Morelos concede a reclusa suspensión para videollamadas con su hija
El amparo fue concedido debido a los derechos de una niña de tres años y la protección de los lazos de apego

CIUDAD DE MÉXICO.- El juzgado quinto de distrito en el estado de Morelos ha otorgado una suspensión provisional a una mujer recluida en el Centro Federal de Readaptación Social 16 “CPS Femenil”, para permitirle tener comunicación con su hija de tres años mediante videollamadas.
La jueza de distrito, Martha Eugenia Magaña López, fundamentó su decisión en la perspectiva de género e infancia, reconociendo los derechos de la mujer condenada y los de su hija. Consideró que la relación entre madre e hija es crucial para sobrellevar la vida en prisión.
Durante un comunicado del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), la jueza destacó la importancia de proteger los lazos de apego entre la madre y la hija, especialmente considerando la temprana edad de la niña. Argumentó que la falta de contacto puede provocar una vulneración psicológica en la infante.
un espacio o mecanismo significativo para compartir, relacionarse y comunicarse”
Se subrayó la necesidad de promover una relación positiva entre la reclusa y su hija, mediante visitas o videollamadas, como medios significativos de comunicación y relación que fortalecen el vínculo parental.
Fundamento legal y derechos del niño
La decisión judicial se basa en diversos artículos de la Convención sobre los Derechos del Niño, que establecen el principio del interés superior del niño y la garantía de su bienestar. Además, la Suprema Corte de Justicia de la Nación respalda este principio como guía para la interpretación de normativas relacionadas con la infancia.
La jueza enfatizó que el interés superior del niño es un principio orientador en el ámbito jurisdiccional, que debe considerarse en cualquier caso que involucre a menores de edad, para asegurar la efectividad de sus derechos y proteger sus intereses.
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