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Plantearán fast track el cambio de género en actas de nacimiento

Los menores de edad podrán solicitar ese trámite sin recurrir a un juicio civil

Plantearán fast track el cambio de género en actas de nacimiento

CIUDAD DE MÉXICO.- La Corte votará un proyecto que autoriza a los menores de edad a cambiar el género en su acta de nacimiento por la vía administrativa, sin que tengan que pasar por un proceso judicial.

La ministra Norma Piña propuso a la Primera Sala de la Corte declarar inconstitucional el Artículo 135 Quáter del Código Civil, que exige tener 18 años para solicitar el cambio de género en el acta de nacimiento con sólo una solicitud al Registro Civil.

Actualmente el Código sí permite a los menores cambiar el género en sus actas, pero sólo mediante un juicio especial promovido por sus padres o tutores ante un Juzgado de lo Familiar.

El amparo sería otorgado a un menor que tenía 9 años cuando sus padres hicieron la solicitud al Registro Civil cambiar de masculino a femenino, lo que fue negado en enero de 2019.

La identidad de género es un derecho fundamental que debe ser reconocido a todas las personas sin importar su edad”, afirma el proyecto.

“Afirmar lo contrario sería tanto como considerar que toda persona menor de 18 años no tiene una identidad personal, que no tiene identidad de género, que no se auto identifica, o bien, que no tiene derecho al libre desarrollo de la personalidad, ni a la adecuación de sus documentos de identidad”, agrega el documento.

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SE DISCUTIRÁ

Dicho proyecto se discutirá el próximo 13 de octubre.

Este sería un nuevo fallo pues apenas el 7 de septiembre pasado la SCJN declaró que es inconstitucional penalizar el aborto voluntario porque indica que se viola el derecho a elegir de las mujeres y personas gestantes.

Ese día por unanimidad, los ministros invalidaron el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que castiga con hasta tres años de cárcel a la mujer que interrumpe voluntariamente su embarazo en cualquier momento de la gestación.

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