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Necropsia urbana

Hemos sentado entre todos una serie de precedentes en cuanto al "mal uso" del móvil, y que ahora aceptamos; la tecnología nos consumió y hoy en día es indispensable para nuestro vivir diario un teléfono, pero no cualquier teléfono, en la actualidad se requiere de tecnología para estar medianamente al día con las diversas aplicaciones y velocidades, tenemos la necesidad imperante de ser los primeros en compartir información de cualquier índole: desde animalitos tiernos, saludos ingeniosos y creativos, sin faltar los famosos memes, hoy somos cómplices de la información que compartimos, ya sea buena, regular o mala, pública o privada. Como compartir o subir en una cuenta "Galería", un video o fotografías… oprime el ícono de menú, oprime galería, encuentra una fotografía o un video, ve a la carpeta correspondiente; oprime un momento tu imagen preferida o el video elegido, hasta que aparezca una V en la fotografía o video, oprime compartir, elige una red social, oprime sobre una de las siguientes redes sociales: Picasa o YouTube, ten en cuenta que a Picasa solo puedes subir fotografías. Ten en cuenta que a YouTube solo puedes subir videos, Ingresa una lectura a tu fotografía y oprime subir. Listo… no más. Tan fácil es que hoy vemos a adultos, jóvenes y niños compartiendo información; los encargados de la fuerza de seguridad pública no se han quedado atrás y hemos visto cómo circulan en las redes sociales videos que los propios encargados de cuidar el orden suben… y no es que lo invente o lo suponga, pues estos hechos se dan en el seno de sus instalaciones, donde filman actos que denigran a los detenidos violando sus derechos, quienes podrán estar asegurados o retenidos por alguna razón, pero no por eso se deben mofar de ellos o ridiculizarlos. Estos actos fomentan y generan impunidad porque son menos los casos que se investigan, pero los servidores públicos están obligados a respetar a subalternos, personas bajo su responsabilidad, menores, ancianos o indigentes, etc. Sí existe un protocolo que tiene por objeto establecer las actuaciones que deberá ejecutar el primer respondiente al momento en que tenga conocimiento de la existencia de un hecho que la ley señale como delito, la detención de las personas que participaron en el mismo, la preservación del lugar de los hechos, el registro de sus actuaciones, la puesta a disposición de objetos y personas ante el Ministerio Público. También existe el Código Nacional de Procedimientos Penales que en su capítulo III, artículo 113, fracción XIII, que establece el protocolo para ser presentado ante el Ministerio Público o ante el Juez de control, según el caso, inmediatamente después de ser detenido o aprehendido; fracción XIV que obliga a no ser expuesto (el detenido) a los medios de comunicación; XV, a no ser presentado ante la comunidad como culpable. Por supuesto que en cuanto se tomen acciones al respecto y se finquen responsabilidades a quienes graben, filmen o fotografíen a personas cuando las denigran o humillan, se terminarán los actos que hoy pasan en nuestra ciudad sin que las autoridades adopten su papel de defensores de los derechos de todos los ciudadanos. * El autor es presidente de la Comisión de Difusión del Instituto de Investigación Jurídica de la Universidad de la Californias Internacional.

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