Profeco: ¿Cuáles son las obligaciones de las escuelas privadas y a qué no están obligados los padres?
De acuerdo con la <strong>Profeco</strong>, estas son las <strong>obligaciones</strong> de las<strong> escuelas privadas </strong>y a lo que <strong>no pueden obligar</strong> a los<strong> padres de familia.</strong>
CIUDAD DE MÉXICO.- Por distintas razones hay padres de familia que han decidió inscribir a sus hijos en escuelas privadas, sin embargo, las reglas de estas son un tanto diferentes con las que tienen las escuelas públicas.
Ante esto, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) indicó cuáles son las obligaciones que tienen que cumplir las escuelas privadas a nivel preescolar, primaria y secundaria, así como aquellas cosas a las que los padres de familia no están obligados.
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¿Cuáles son las obligaciones de las escuelas privadas?
- Dar a conocer si se encuentran incorporados a la SEP, en caso de no ser así los estudios no tienen validez oficial.
- Los costos totales deben ser informados por escrito, estos incluyen: inscripción, reinscripción, colegiaturas, derechos por incorporación, exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, transporte.
- Informar sobre el calendario de pagos (en moneda nacional), así como los descuentos por pagar anticipadamente y los recargos por hacerlo después de tiempo.
- Entregar a las familias el reglamento escolar, horario e información para contactar a los directivos de la escuela.
- Las colegiaturas no pueden aumentar unilateralmente, pero en caso de que se requiera por una causa justificada de fuerza mayor, el aumento deberá aprobarse de común acuerdo entre la escuela y la Asociación de Padres de Familia o la mayoría de los usuarios.
¿A qué no están obligados los padres de familia con hijos en escuelas privadas?
- Pagar cuotas o aportaciones extraordinarias, en caso de que se soliciten donativos deberán ser de carácter voluntario y no pueden involucrarse las calificaciones del alumno.
- Comprar útiles escolares, uniformes, libros, artículos o servicios con la propia escuela o con determinados proveedores, en caso de ser necesario, los precios no deberán ser superiores a los disponibles en otros comercios.
- A que los hijos lleven libros, útiles escolares o uniformes nuevos, solo deberán estar en buen estado y los libros corresponder a las ediciones actualizadas.
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Pago de colegiaturas
Toma en cuenta que en caso de que dejes de pagar la colegiatura tres veces seguidas o más, la institución podrá dar por terminada la relación con el alumno con al menos 15 días de anticipación, no obstante no se le podrá retener la documentación oficial al estudiante y se le deberá entregar en un máximo de 15 días después de solicitarla y sin ningún costo.
Las listas, nombramientos o cualquier otra manera para exhibir a estudiantes cuyos padres de familia o tutores no han realizado pago de colegiaturas o cualquier otro pago extraordinario, son una violación a la Ley y podrán ser sancionados.
Así puedes denunciar a una escuela ante la Profeco
En caso de que la escuela privada en donde tengas inscritos a tus hijos cometa alguna falta, puedes denunciarla ante la Profeco a los siguientes correos electrónicos: asesoria@profeco.gob.mx o en contratosdeadhesion@profeco. gob.mx.
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