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El Imparcial / México / Luis Donaldo Colosio Murrieta

Caso Colosio: FGR pide a la Suprema Corte atraer el expediente de Mario Aburto para resolver el amparo definitivo

La solicitud fue admitida por el presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, quien abrió la puerta a que el máximo tribunal asuma la revisión del amparo.

Caso Colosio: FGR pide a la Suprema Corte atraer el expediente de Mario Aburto para resolver el amparo definitivo

MÉXICO.- La FGR pidió a la Suprema Corte de Justicia atraer el caso de Mario Aburto Martínez, asesino del candidato presidencial priista Luis Donaldo Colosio, para resolver en definitiva un amparo directo que iba a ser discutido ayer martes por un tribunal federal de Toluca.

Hugo Aguilar, presidente de la Corte, admitió a trámite ayer mismo la solicitud promovida por la FGR para atraer el amparo directo 104/2021, justo el día que sería votado en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito.

En octubre de 2023, ese tribunal amparó a Aburto por considerar que su proceso se debió llevar bajo reglas del Código Penal de Baja California vigente en 1994, que preveía una pena máxima de prisión de 30 años por homicidio calificado, en vez de los 45 años que se le impusieron al aplicar el Código Penal Federal.

La FGR llevó el caso a la Corte con un recurso de revisión, y en octubre de 2024, por tres votos contra dos, la Primera Sala ordenó reponer el procedimiento en el tribunal colegiado, sólo para el efecto de permitir la intervención de los familiares de Colosio.

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El 4 de diciembre, el tribunal notificó que ningún familiar de Colosio había hecho manifestación alguna, por lo que el magistrado Jorge Mario Montellano presentó un nuevo proyecto.

El tribunal colegiado podía resolver de nueva cuenta que la pena máxima es la de 30 años, aunque también podía cambiar de opinión y confirmar la condena de 45, pues ninguno de los tres magistrados que concedieron el amparo en 2023 sigue integrando el tribunal.

La FGR tiene interés en que la Suprema Corte conozca de este asunto, por la trascendencia que reviste para el Estado Mexicano, toda vez que será analizada una cuestión de competencia jurisdiccional...”.

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