluta la interrupción del embarazo en Tlaxcala y validó las reformas realizadas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como al Código Civil Federal y al Código Penal Federal, en materia de violencia vicaria.

Participación política y criterios electorales

En el ámbito electoral, la SCJN ratificó una reforma de Morelos que obliga a postular exclusivamente a mujeres en un bloque de ayuntamientos como acción afirmativa. El Pleno aclaró que la libertad de autoorganización de los partidos políticos no puede usarse para frenar el acceso de las mujeres a cargos municipales donde han estado históricamente subrepresentadas.

Protección de infancias y personas con discapacidad

Foto: Archivo.

De igual forma, la Corte protegió los derechos de infancias y adolescencias en diversos casos de la vida cotidiana. En un juicio sobre la propiedad de una casa donde vive un adolescente con discapacidad, ordenó resolver el conflicto poniendo en el centro su derecho a la vivienda y a los alimentos, y estableció que las y los jueces deben aplicar el interés superior de la niñez y la perspectiva de discapacidad.

La SCJN señaló que, en otro caso, al analizar la condena a un hombre que dejó de proporcionar alimentos a sus hijas, el Pleno confirmó que el delito de incumplimiento de obligaciones familiares protege de forma clara el derecho de niñas y niños a recibir alimentos, y que la expresión “sin motivo justificado” no puede servir para encubrir el abandono de esa obligación.

Pensiones, situación de calle y acceso a la justicia

Durante este periodo, la Corte avaló el otorgamiento de pensiones por ascendencia basadas en vínculos reales de afecto y cuidado, incluso sin lazo biológico, y determinó que hijos mayores de edad pueden recuperar recursos de cuentas individuales de padres fallecidos sin necesidad de probar dependencia económica.

El Pleno examinó también leyes de ingresos municipales de Morelos que imponían multas por dormir en la vía pública. La SCJN invalidó dicha sanción al reconocer que castigaba de forma desproporcionada a personas sin hogar, lo que abría la puerta a abusos de autoridad contra personas en situación de calle.

Finalmente, la Suprema Corte estableció que los centros penitenciarios deben entregar copias gratuitas de expedientes penales para garantizar el derecho a la defensa, y además facilitó el acceso al juicio de amparo ante la falta de vigilancia médica o condiciones inadecuadas de internamiento.

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