El truco legal que usan bancos, telefonías y tiendas en línea para llamarte sin que puedas quejarte: se llama consentimiento previo y probablemente ya se lo diste la última vez que presionaste Aceptar sin leer
México tiene leyes que prohíben las llamadas publicitarias no deseadas, dos registros gratuitos para bloquearlas y multas de hasta un millón de pesos para las empresas que incumplan. Y aun así, el mexicano promedio recibe 24 llamadas de spam al mes. El problema no es la falta de leyes, sino una trampa legal que nadie te explicó

¿Por qué sigues recibiendo llamadas de publicidad si supuestamente está prohibido?
Porque probablemente ya les diste permiso. Sin saberlo.
En México, las llamadas publicitarias no solicitadas están prohibidas por la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP). Ambas leyes establecen que las empresas no pueden realizar llamadas con fines publicitarios sin la autorización del titular de los datos.
El problema está en esa palabra: autorización. Porque la misma ley que prohíbe las llamadas abre una puerta: si existe consentimiento previo, el contacto es completamente legal.
Y ese consentimiento probablemente ya lo diste.
¿Cuándo diste ese permiso sin darte cuenta?
La última vez que abriste una cuenta en una aplicación. Cuando contrataste tu plan de teléfono. Cuando pediste información sobre una tarjeta de crédito. Cuando compraste en una tienda en línea y aceptaste los términos y condiciones.
En muchos casos, el consentimiento está oculto en cláusulas poco visibles o redactadas de forma ambigua. Esto provoca que miles de usuarios autoricen el uso de sus datos para marketing sin ser plenamente conscientes. Lo que parece una simple acción, dar clic en “Aceptar”, puede traducirse en una autorización legal para recibir llamadas comerciales de una empresa y, en algunos casos, de sus socios o terceros.
Las empresas están obligadas por ley a distinguir claramente las cláusulas opcionales de las obligatorias. Pero se las ingenian para ocultarlas: casillas preseleccionadas que aceptan todo automáticamente, textos extensos en letra pequeña que nadie lee o formularios donde el “opcional” está escondido al final de tres páginas de términos legales.

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¿Qué dice la ley mexicana exactamente?
La LFPC y la LFPDPPP establecen de forma clara que las empresas necesitan tu consentimiento previo, libre, informado, expreso y verificable para contactarte con fines comerciales.
La LFPDPPP agrega que los datos personales solo pueden usarse para los fines específicos para los que fueron recopilados y que cualquier uso adicional, como compartirlos con terceros para publicidad, requiere una autorización específica y separada.
El problema es que la ley permite que ese consentimiento quede registrado en los términos y condiciones que aceptas al contratar un servicio. El mayor obstáculo no es la falta de regulación, sino la forma en que las empresas obtienen el consentimiento. El uso de casillas preseleccionadas, textos extensos o avisos de privacidad complejos facilita que los usuarios acepten condiciones sin comprender su alcance.
¿Qué es el REPEP y por qué no resuelve todo?
El Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP) es la herramienta gratuita de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para que los mexicanos puedan bloquear llamadas publicitarias. Desde su creación, el REPEP ha recibido más de 377 mil inscripciones y ha procesado más de 3 mil denuncias por incumplimiento.
Inscribirse es sencillo y gratuito. Una vez registrado, las empresas tienen 30 días para eliminar tu número de sus listas publicitarias. Si siguen llamando, puedes denunciarlas ante Profeco.
Pero el REPEP tiene límites muy concretos que pocas personas conocen. El registro no afecta las llamadas de proveedores de servicios financieros, bancos, seguros, Afores, personas con funciones de cobranza, organizaciones políticas, entidades de beneficencia ni encuestadores telefónicos.
En otras palabras: más del 60% de las llamadas no deseadas provienen de servicios financieros, que son exactamente los que el REPEP no puede bloquear.

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¿Y para las llamadas del banco o la aseguradora?
Para eso existe un segundo registro, administrado por una institución diferente. El Registro Público de Usuarios (REUS) de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) funciona de la misma manera que el REPEP pero cubre específicamente las llamadas de bancos, aseguradoras, Afores y otras instituciones financieras.
El REUS tiene una vigencia de dos años que debe renovarse al concluir. Puedes inscribirte llamando al 800 999 8080 o en el portal oficial de Condusef.
¿Cuáles son los tres huecos legales que permiten seguir llamándote?
Incluso registrado en el REPEP y en el REUS, las empresas tienen tres escapes legales.
El primero es el consentimiento previo ya otorgado. Si firmaste una cláusula en cualquier momento anterior, ese permiso sigue vigente aunque te hayas inscrito en el REPEP. Revocar ese consentimiento requiere un trámite específico con cada empresa, y no todas lo facilitan.
El segundo es el interés legítimo empresarial. Algunas empresas argumentan que tienen derecho a contactarte porque ya eres cliente o lo fuiste alguna vez. Tu banco puede llamarte para ofrecerte un seguro adicional bajo el argumento de que es en tu propio beneficio.
El tercero son las llamadas desde el extranjero. La legislación mexicana aplica únicamente en territorio nacional, por lo que las empresas que operan desde centros de llamadas en otros países pueden escapar de las sanciones nacionales.
¿Qué está haciendo el gobierno para cerrar esos huecos?
Hay avances concretos en proceso. El coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal Ávila, presentó una iniciativa para reformar la LFPC y la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, con el objetivo de prohibir que proveedores realicen comunicaciones o envíen publicidad a consumidores que no hayan otorgado su consentimiento previo, libre, informado, expreso y verificable.
Uno de los cambios más relevantes de esa iniciativa es que el consentimiento para recibir publicidad deberá ser independiente del contrato principal del servicio. Es decir, los bancos y empresas ya no podrían condicionar la contratación de un servicio a que el cliente acepte recibir llamadas o mensajes promocionales.
La iniciativa ya fue turnada a comisiones para su análisis.

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¿Qué puede hacer un mexicano hoy mismo para reducir las llamadas?
Hay cuatro pasos concretos y gratuitos disponibles ahora mismo.
Registrarse en el REPEP de Profeco llamando al 9628 0000 en la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey, o al 800 962 8000 en el resto del país. También se puede hacer en línea en repep.profeco.gob.mx.
Registrarse en el REUS de Condusef llamando al 800 999 8080 para bloquear las llamadas de instituciones financieras. Este registro debe renovarse cada dos años.
Revocar el consentimiento en cada empresa con la que tienes o tuviste relación. Algunas permiten hacerlo por correo electrónico, otras requieren una carta con firma. Frente a este escenario, los expertos recomiendan detenerse a leer antes de dar clic, ya que esa acción puede marcar la diferencia entre la privacidad y la saturación de llamadas comerciales.
Denunciar el incumplimiento ante Profeco si las llamadas continúan después de 30 días de inscripción al REPEP. Las sanciones van desde 411 pesos hasta un millón 317 mil pesos para las empresas que insistan en llamar a números registrados.
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