SAT niega que cobre o vigile depósitos en efectivo en estos casos
Aclara SAT que pagos por venta de catálogo, tandas o préstamos personales no se les vigila, ni se cobra impuesto.
CIUDAD DE MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tacha de falso que se cobre impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias. Aclaran que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigila, ni cobra algún tipo de impuesto.
Destacan que es importante que toda la población conozca las disposiciones fiscales e información correspondiente al régimen de contribución del que son parte, y que solamente las instituciones financieras podrán entregar información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del SAT.
¿En qué casos el SAT vigila depósitos?
Solo en aquellas auditorías que se detectan incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información, para evitar defraudaciones fiscales.
El SAT realiza 10 mil auditorías al año aproximadamente; se revisa la información declarada por los contribuyentes respecto a los depósitos bancarios recibidos y se coteja con los datos que brindan las instituciones financieras mensualmente para una fiscalización más exacta. Esto permite agilizar y eficientar las auditorías y por tanto combatir de forma más expedita la evasión fiscal.
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