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El Imparcial / Mexico / Alejandro Moreno

Victoria legal para "Alito" Moreno: Ordenan a Layda Sansores abstenerse de difundir audios en su contra

“Alito” Moreno se quejó de la intervención de comunicaciones, su manipulación, alteración, edición, publicación y difusión en el programa "El Martes del Jaguar" y en redes sociales sin autorización judicial. 

MÉXICO.- El líder del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Alejandro Moreno Cárdenas, también conocido como "Alito", ha ganado una batalla legal contra la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, del partido Morena. Esta victoria llega un año después de que se difundieran audios en su contra.

Según la orden del juez Gabriel Regis López del Decimosexto Distrito en Materia Administrativa, Sansores San Román debe abstenerse de difundir comunicaciones telefónicas privadas y de hacer declaraciones, manifestaciones y comentarios contra Moreno Cárdenas en su programa "Los Martes del Jaguar".

Además, se le ha ordenado que elimine los programas en los que se difundieron los audios de "Alito" de internet, en particular de la plataforma YouTube y de sus redes sociales.


De esta manera, el juzgador Regis López declaró fundados los agravios de la gobernadora Layda Sansores, quien con la difusión de audios y las manifestaciones contra Moreno Cárdenas violó el artículo 16 constitucional, ya que "realizó diversas expresiones, difundió e interpretó conversaciones refiriendo que aparentemente el quejoso participó en ellas, juzgando y refiriendo e interpretando que cometió diversos delitos… suplantando las facultades del Ministerio Público y de las autoridades judiciales en materia penal".

A pesar de que el Estado tiene la obligación de informar a la población sobre temas de interés y relevancia pública, también debe proteger y garantizar el derecho al honor o el derecho a la privacidad de las personas"

Señalan que no es libertad de expresión si existen insultos de por medio

El juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa, Gabriel Regis López, añadió que cuando "un servidor público utiliza una cuenta de origen privada para difundir comentarios de carácter ofensivo respecto de una persona, su actuar no se justifica en el derecho a la libertad de expresión que refiere el artículo 6 Constitucional".

La gobernadora del Estado de Campeche presenta diversa información respecto del quejoso (Alejandro Moreno Cárdenas), donde le atribuye audios y realiza comentarios valorativos de su persona y su actividad pública, lo que permite concluir que se trata de actuaciones que escapan de las funciones que como titular del Gobierno del Estado de Campeche le corresponde llevar a cabo"


El juzgador se declaró incompetente para conocer del acto reclamado en el presente juicio de amparo, consistente en la intervención de comunicaciones, su manipulación, alteración, edición, publicación y difusión de mediante el programa "Los Martes del Jaguar" y en las redes sociales de Twitter, YouTube y Facebook, sin autorización judicial.


Alejandro Moreno Cárdenas se quejó de la intervención de comunicaciones, su manipulación, alteración, edición, publicación y difusión en el programa "El Martes del Jaguar" y en las redes sociales de Twitter, YouTube y Facebook sin autorización judicial.

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