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SAT y Buró de Crédito

No hay nada tan cierto en el mundo como la muerte y los impuestos. – Benjamin Franklin

Los Burós de crédito son sociedades privadas de Información Crediticia (SIC), que buscan recopilar información del historial crediticio tanto de personas físicas como morales.

Así las cosas, el Buró de crédito está regulado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), por lo que solo existen tres sociedades de este tipo autorizadas en México por lo que las empresas departamentales bancos y algunas empresas, incluyendo el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrían enviarte a Buró de Crédito.

En los 4 primeros meses de este año 2022, el número de personas que el SAT envió a Buró de crédito pasó de 328 mil 847 en promedio mensual en 2018 a 555 mil 34 contribuyentes este año, lo que ha alarmado a muchos contribuyentes considerando los múltiples cambios que tiene el SAT actualmente.

Cuando una persona se encuentra listada en algún Buró de crédito, su historial crediticio queda marcado, por lo que afecta a su “reputación financiera” al momento de solicitar un crédito.

En ese orden de ideas, Aunque lo más común es que tanto las empresas, como las telefónicas, tiendas departamentales y bancos te envíen a Buró de crédito, el Servicio de Administración Tributaria también podría enviarte

La única razón por la que el SAT puede enviar al Buró es que tenga a cargo Créditos Fiscales Firmes. Esto significa, que no basta con que no se haya presentado declaraciones de impuestos, o incluso que tenga conductas fiscales elusivas o evasivas de impuestos, sino que además el SAT haya iniciado un procedimiento de revisión o determinación. Y, que de este procedimiento, haya derivado de un adeudo perfectamente determinado en un monto, concepto, período y fundamentos de ese adeudo.

Además de esto, el SAT debió haber notificado a través del Buzón Tributario sobre el adeudo, y que hayan transcurrido treinta días sin que se haya pagado o bien, impugnado ese cobro.

Lo mejor, es estar al corriente con el SAT y, en el caso de contar con créditos fiscales, tenerlos debidamente garantizados, ya que en caso de enviar a Buró de Crédito el historial crediticio queda afectado y será muy difícil que se puedan ofrecer crédito, aun cuando se necesite por alguna situación de emergencia.

*- El autor es Abogado Fiscalista.

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