¿Te pueden poner falta por olvidar checar la hora entrada en el trabajo? Esto es lo que explica un abogado experto
La Ley Federal del Trabajo (LFT), no establece como obligatorio el registro de entrada y salida de los trabajos, sino que se concentra más en el cumplimiento de las jornadas laborales y los descansos que estas deben incluir

MÉXICO.- En muchos centros de trabajo en el país, los trabajadores deben marcar su hora de entrada en una ficha, o de forma digital, pero en ocasiones esto puede olvidarse, lo que se presta a generar la duda si esta omisión puede causar una falta o no.
La Ley Federal del Trabajo (LFT), no establece como obligatorio el registro de entrada y salida de los trabajos, sino que se concentra más en el cumplimiento de las jornadas laborales y los descansos que estas deben incluir.
Esto significa que los “checadores” están contemplados únicamente en los reglamentos internos, por lo que el acuerdo de registrar la hora de entrada y salida es entre el patrón y el trabajador.
La LFT tampoco establece que la acumulación de retardos pueda causar automáticamente faltas injustificadas, así que si un trabajador no registra su ingreso o lo hace tarde, legalmente no puede tener consecuencias.
Lo que sí puede ocurrir es que se apliquen sanciones, según lo establecido por el reglamento interno de la empresa para la que se trabaja, como podría ser hasta una suspensión.
El reloj checador se vuelve obligatorio a partir de 2026
El país está a punto de dar un giro tecnológico y normativo en las relaciones laborales, con la implementación obligatoria del reloj checador, y lo que antes era una herramienta opcional, ahora se convertirá en una obligación patronal.
Esto es como parte del paquete de reformas que acompaña la histórica reducción a la jornada laboral de 40 horas semanales, según precisa en una publicación el diario especializado El Economista.
La propuesta enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum al Senado no solo busca acortar la semana laboral de forma gradual hasta 2030, sino también blindar los derechos de los trabajadores con el registro electrónico obligatorio de jornadas, incluyendo horarios exactos de entrada y salida.
Hasta el día de hoy el uso de relojes checadores o el registro de la entrada y salida es opcional para los patrones, no es una obligación”, recuerda Mayeli Cabral, socia del área Laboral de Chevez Ruíz Zamarripa. Y añade: “Esta disposición es realmente trascendente e importante, porque permite tener claridad en el inicio y fin de la jornada laboral”.
¿Cómo funcionaría?
Los empleadores deberán:
- Registrar de manera electrónica la jornada de cada persona trabajadora
- Conservar los registros y entregarlos a la autoridad cuando así lo requiera la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), quien además emitirá las reglas técnicas y posibles excepciones
Para Marité Villanueva, abogada laboral y asesora de RR.HH., esta medida no solo protege a los trabajadores:
Dar transparencia es muy importante. Lamentablemente la ambigüedad en el registro de las horas no se tuvo como prioridad durante muchos años. Es un acierto para las empresas también: tener claridad permite medir el desempeño de manera más transparente y con datos en mano”.
Retos y dudas en el horizonte
No todo es sencillo. En empresas con múltiples turnos o jornadas rotativas, la implementación genera interrogantes.
Jimena Sánchez, socia fundadora de Employment Legal Aid, plantea:
En una empresa puede haber 10 horarios diferentes y muchas veces son rotativos. ¿Tendrá la empresa que notificar a la autoridad un ‘menú de horarios’, o identificar a cada persona con su jornada específica? Habrá que esperar las reglas”.
Además, aunque la nueva norma reduce la carga laboral semanal, no amplía el descanso semanal, sino que mantiene el esquema de seis días laborales por uno de descanso. Para alcanzar las 40 horas, eso implicaría jornadas de poco menos de 7 horas diarias, una modificación sutil, pero no revolucionaria, en términos de calidad de vida.
“Si lo que buscamos es que la gente descanse, lo ideal era cinco días laborales por dos de descanso”, critica Sánchez. “Porque ahí sí se obliga a los empleadores a otorgar los dos días”.
Tiempo extraordinario: Más horas, pero con límites
La reforma también introduce cambios clave en el trabajo extra:
- Se incrementa el límite semanal de horas extraordinarias de 9 a 12, de forma gradual
- Por primera vez, las horas triple tendrán un tope semanal de 4 horas
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