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Mundial 2026: Transmitir partidos en tu negocio sin licencia puede costarte hasta 29.3 millones de pesos y el cierre temporal

El IMPI y el Indautor pueden sancionar a restaurantes, bares, cafeterías y otros establecimientos que proyecten partidos del Mundial 2026 con servicios contratados para uso doméstico; además de multas, existe riesgo de decomiso de equipos y clausura

Mundial 2026: Transmitir partidos en tu negocio sin licencia puede costarte hasta 29.3 millones de pesos y el cierre temporal

MÉXICO.- La emoción por el Mundial 2026 llevará a miles de negocios en México a buscar atraer clientes con la transmisión de los partidos. Sin embargo, hacerlo sin la licencia correspondiente puede convertirse en un problema legal y financiero de gran magnitud.

De acuerdo con información difundida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), las sanciones por exhibir encuentros de la Copa del Mundo sin autorización comercial pueden alcanzar hasta 250,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a cerca de 29.3 millones de pesos.

La principal duda entre propietarios de restaurantes, bares, cafeterías, hoteles y otros establecimientos suele ser si basta con tener contratado un servicio de televisión de paga o una plataforma de streaming. La respuesta es no. Los contratos de uso doméstico están diseñados exclusivamente para consumo privado en el hogar y no permiten la exhibición pública del contenido ante clientes o visitantes.

¿Por qué pueden multar a un negocio por transmitir el Mundial?

La legislación mexicana protege los derechos de autor y los derechos de transmisión de eventos deportivos. Cuando un establecimiento utiliza una cuenta o servicio contratado para uso personal y proyecta los partidos en un entorno comercial, las autoridades consideran que existe un aprovechamiento económico indirecto del contenido.

Incluso cuando el negocio no cobre una entrada específica para ver los encuentros, la transmisión puede ser considerada una actividad comercial porque ayuda a atraer consumidores y generar ventas, indica una publicación de El Economista.

Por ello, quienes deseen transmitir legalmente los partidos deben contar con una licencia comercial específica que autorice ese tipo de exhibición pública.

La ley contempla sanciones económicas de hasta 29.3 millones de pesos, por transmitir partidos del Mundial, sin autorización. | Foto: Magnific

Las multas pueden superar los 29 millones de pesos

El monto de la sanción no es automático ni igual para todos los casos. Según lo explicado por el IMPI, la autoridad toma en cuenta distintos factores para determinar la multa.

Entre ellos se encuentran la gravedad de la infracción, el beneficio económico obtenido, la reincidencia y la forma en que se utilizó el contenido protegido.

La sanción máxima puede llegar a 250,000 UMA, una cifra cercana a los 29.3 millones de pesos, lo que convierte este incumplimiento en uno de los riesgos legales más costosos para los negocios durante el Mundial.

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No solo es una multa: También pueden decomisar equipos

Las consecuencias no terminan con el pago de una sanción económica.

Las autoridades pueden ordenar el aseguramiento preventivo de bienes utilizados para la transmisión, incluyendo pantallas, proyectores, decodificadores, sistemas de audio y otros equipos relacionados con la exhibición de los partidos.

Esta medida busca detener de forma inmediata la utilización no autorizada del contenido protegido.

¿Pueden cerrar un negocio por transmitir partidos sin permiso?

Sí. La normativa contempla la posibilidad de clausuras temporales de hasta 90 días cuando se acrediten infracciones relacionadas con la exhibición pública no autorizada de contenidos protegidos.

Para muchos establecimientos, una suspensión de actividades durante varias semanas puede representar pérdidas económicas incluso mayores que la propia multa.

Además, la información difundida por el IMPI señala que los titulares de los derechos, como la FIFA o las empresas autorizadas para la transmisión, pueden promover acciones civiles para reclamar daños y perjuicios.

¿Qué autoridades pueden imponer las sanciones?

En México, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) cuentan con facultades para iniciar procedimientos administrativos relacionados con el uso indebido de contenidos protegidos.

Ambas instituciones pueden intervenir cuando detectan posibles violaciones a la propiedad intelectual o al derecho de autor vinculadas con eventos como la Copa Mundial de la FIFA.

De acuerdo con información oficial retomada por El Economista, las autoridades también pueden actuar cuando se utilizan de forma indebida marcas, logotipos o referencias comerciales asociadas al torneo.

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