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¿Te deben pagar triple si trabajas el 1 de junio? Algunos patrones dicen que no cuenta como feriado oficial por “no ser elecciones ordinarias”; ¿qué dice la Ley Federal del Trabajo?

El domingo 1 de junio de 2025 se realizarán elecciones históricas para renovar el Poder Judicial.

MÉXICO.— El proceso electoral del próximo 1 de junio marcará un cambio en la forma en que se designan los integrantes del Poder Judicial en México. De acuerdo con la reforma constitucional, la ciudadanía podrá votar por jueces, magistrados y ministros.

Según el Instituto Nacional Electoral (INE), en esta jornada se elegirá a:

  • 9 ministros para la Suprema Corte de Justicia de la Nación
  • 9 magistrados para la Sala Superior del Tribunal Electoral
  • 15 magistrados para las salas regionales del Tribunal Electoral
  • 5 integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial
  • 464 magistraturas de circuito
  • 386 juzgados de distrito

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Este ejercicio democrático será el primero en su tipo y se realizará en todo el país.

¿El 1 de junio es día de descanso oficial?

Sí. Según el artículo 74, fracción IX de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de elecciones federales o locales deben considerarse como descanso obligatorio, aunque se realicen en domingo.

Esto significa que, legalmente, el 1 de junio de 2025 es un día feriado oficial.

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¿Qué pasa si tienes que trabajar ese día?

Si tu actividad laboral requiere que trabajes el 1 de junio, la LFT establece que debes recibir un pago adicional. Es decir, tienes derecho a percibir tu salario diario normal, más el doble por haber laborado en un día de descanso obligatorio.

Además, al ser domingo, también se suma la prima dominical, equivalente al 25% del salario mínimo vigente.

¿Cuánto te deben pagar si trabajas ese día?

Si percibes el salario mínimo general (278.80 pesos mexicanos al día), tu pago total por laborar el domingo 1 de junio de 2025 sería:

  • Salario ordinario: 278.80 pesos
  • Pago doble por día feriado: 557.60 pesos
  • Prima dominical (25% del mínimo): 69.70 pesos

Total: 906.10 pesos por ese día de trabajo

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Te deben dar tiempo para votar

La Ley Federal del Trabajo también indica que los patrones deben permitir a los trabajadores ejercer su derecho al voto, otorgándoles el tiempo necesario para hacerlo, sin importar si trabajan ese día o no.

Además, también están obligados a permitir la participación en servicios de jurado, electorales o censales en caso de que el trabajador haya sido convocado.

Susana Prieto invita a los trabajadores a “no dejarse” de patrones que no quieren pagar triple el 1 de junio

A través de sus redes sociales, la abogada Susana Prieto, principal difusora de la reducción de la jornada laboral y luchadora activa a favor de los derechos laborales, publicó un video dirigido a los trabajadores para que “no se dejen” de patrones que aseguran que el 1 de junio no es un día feriado oficial, apelando a que no son elecciones “ordinarias”.

La licenciada asegura que ante la ley, el día de la elección judicial sí cuenta como un feriado oficial, lo que significa que no se puede obligar a laborar a los empleados ese día, o bien, se les debe pagar triple en caso de que sus funciones requieran trabajar ese día.

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