Mientras en México es común ver perros en terrazas o azoteas como parte de la vida cotidiana, en España mantenerlos habitualmente en estos espacios está restringido por una ley de bienestar animal que contempla multas de hasta 200 mil euros
La legislación española prohíbe mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas y otros espacios similares, con sanciones que pueden llegar hasta los 200 mil euros según la gravedad de la infracción

En México, no resulta extraño encontrar perros que pasan parte del día en azoteas, terrazas o patios de las viviendas, siempre que cuenten con agua, alimento y algún espacio para protegerse del clima. En España, sin embargo, la legislación establece límites específicos sobre los lugares donde pueden permanecer habitualmente los animales de compañía.
La diferencia está en que la normativa española no se refiere simplemente a que un perro suba ocasionalmente a una terraza o azotea, sino a que permanezca de forma habitual en estos espacios como lugar de alojamiento.
Según información de Mitre, esta disposición forma parte de la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que establece una serie de obligaciones para garantizar condiciones adecuadas para los animales de compañía.
¿Qué prohíbe la ley española?
El artículo 27 de la legislación establece que está prohibido mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y espacios similares, así como dentro de vehículos.
La norma busca evitar que estos lugares se conviertan en el sitio donde los animales permanecen de manera permanente, especialmente cuando las condiciones del espacio pueden afectar su bienestar.
Esto significa que tener un perro en una azotea de manera ocasional no equivale automáticamente a una infracción. El punto central de la disposición es la permanencia habitual.

¿De cuánto puede ser la multa?
La legislación española contempla tres categorías de infracciones: leves, graves y muy graves.
Las multas establecidas por la Ley 7/2023 son:
- Infracciones leves: de 500 a 10 mil euros.
- Infracciones graves: de 10 mil 1 a 50 mil euros.
- Infracciones muy graves: de 50 mil 1 a 200 mil euros.
La propia ley clasifica como infracción grave mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios, espacios similares o vehículos.
Por ello, 200 mil euros representa el máximo previsto para las infracciones muy graves, no una multa automática por tener un perro en una azotea.
La cantidad final depende de las circunstancias del caso y de factores como el daño ocasionado al animal, el grado de culpabilidad, la persistencia de la conducta o la existencia de reincidencia.
¿Qué deben tener los animales que viven en espacios abiertos?
La legislación también establece condiciones para los animales de compañía que deban permanecer en espacios abiertos.
Entre otras obligaciones, sus responsables deben proporcionarles instalaciones que los protejan de las inclemencias del tiempo, evitar una exposición prolongada al sol, la lluvia o el frío extremo, ofrecer espacios adecuados a sus dimensiones y necesidades fisiológicas, además de garantizarles agua, alimento y condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.
La diferencia es importante porque la regulación no solamente determina dónde no deben permanecer habitualmente los animales, sino también las condiciones que deben cumplir los espacios donde sí pueden alojarse.
¿Es igual en México?
El marco mexicano es diferente porque las obligaciones relacionadas con el bienestar y cuidado de los animales se encuentran distribuidas entre distintos niveles de gobierno y pueden variar dependiendo de la entidad.
Por ello, que una persona tenga un perro en una azotea en México no significa que exista una prohibición federal equivalente a la establecida en España. Las condiciones de cuidado y las posibles sanciones pueden depender de la legislación local aplicable.
La comparación entre ambos países, por tanto, debe hacerse con cuidado: España cuenta con una prohibición nacional específica sobre la permanencia habitual de perros y gatos en determinados espacios, mientras que en México las reglas pueden cambiar de acuerdo con el estado o municipio.
¿Tener un perro en una azotea siempre implica una multa en España?
No necesariamente.
La legislación española distingue entre la permanencia habitual y otras situaciones. Además, la clasificación de una conducta y la sanción correspondiente dependen de las circunstancias concretas del caso.
Por eso, el dato de una multa de hasta 200 mil euros no significa que cualquier persona que permita que su perro suba a una terraza vaya a recibir automáticamente esa cantidad.
La disposición busca regular las condiciones de alojamiento de los animales y evitar que terrazas, balcones o azoteas se conviertan en su lugar habitual de permanencia cuando esto contravenga las obligaciones establecidas por la ley.
En caso de infracción, además de la multa pueden imponerse medidas accesorias, como la intervención del animal, su traslado a un centro de protección o la obligación de realizar cursos de formación en bienestar animal, dependiendo de la gravedad del caso.
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