Despido justificado: ¿Qué razones pueden causar tu baja, sin repercusión para tu empleador?
Económicamente la diferencia entre un despido justificado y uno injustificado es considerable, ya que en el segundo caso tienes derecho a una indemnización, que incluye entre otros beneficios, tres meses de salario
MÉXICO.- Ser despedido de un empleo es una situación difícil, pero todo puede empeorar si éste fue por una causa justificada, contemplada en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Económicamente y laboralmente, la diferencia entre un despido justificado y uno injustificado es considerable, ya que en el segundo caso tienes derecho a una indemnización, que incluye entre otros beneficios, tres meses de salario.
En cambio cuando se trata de un despido justificado, la empresa sólo debe proporcionar al trabajador un finiquito, que incluye lo siguiente, según la plataforma de empleo OCC Mundial:
- Días trabajados no pagados en el mes
- Aguinaldo
- Vacaciones
- Fondo de ahorro (si aplica)
- Vales de despensa (si aplican)
- Bonos que se hayan acumulado (si aplican)
- Si tienes más de 15 años de servicio se te pagará la prima de antigüedad, equivalente a 12 días por año trabajado
¿Qué causa un despido justificado en México?
En el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo se estipula que los motivos que pueden causar una baja justificada son:
- Engañar con certificados falsos, o referencias que le atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de las que realmente carezca
- Incurrir durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos contra el patrón, sus familiares o del personal, clientes, o proveedores, salvo que sea en defensa propia
- Alterar la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo
- Ocasionar intencionalmente perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo
- Ocasionar perjuicios materiales de los que habla la fracción anterior, siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia
- Comprometer el trabajador por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o las personas que se encuentran en él
- Cometer actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo
- Revelar secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa
- Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en 30 días, sin permiso del trabajo o sin causa justificada
- Desobedecer al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado
- Negarse a adoptar medidas preventivas o a seguir procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades
- Acudir al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, en el último caso sin prescripción médica
- La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo
- La falta de documentos que exijan las leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí
Te recomendamos
¿Quieres hacer huelga en tu trabajo? Esta es la forma correcta de hacerlo en México
Escuela de Negocios de Harvard confirma la relevancia de la adaptabilidad en el entorno laboral
Morena propone salario base para trabajadores que viven de propinas
Aguinaldo 2024: ¿Cuánto te toca, cómo se calcula y qué deberías hacer con él? Experto financiero responde