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Adiós para siempre a los cobros automáticos y las suscripciones difíciles de cancelar: Ya no habrá trabas ni penalizaciones indebidas con la nueva reforma de Claudia Sheinbaum a la Ley Federal de Protección al Consumidor enfocada en beneficiar a los usuarios de todo México

Qué cambia con la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor y cómo te beneficia.

Adiós para siempre a los cobros automáticos y las suscripciones difíciles de cancelar: Ya no habrá trabas ni penalizaciones indebidas con la nueva reforma de Claudia Sheinbaum a la Ley Federal de Protección al Consumidor enfocada en beneficiar a los usuarios de todo México

A partir de este sábado, en México entró en vigor un decreto que refuerza los derechos de los consumidores digitales, al obligar a las empresas a permitir la cancelación inmediata de suscripciones y membresías con cobro recurrente, sin trabas ni penalizaciones indebidas.

La medida aplica para plataformas, aplicaciones y servicios digitales que operan con pagos automáticos.

La información fue publicada originalmente por El Economista, con base en el decreto difundido en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La reforma fue publicada el viernes 12 de diciembre de 2025 y modifica el artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), al añadir las fracciones VIII y IX, que establecen nuevas obligaciones para los proveedores de servicios digitales.

El objetivo es cerrar prácticas que dificultaban la cancelación y proteger al usuario frente a cargos no autorizados.

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¿Qué cambia con la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor?

El decreto establece reglas claras para los servicios que operan con cobros automáticos recurrentes.

A partir de ahora, las empresas deben:

  • Informar de forma clara, visible y accesible si un servicio implica cargos automáticos.
  • Detallar monto, periodicidad y fecha de cobro.
  • Obtener el consentimiento expreso e informado del consumidor antes de realizar cualquier cargo recurrente.

Esto aplica tanto para nuevas contrataciones como para servicios ya activos.

Renovaciones automáticas: aviso obligatorio antes de cobrar

Cuando un servicio tenga renovación automática, el proveedor deberá avisar al consumidor con al menos cinco días naturales de anticipación.

Este aviso permite que la persona usuaria pueda cancelar sin penalización antes de que se realice un nuevo cargo.

Con ello se busca evitar renovaciones sorpresivas o cargos que el usuario ya no desea mantener.

Cancelar será tan fácil como contratar

El cambio central de la reforma es la incorporación de la fracción IX del artículo 76 Bis, que obliga a las empresas a contar con mecanismos de cancelación inmediata.

Esto significa que:

  • No pueden existir menús ocultos, procesos confusos o pasos innecesarios.
  • No se puede forzar al usuario a llamadas telefónicas si el servicio se contrató en línea.
  • La cancelación debe realizarse por el mismo medio en que se contrató el servicio.

El senador Ricardo Monreal destacó que la reforma elimina prácticas que permitían cobros automáticos sin aviso y fortalece la defensa del consumidor en el entorno digital.

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¿Desde cuándo aplica esta nueva obligación?

El artículo transitorio del decreto señala que la reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación, por lo que ya es exigible para todas las empresas que operan en México bajo esquemas de pago recurrente.

El decreto fue promulgado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, como parte de una agenda enfocada en regular el mercado digital y reforzar los derechos de los consumidores.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) será la autoridad encargada de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones y de atender quejas de usuarios cuando una empresa no respete el derecho a cancelar de forma inmediata.

¿Qué derechos tienen ahora los usuarios?

Con la entrada en vigor de la reforma, las personas consumidoras tienen derecho a:

  • Saber con claridad si un servicio tiene cobros recurrentes.
  • Recibir avisos previos antes de cualquier renovación automática.
  • Cancelar de inmediato una suscripción o membresía.
  • Evitar cargos no autorizados o sin consentimiento expreso.

¿Quién vigila que se cumpla la ley?

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) será la autoridad encargada de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones y de atender quejas de usuarios cuando una empresa no respete el derecho a cancelar de forma inmediata.

Si una plataforma pone obstáculos para la cancelación, el consumidor puede presentar una queja ante Profeco y exigir el cumplimiento de la ley.

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